Esta es la razón de aquella famosa regularización de INTERINOS a FIJOS...

Abeja Maya

La verdadera libertad es LIBAR, LIBAR y LIBAR !!!
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14 Jul 2023
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Si un funcionario que estuvo por ejemplo 10 años de interino de repente pasa a ser funcionario de carrera y al cabo del año por la razón que sea pierde la plaza ¿cobraría paro?

No, no cobraría paro. En la situación que planteas, esa persona se quedaría completamente desprotegida y con cero euros de prestación por desempleo.

Aunque pueda parecer injusto habiendo trabajado 11 años en total, el sistema legal español funciona así de forma estricta por los siguientes motivos:

1. El paro "caduca" a los 6 años

Es cierto que durante los 10 años como interino esa persona cotizó por desempleo en el Régimen General. Sin embargo, para poder cobrar el paro, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) solo te permite mirar hacia atrás un máximo de 6 años (2.160 días) desde el momento del despido o cese.​
  • Al pasar un año entero como funcionario de carrera, el cese legal de su etapa de interino ocurrió hace más de 12 meses. Ese "derecho" acumulado no se puede activar porque la pérdida de la plaza de carrera no genera la situación legal de desempleo.​
2. El año de funcionario de carrera no genera paro

Durante ese año como funcionario de carrera, en su nómina dejo de descontarse la cuota de desempleo. Por tanto, ese último año no ha sumado ni un solo día para el paro.

3. El motivo de la pérdida de la plaza lo bloquea todo

Para cobrar el paro es obligatorio que la pérdida del trabajo sea involuntaria (como el fin de un contrato de interino, un despido o un ERE). Si un funcionario de carrera pierde su plaza, solo puede ser por tres motivos:​
  • Renuncia voluntaria: Las bajas voluntarias nunca dan derecho a paro en ningún régimen.​
  • Sanción disciplinaria (separación del servicio): Aunque es un cese forzoso, el SEPE determina que la pérdida del empleo público de carrera por sanción firme no se considera una situación legal de desempleo protegida.​
  • Pérdida de la nacionalidad o inhabilitación judicial: Tampoco dan derecho a protección.​

JUGADA MAESTRA ESTATAL 😎
 

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