Resumiendo la cosa mucho. El escrito final de acusación del Hazte oír tiene graves defectos para cumplir con la ley de un juicio con jurado. Está fuera de plazo para poder ser revisado y por ello el juez Peinado tiene un problema para emitir un auto de comienzo de juicio sin incurrir en acciones para subsanar ese error que den munición pesada a la defensa para cargarse todo el proceso por indefensión y petición de amparo ante el constitucional.
Bien es sabido que el juez Peinado se obsesionó con el hecho de mandar a Begoña Gómez a un juicio con jurado, cosa que se opuso con fuerza la defensa de esta. Las dos partes sabían que tal como estaba montada la instrucción y la complejidad de los matices de los delitos por los que era acusada Begoña, a esta le favorecía un juicio normal con un juez acostumbrado a ver lo rocambolesco de la instrucción y lo pillado con pinzas que había tras los delitos atribuidos a Begoña. Además, es bien sabido por ambas partes, que el tanto por ciento de condenas es superior en los casos de jurado popular.
Bueno al final el juez Peinado, pese a la oposición de la defensa, se sale con la suya y consigue llevar la acusación al término del jurado popular. Y aquí en este punto es donde entra el error de Hazte Oír; en los casos de juicio por jurado popular el escrito final de la acusación en la reunión preliminar de las partes, tiene que tener una serie de requisitos que los responsables de la acusación particular no han satisfecho. Cosa que hizo notar el nuevo abogado de Begoña, el señor Jaime Campaner al juez Peinado, justo un minuto después que el fallo fuera legalmente subsanable por parte de la acusación.
Los defectos de ese escrito final de la acusación tiene dos grandes puntos donde han fallado respecto a la ley del jurado:
Falta de concreción de los hechos atribuidos: La normativa aplicable exige que se detallen de manera precisa y desglosada los hechos específicos que se le fruta a la acusada. El escrito de la organización adolece de inconcreción fáctica, lo que imposibilita la correcta delimitación de la acusación requerida en un procedimiento penal ordinario. Esto luego sería usado por el juez para darle al jurado una lista de hechos a valorar donde el jurado se pronunciaría si dichos hechos, puntuales y concretos, han sido o no probados durante el juicio.
Inclusión ilegal de valoraciones judiciales previas: El documento incorporó transcripciones, citas y referencias textuales a las resoluciones del propio juez de instrucción (el juez Peinado) y de la Audiencia Provincial de Madrid. Esta práctica está terminantemente prohibida por la ley del Tribunal del Jurado para evitar contaminar o condicionar a los ciudadanos que formarán parte del jurado popular.
Total, que el martes día 8 era la fecha en la que teóricamente se tenía que haber sacado el escrito del juzgado de Peinado con la apertura del juicio oral, que tenía tres días para sacarlo a partir de ese martes y que ya ha pasado el viernes 11 y el auto de apertura de juicio sigue sin salir.
El juez Peinado se jubila el 27 de este mes, el 18 o 19 de este mes regresó de vacaciones y tiene que darle salida a este embrollo.
En principio parece que las opciones que tiene son tres:
1. Declarar la ineficacia del escrito y archivar la causa: Atendiendo a las peticiones de la Fiscalía y de la defensa, el juez podría determinar que el documento de Hazte Oír (única acusación personada que sostiene la petición de juicio en esta fase) no cumple con los requisitos mínimos exigibles por la Ley del Tribunal del Jurado. Al carecer de un escrito de acusación válido y ante la petición de sobreseimiento del Ministerio Fiscal, se vería obligado a decretar el archivo o sobreseimiento del caso Begoña Gómez.
2. Validar el escrito actual y decretar la apertura del juicio oral: Consiste en ignorar las deficiencias denunciadas por la defensa de Begoña Gómez. Si el juez decide dictar el auto de apertura del juicio manteniendo el documento tal y como está, daría vía libre a la celebración de la vista, asumiendo el riesgo de que la Audiencia Provincial de Madrid anule posteriormente todo el procedimiento por vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías.
3. Devolver el escrito a Hazte Oír para que subsane los errores: Es la opción más probable en la práctica judicial para evitar que la causa se caiga por un defecto de forma. El juez otorgaría un plazo breve (normalmente unos días) a la acusación popular para que elimine las valoraciones judiciales prohibidas y concrete adecuadamente los hechos fruta de cara al tribunal del jurado.
Claro que esta opción rompe con la neutralidad del juez instructor entre acusación y defensa, pues ayuda claramente a subsanar un error de la acusación. Y es otro argumento más que usará la defensa para, o bien argumentarlo cuando la causa ya salga definitivamente de las manos de Peinado antes del juicio, o bien como argumento ante el Constitucional por vulneración de derechos de su cliente para pedirle amparo.
www.eldiario.es
El juez Peinado aún nos va a dar una traca final.
Actualización a 21 de septiembre: El juez parece escoger la opción dos y mandar a juicio a Begoña dando por buena la actuación de Hazte oír.
