ProbeMiguel
Madmaxista
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El alquiler de un local comercial en España conlleva obligaciones fiscales diferentes a las de una vivienda habitual. [1]como que iva? explicalo,por favor. AL pagar alquiler se paga iva? lo mismo con las oficinas?
1. Obligaciones en Hacienda (Alta)
- Modelo 037 o 036: Debes darte de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, declarando la actividad de alquiler de inmuebles (epígrafe 861.2). [1, 2]
2. El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)
- Tipo aplicable: El alquiler está sujeto al 21% de IVA. [1]
- Cómo funciona: Debes incluir el 21% de IVA en la factura mensual que le emites al inquilino. Este IVA lo cobras tú, pero después se lo ingresas a Hacienda. [1, 2]
- Gastos repercutidos: Si le pasas al inquilino gastos como la comunidad, el IBI o suministros, a esos importes también se les aplica el 21% de IVA. [1, 2]
- Declaraciones:
- Modelo 303: Se presenta trimestralmente para declarar el IVA.
- Modelo 390: Declaración resumen anual (si solo realizas esta actividad de alquiler, en muchos casos no es necesario presentar el resumen anual). [1]
3. El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
- Retención en factura: Si el inquilino es una empresa o un autónomo (sociedad mercantil o profesional), está obligado a practicarte una retención del 19% en cada factura. [1, 2]
- Cómo funciona el pago: El inquilino no te paga ese 19% a ti; se lo queda y lo ingresa directamente en la Agencia Tributaria a tu nombre (mediante el Modelo 115 trimestral). En tu declaración de la Renta anual, ese dinero ya constará como pagado a cuenta. [1]
- Tipo de rendimiento: Se declaran como rendimientos del capital inmobiliario (a diferencia de la vivienda, no existe ninguna reducción del 50% o 60%).
- Excepción: Si tienes al menos una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa para organizar la actividad del alquiler, pasa a tributar como actividades económicas. [1, 2, 3]
- Gastos deducibles: Como propietario, puedes restar de tus ingresos los gastos necesarios para obtenerlos: el IBI, la comunidad de propietarios, el seguro del local, las reparaciones y conservación, la amortización del inmueble o los intereses de una hipoteca si la hubiera. [1]
4. Otras declaraciones informativas
- Modelo 347: Es obligatorio presentarlo si durante el año natural realizas operaciones con el mismo inquilino por un importe superior a 3.005,06 €. [1]
