El Gobierno admite ante el Supremo que sólo 91 de 31.390 'nietos' han acreditado el exilio

El Gobierno admite ante el Supremo que sólo 91 de 31.390 'nietos' han acreditado el exilio
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De los 31.390 expedientes revisados de la Ley de Nietos, solo 91 descendientes han acreditado el exilio de sus antepasados, según ha admitido el Gobierno ante el Supremo. El tribunal exige a dos ministros la lista completa de los 163.020 afectados por la suspensión del voto antes de las 15 horas del 28 de octubre de 2026.

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De los 31.390 expedientes revisados de la Ley de Nietos, solo 91 descendientes han acreditado el exilio de sus antepasados, según ha admitido el Gobierno ante el Supremo. El tribunal exige a dos ministros la lista completa de los 163.020 afectados por la suspensión del voto antes de las 15 horas del 28 de octubre de 2026.

El Gobierno ha reconocido ante el Tribunal Supremo que solo 91 descendientes nacionalizados por la Ley de Nietos han acreditado el exilio de sus antepasados. Los encargados de los Registros Consulares han revisado 31.390 expedientes hasta la fecha. El porcentaje sale a un 0,29 % del total.

La cifra aparece en el marco del litigio sobre el derecho al voto de este colectivo. El Supremo ha fijado quién puede votar el 29 de noviembre: quienes hayan acreditado el exilio. El Ejecutivo cuantifica en 163.020 las personas afectadas por la orden de suspensión del derecho al voto.

Cinco días para entregar la lista de afectados

El Alto Tribunal ha advertido a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, de que tienen cinco días para remitir el listado completo de las personas con el derecho suspendido. El plazo finaliza a las 15 horas del 28 de octubre de 2026.

El auto del tribunal detalla las consecuencias de no cumplir. «Si transcurrido el plazo de cinco días que, en todo caso, finalizará a las 15 horas del día 28 de octubre de 2026, no remiten la relación nominal de referencia, esta Sala podrá acordar una multa coercitiva o deducir, en su caso, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder», señala el texto.

La advertencia no es menor: los ministros podrían incurrir en responsabilidad penal y ser multados si el listado no llega a tiempo. El Supremo cronometra así una entrega que el Gobierno aún no ha completado.

Un ritmo de revisión que deja fuera a casi todos

La proporción entre expedientes revisados y exilios acreditados es la clave del asunto. De 31.390 revisiones, solo 91 cumplen el requisito. El resto de los nacionalizados por la Ley de Nietos no ha demostrado el exilio de sus antepasados, al menos por ahora.

Ese dato condiciona el censo electoral de los afectados. Quien no acredite el exilio no podrá votar el 29 de noviembre, según el auto del Supremo. El Gobierno, por su parte, cifra en 163.020 los afectados por la suspensión, una bolsa muy superior a los expedientes ya revisados.

La Ley de Nietos ha permitido nacionalizar a descendientes de españoles en el exterior. El litigio se centra ahora en quién cumple los requisitos para ejercer el voto en las próximas elecciones.

Qué significa acreditar el exilio

El requisito no es la nacionalidad, sino la prueba del exilio de los antepasados. Esa distinción explica que miles de expedientes revisados no hayan dado lugar a un reconocimiento del derecho al voto. La acreditación exige documentación que demuestre la salida forzada o el exilio del familiar del que se desciende.

Con 91 casos acreditados frente a 31.390 revisados, la proporción es mínima. El Supremo ha puesto fecha y hora a la entrega de la lista nominal. Si los ministros no la remiten, el tribunal podrá multarles o deducir testimonio para exigir responsabilidad penal.

La cifra de 163.020 afectados por la suspensión del voto da la medida del conflicto. El Gobierno tiene hasta las 15 horas del 28 de octubre de 2026 para identificar a todos ellos ante el Supremo.

Datos clave
  • Solo 91 de 31.390 expedientes revisados de la Ley de Nietos han acreditado el exilio de los antepasados, un 0,29 %.
  • El Supremo exige a Félix Bolaños y José Manuel Albares la lista de los 163.020 afectados por la suspensión del voto.
  • El plazo para remitir el listado completo finaliza a las 15 horas del 28 de octubre de 2026.
  • Quienes hayan acreditado el exilio podrán votar el 29 de noviembre, según el auto del Tribunal Supremo.
  • El Supremo advierte de multa coercitiva o responsabilidad penal si no llega la relación nominal.
Fuente: okdiario.com
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Mes y medio para revisar papeles y el Gobierno encuentra exiliados al ritmo de un 0,29 %: la eficiencia administrativa de siempre, ahora con el Supremo cronometrando.

El Gobierno ha reconocido que sólo 91 descendientes nacionalizados por la conocida como Ley de Nietos cumplen hasta el momento con el requisito de haber acreditado el exilio de sus antepasados. Hasta el momento se han revisado 31.390 expedientes por parte de los encargados de los Registros Consulares. Según el auto del Tribunal Supremo, las personas que hayan acreditado el exilio sí podrán votar el próximo 29 de noviembre. El Ejecutivo cuantifica en 163.020 los afectados por la orden de suspensión del derecho al voto.

El Alto Tribunal ha advertido este viernes a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, que tienen cinco días para remitir el listado completo de las personas que tienen el derecho suspendido. Si no lo hacen, podrán incurrir en responsabilidad penal y, además, ser multados.

«Si transcurrido el plazo de cinco días que, en todo caso, finalizará a las 15 horas del día 28 de octubre de 2026, no remiten la relación nominal de referencia, esta Sala podrá acordar una multa coercitiva o deducir, en su caso, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder», señala el tribunal.

 
 

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