Bien es sabido que el juez Peinado se obsesionó con el hecho de mandar a Begoña Gómez a un juicio con jurado, cosa que se opuso con fuerza la defensa de esta. Las dos partes sabían que tal como estaba montada la instrucción y la complejidad de los matices de los delitos por los que era acusada Begoña, a esta le favorecía un juicio normal con un juez acostumbrado a ver lo rocambolesco de la instrucción y lo pillado con pinzas que había tras los delitos atribuidos a Begoña. Además, es bien sabido por ambas partes, que el tanto por ciento de condenas es superior en los casos de jurado popular.
Bueno al final el juez Peinado, pese a la oposición de la defensa, se sale con la suya y consigue llevar la acusación al término del jurado popular. Y aquí en este punto es donde entra el error de Hazte Oír; en los casos de juicio por jurado popular el escrito final de la acusación en la reunión preliminar de las partes, tiene que tener una serie de requisitos que los responsables de la acusación particular no han satisfecho. Cosa que hizo notar el nuevo abogado de Begoña, el señor Jaime Campaner al juez Peinado, justo un minuto después que el fallo fuera legalmente subsanable por parte de la acusación.
Los defectos de ese escrito final de la acusación tiene dos grandes puntos donde han fallado respecto a la ley del jurado:
Falta de concreción de los hechos atribuidos: La normativa aplicable exige que se detallen de manera precisa y desglosada los hechos específicos que se le fruta a la acusada. El escrito de la organización adolece de inconcreción fáctica, lo que imposibilita la correcta delimitación de la acusación requerida en un procedimiento penal ordinario. Esto luego sería usado por el juez para darle al jurado una lista de hechos a valorar donde el jurado se pronunciaría si dichos hechos, puntuales y concretos, han sido o no probados durante el juicio.
Inclusión ilegal de valoraciones judiciales previas: El documento incorporó transcripciones, citas y referencias textuales a las resoluciones del propio juez de instrucción (el juez Peinado) y de la Audiencia Provincial de Madrid. Esta práctica está terminantemente prohibida por la ley del Tribunal del Jurado para evitar contaminar o condicionar a los ciudadanos que formarán parte del jurado popular.
Total, que el martes día 8 era la fecha en la que teóricamente se tenía que haber sacado el escrito del juzgado de Peinado con la apertura del juicio oral, que tenía tres días para sacarlo a partir de ese martes y que ya ha pasado el viernes 11 y el auto de apertura de juicio sigue sin salir.
El juez Peinado se jubila el 27 de este mes, el 18 o 19 de este mes regresó de vacaciones y tiene que darle salida a este embrollo.
En principio parece que las opciones que tiene son tres:
1. Declarar la ineficacia del escrito y archivar la causa: Atendiendo a las peticiones de la Fiscalía y de la defensa, el juez podría determinar que el documento de Hazte Oír (única acusación personada que sostiene la petición de juicio en esta fase) no cumple con los requisitos mínimos exigibles por la Ley del Tribunal del Jurado. Al carecer de un escrito de acusación válido y ante la petición de sobreseimiento del Ministerio Fiscal, se vería obligado a decretar el archivo o sobreseimiento del caso Begoña Gómez.
2. Validar el escrito actual y decretar la apertura del juicio oral: Consiste en ignorar las deficiencias denunciadas por la defensa de Begoña Gómez. Si el juez decide dictar el auto de apertura del juicio manteniendo el documento tal y como está, daría vía libre a la celebración de la vista, asumiendo el riesgo de que la Audiencia Provincial de Madrid anule posteriormente todo el procedimiento por vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías.
3. Devolver el escrito a Hazte Oír para que subsane los errores: Es la opción más probable en la práctica judicial para evitar que la causa se caiga por un defecto de forma. El juez otorgaría un plazo breve (normalmente unos días) a la acusación popular para que elimine las valoraciones judiciales prohibidas y concrete adecuadamente los hechos fruta de cara al tribunal del jurado.
Claro que esta opción rompe con la neutralidad del juez instructor entre acusación y defensa, pues ayuda claramente a subsanar un error de la acusación. Y es otro argumento más que usará la defensa para, o bien argumentarlo cuando la causa ya salga definitivamente de las manos de Peinado antes del juicio, o bien como argumento ante el Constitucional por vulneración de derechos de su cliente para pedirle amparo.
La audiencia preliminar pone el punto final a la polémica instrucción del juez Peinado en el caso Begoña Gómez
La defensa de la esposa del presidente del Gobierno ha defendido que el escrito de la acusación popular, la única que propone llevar a juicio el caso, es ineficaz porque la ley del procedimiento del Tribunal del Jurado obliga a que sólo se haga un relato de hechos en el mismo, algo que no ha...
El juez Peinado aún nos va a dar una traca final.
Actualización a 21 de septiembre: El juez parece escoger la opción dos y mandar a juicio a Begoña dando por buena la actuación de Hazte oír.
Última edición:
