En Oviedo se ha parado un piso de menores forasteros. TRUCO: Los estatutos de la comunidad

Gubelkian

Será en Octubre
Desde
9 Dic 2009
Mensajes
31.421
Fruta
98.592
Los vecinos montaron una manifestación multitudinaria. Los rojos una contramanifestación a la que fueron cuatro y de los pagados.

Parece ser que una de las razones es que los estatutos de la comunidad establecían que el uso de la vivienda sólo podía ser residencial.

CONVENCED A VUESTRAS COMUNIDADES PARA QUE APRUEBEN CAMBIOS EN LOS ESTATUTOS QUE IMPIDAN EL ESTABLECIMIENTO DE PISOS TUTELADOS DE MENORES EXTRANJEROS O INCLUSO NACIONALES.

PUEDE SER CRÍTICO PARA VUESTRAS VIDAS. UNA VEZ APROBADO EL CAMBIO, SI EL BANCO, POR EJEMPLO EMBARGA UN PISO, YA NO PODRÁN SACARLE PASTA PERJUDICÁNDOOS. UN VECINO POLÍTICO AUSENTE TAMPOCO PODRÁ.

DIFUNDID ESTO PORQUE OS PUEDE IR LA TRANQUILIDAD Y LA VIDA EN ELLO.
 
Los vecinos montaron una manifestación multitudinaria. Los rojos una contramanifestación a la que fueron cuatro y de los pagados.

Parece ser que una de las razones es que los estatutos de la comunidad establecían que el uso de la vivienda sólo podía ser residencial.

CONVENCED A VUESTRAS COMUNIDADES PARA QUE APRUEBEN CAMBIOS EN LOS ESTATUTOS QUE IMPIDAN EL ESTABLECIMIENTO DE PISOS TUTELADOS DE MENORES EXTRANJEROS O INCLUSO NACIONALES.

PUEDE SER CRÍTICO PARA VUESTRAS VIDAS. UNA VEZ APROBADO EL CAMBIO, SI EL BANCO, POR EJEMPLO EMBARGA UN PISO, YA NO PODRÁN SACARLE PASTA PERJUDICÁNDOOS. UN VECINO POLÍTICO AUSENTE TAMPOCO PODRÁ.

DIFUNDID ESTO PORQUE OS PUEDE IR LA TRANQUILIDAD Y LA VIDA EN ELLO.
No es por contradecirte, pero algo más tiene que haber, porque los pisos donde meten a los Menas son de uso residencial, osea que algo más tiene que haber.
 
No es por contradecirte, pero algo más tiene que haber, porque los pisos donde meten a los Menas son de uso residencial, osea que algo más tiene que haber.
Una cosa es el uso establecido por el suelo.

Y otra muy distinta los estatutos de la comunidad de vecinos.

Puede ponerse directamente que no se admite el uso para viviendas de acogida.

Esto puede ser legal o no, pero mientras se dirime en los tribunales, se gana un tiempo precioso y se tienen que ir a otra parte.

Es una cuestión de abogados.

Esto se explica claramente a los vecinos y estarán encantados de promover una sencilla modificación de los estatutos que impida el establecimiento de ese tipo de centros.
 
Se debe de poner que la Comunidad no permite el uso de las viviendas para centros de acogida de menores.

¿Es esto legal?

Puede serlo:

Surge entonces una duda frecuente: ¿puede una comunidad de propietarios prohibir determinadas actividades dentro de las viviendas o locales?

La respuesta es sí, pero con importantes matices.

Una comunidad no puede prohibir arbitrariamente cualquier uso que un propietario quiera hacer de su inmueble. Sin embargo, la Ley de Propiedad Horizontal permite limitar determinadas actividades, tanto mediante los estatutos comunitarios como cuando una actividad concreta resulta molesta, dañosa, peligrosa o ilícita.

Además, la regulación y la jurisprudencia reciente han dado una especial importancia a cuestiones como las viviendas de uso turístico.

¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal?​

El punto de partida se encuentra en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Este precepto establece que ni el propietario ni el ocupante de una vivienda o local pueden desarrollar actividades:

  • Prohibidas expresamente en los estatutos.
  • Dañinas para la finca.
  • Molestas.
  • Insalubres.
  • Nocivas.
  • Peligrosas.
  • Ilícitas.
Por tanto, una actividad puede ser objeto de prohibición por dos vías diferentes.

La primera consiste en que la actividad esté expresamente prohibida por los estatutos de la comunidad.

La segunda se produce cuando, aunque no exista una prohibición estatutaria específica, la actividad tenga alguna de las características previstas por la Ley.


ES DECIR: LOS VECINOS SE PONEN DE ACUERDO PARA PROHIBIR ESA ACTIVIDAD EN LOS ESTATUTOS Y SE PONE. LUEGO LLEGA LA ADMINISTRACIÓN A PONERTE UN PISO DE ACOGIDA (ACTIVIDAD PELIGROSA), Y SE LES ESTAMPA EN LA CARA EL REQUISITO.

LA ADMINISTRACIÓN PUEDE BATALLAR, PERO PASARÁ TIEMPO, Y PARA ESAS COSAS SIEMPRE HAY URGENCIA: CADA MES SIN MONTAR EL PISO ES UN MES SIN INGRESAR VARIOS MILES DE EUROS
 

Estadísticas del foro

Temas
2.061.731
Mensajes
58.512.733
Miembros
191.117
Último miembro
frraav5

El blog de burbuja.info

-
-
Volver