Cuatro años de pleito y un abogado que nunca preparó la vista
La caída fue en septiembre de 2020, en la ducha de una playa, y el juicio se perdió cuatro años más tarde. No fue por falta de pruebas: había fotografías, un informe forense que certificaba que la lesión era compatible con el golpe y unos testigos que admitían el mal estado de las tablas. Fue, según el relato de quien reclamó, porque el
abogado que llevaba el caso no habló con el testigo, no pidió el informe de la reparación de la ducha y le llamó la víspera de la vista. Su mujer, de 41 años, acumula operaciones y una prótesis de rodilla; el juzgado desestimó la demanda por falta de nexo causal entre la lesión y la actividad municipal.
La historia arranca con una sombrilla y un aviso. El hombre colocaba las butacas a veinte metros de las duchas cuando una bañista le avisó de que su mujer se había caído. Llegaron los socorristas, después la ambulancia, y de ahí al centro de salud y al hospital, saturado por la covid, donde le extrajeron varios botes de líquido de la rodilla.
Cuatro años después siguen las consultas y la rehabilitación.
El atestado policial que nunca apareció
Con la lesión confirmada, la familia pidió responsabilidad patrimonial al ayuntamiento. Los recursos de reposición chocaron con el departamento jurídico municipal, que eximía de toda culpa a la administración. Las tablas de la ducha se repararon
a las pocas semanas del accidente, detalle que el reclamante considera clave para acreditar el mal estado previo.
Según su versión, el trato con los servicios municipales fue hostil desde el primer día: no le facilitaron atestado policial pese a pedirlo en dos ocasiones con certificado digital, y la responsable del funcionamiento de las playas dejó de contestar sus correos cuando conoció la gravedad del caso. Los trabajadores de las butacas, sostiene, sí reconocieron por escrito que ya se habían producido más caídas en ese punto.
Por qué el procedimiento abreviado limitó la reclamación
La reclamación se tramitó por el cauce contencioso-administrativo abreviado, reservado a cuantías inferiores a
30.000 euros. En este tipo de procedimiento, señalan quienes conocen la materia, la administración parte con ventaja procesal. La vía ordinaria, ante otros órganos y con más margen para practicar prueba, habría sido la alternativa que varios participantes consideran correcta para un caso con lesiones permanentes y varias operaciones pendientes.
El demandante cifra en más de
2.000 euros lo desembolsado entre honorarios, perito y procurador, y calcula que la indemnización podía haber rondado los 60.000. La demanda se interpuso al año de la caída, cuando aún faltaban dos intervenciones quirúrgicas, y la ampliación del peritaje forense solicitada el día de la vista para valorar la prótesis fue desestimada por el juez.
Un letrado que no llama, no cita al testigo y no pide la prueba
El primer abogado, contratado a través de un servicio de seguros jurídicos, cobró honorarios y prometió un caso viable. En las navidades de 2023, al visitarle en persona, le comunicó que el asunto pasaba a otro letrado de una empresa distinta. A partir de ahí, una lista de omisiones: nueve meses sin preparar la vista, llamada el día anterior al juicio, ninguna conversación con el testigo para puntualizar su declaración, ninguna citación para comparecer y ninguna petición del informe de obra de la reparación de la ducha.
La sentencia tardó una semana en comunicarse. La víspera, un mensaje tranquilizador: todo había ido bien. Después, silencio y bloqueo de llamadas y mensajes cuando se le reclamó la grabación de la vista, a la que el cliente tiene derecho. Hay quien sospecha que el letrado pertenecía a la misma localidad del ayuntamiento demandado, un error de manual según varios intervinientes:
en un pleito contra la administración local, los abogados se conocen todos.
¿Se puede reclamar al seguro del bufete por negligencia?
Sí, pero por una vía estrecha y con reloj corriendo. El procedimiento pasa por presentar queja ante la comisión deontológica del colegio de abogados y pedir expresamente que esa queja se notifique a la aseguradora de responsabilidad civil del despacho. Los plazos son distintos para recurrir la sentencia y para denunciar una posible deslealtad profesional, y quien los deja pasar se queda sin nada.
La advertencia más repetida es la dificultad de probar el dolo. Los olvidos y las desatenciones no son delito por sí solos, y los colegios profesionales, coinciden varias experiencias, tienden a cerrar filas con el colegiado. De ahí la insistencia en reunir expediente completo, grabación del juicio y prueba documental de cada gestión fallida antes de mover ficha.
Qué puede hacer el colegio de abogados y qué no
El colegio tramita la queja deontológica, pero tiene prohibido recomendar despachos concretos, según una de las correcciones más repetidas. Lo que sí puede pedírsele es el listado de despachos especializados en la materia, sin que eso equivalga a un aval. La opinión mayoritaria desaconseja los seguros jurídicos para asuntos serios: sirven para escritos administrativos, no para pleitos con peritaje y testigos.
La otra lección que recorre el caso es de mercado: la calidad de la defensa va en proporción a lo que se paga. Un porcentaje alto sobre una indemnización grande mueve más a un despacho que una minuta fija cobrada gane o pierda.
Con el expediente en la mano y los plazos vivos, la reclamación contra el letrado tiene recorrido, aunque nadie apuesta por una reparación rápida. Si la comisión deontológica y la aseguradora terminan dando la razón al cliente, el asunto aún tardará años en cerrarse.