Buenas, traigo un tema que me viene rondando desde que viví en Colombia. Allí la libranza es de lo más normal: el banco te presta y tu empresa descuenta la cuota directamente de la nómina antes de que cobres. Para alguien reportado, es decir, con mancha en las centrales de riesgo, suele ser la única puerta que queda abierta para conseguir crédito.
El punto que me mosquea: conozco casos de gente a la que por libranza le descuentan más de la mitad del sueldo. Y me pregunto hasta qué punto eso puede ser legal. Esto es lo que tengo más o menos claro:
1. Con la libranza la cuota sale directa del salario, así que el "este mes no pago" no existe. Por eso los bancos aceptan a reportados: el riesgo de impago baja muchísimo.
2. Hay un tope. En Colombia la ley limita el descuento por libranza al 50% del salario, y si hay varios créditos de libranza se reparten ese tope entre ellos. Lo que exceda ese límite, en teoría, no te lo pueden descontar por esta vía.
3. El peligro real: si te despiden o cambias de trabajo, la deuda no desaparece. El banco te la cobra directamente a ti, fuera de nómina, y las condiciones que parecían buenas se complican.
Mi conclusión, con un crío de tres años en casa: la libranza para reportados existe y funciona, pero hay que leer el contrato con lupa, sobre todo el tope del descuento y qué pasa si pierdes el empleo. Firmar sin saber el techo del descuento me parece una temeridad.
De paso, me topé con una página que explica el crédito de libranza para reportados con bastante detalle y me vino bien para contrastar lo del tope del descuento.
¿Alguien de por aquí ha firmado una libranza estando reportado? ¿Os respetaron el tope?
El punto que me mosquea: conozco casos de gente a la que por libranza le descuentan más de la mitad del sueldo. Y me pregunto hasta qué punto eso puede ser legal. Esto es lo que tengo más o menos claro:
1. Con la libranza la cuota sale directa del salario, así que el "este mes no pago" no existe. Por eso los bancos aceptan a reportados: el riesgo de impago baja muchísimo.
2. Hay un tope. En Colombia la ley limita el descuento por libranza al 50% del salario, y si hay varios créditos de libranza se reparten ese tope entre ellos. Lo que exceda ese límite, en teoría, no te lo pueden descontar por esta vía.
3. El peligro real: si te despiden o cambias de trabajo, la deuda no desaparece. El banco te la cobra directamente a ti, fuera de nómina, y las condiciones que parecían buenas se complican.
Mi conclusión, con un crío de tres años en casa: la libranza para reportados existe y funciona, pero hay que leer el contrato con lupa, sobre todo el tope del descuento y qué pasa si pierdes el empleo. Firmar sin saber el techo del descuento me parece una temeridad.
De paso, me topé con una página que explica el crédito de libranza para reportados con bastante detalle y me vino bien para contrastar lo del tope del descuento.
¿Alguien de por aquí ha firmado una libranza estando reportado? ¿Os respetaron el tope?
