Consultorio de derecho laboral.

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progenitora del amor hermoso. No te las liquidan mes a mes?
Por otro lado si te piras te tienen que hacer finiquito y pagarte "toda la cuenta". Debieran hacerlo.
No, y lo habitual es que ni te las paguen (se da por sentado que las vas a hacer). Los que estén en el sector saben de sobra como funcionan estas sociedades. Si hay alguna reclamación, ellos se apoyan en la cláusula que añadí en mi primer mensaje que -en mi opinión- baila en el límite de la legalidad.

En mi caso, estoy en un proyecto muy grande que exige muchas horas pero el exceso de margen que obtienen con este cliente permite pagar horas extra al equipo.

Yo las imputo en mi sistema semanalmente y el superior las aprueba una vez finalizado el proyecto. Si no se aprueba por el superior (gerente o socio) es como si no valieran y no aparece en el software de RRHH. RRHH utiliza este último software para crear el reporte donde me incluirán las horas en el finiquito.
Por lo tanto, la duda que cuestiono -y en especial a los que conocen las artimañas de estas consultoras- es cuán grande es el riesgo de no cobrarlas. Sé de casos que han elevado al SMAC, Inspeción de trabajo o juicio; algunos han ganado, otros no.
 
Última edición:
Hola a todos, a ver si alguno me puede ayudar/recomendar:

Trabajo en una de las Big 4, proyecto grande con mucha carga de trabajo y horas extras. Me voy de la empresa y en la nueva he dicho de empezar tras acabar el proyecto: por compromiso y por liquidar las horas extras.

El punto es que hasta finalizar el proyecto, la Big 4 no te liquida dichas horas extras. El proyecto se preveé que finalice un viernes y yo entro en la otra compañía el lunes siguiente.

En el contrato, incluyen esta cláusula:

¿Existe riesgo de que no me las acepten y perder las horas extras (no son ni 10 ni 20)? He tomado capturas, fotos, etc. como evidencia por posibles problemas futuros.
Sabiendo cómo operan estas empresas, ¿qué me podéis comentar de casos similares y cuál es vuestra recomendación para operar?

Gracias de antemano,
No te pueden obligar a renunciar a tus derechos de conciliación, además que el ET dice que el cobro o compensación de las horas extra es a opción del empleado, no de la empresa, de manera que esa cláusula es nula. Si te vulneran los derechos con las horas, es para poner una demanda por abusa de derechos fundamentales. En cuanto a las horas, según la ley se tienen que registrar diariamente desde 2019 así que por ahí les puede caer una buena multa.
 
No te pueden obligar a renunciar a tus derechos de conciliación, además que el ET dice que el cobro o compensación de las horas extra es a opción del empleado, no de la empresa, de manera que esa cláusula es nula. Si te vulneran los derechos con las horas, es para poner una demanda por abusa de derechos fundamentales. En cuanto a las horas, según la ley se tienen que registrar diariamente desde 2019 así que por ahí les puede caer una buena multa.
Muchas gracias por tu respuesta @ElCalvo.
No es la primera multa que les cae. Las pagan y siguen su curso.

Estoy a nada de recibir el nuevo contrato y sigo evidenciando cada minuto trabajando fuera de hora para tener pruebas, así como mensajes -increpantes- por parte de los superiores para que acudamos antes de la hora de entrada.

Duda: En el contexto Big 4 que se hacen horas extra por decreto (cumplir deadlines, cultural, mandato explícito…) si te quedas sin que te obliguen implícitamente a ello, ¿la empresa se puede eximir diciendo que las he hecho voluntariamente? Igualmente, he guardado algún mensaje diciendo de quedarnos más o venir sábados pero (casi) siempre de manera explícita sin ser directos.

Otro tema, más extra-legal, es que la compañía a la que me voy es cliente de esta Big 4, por lo que no sé si una salida a destiempo o de malas maneras, en la práctica, me pueda repercutir negativamente mi imagen y percepción en mi nueva compañía.
 
Última edición:
Muchas gracias por tu respuesta @ElCalvo.
No es la primera multa que les cae. Las pagan y siguen su curso.

Estoy a nada de recibir el nuevo contrato y sigo evidenciando cada minuto trabajando fuera de hora para tener pruebas, así como mensajes -increpantes- por parte de los superiores para que acudamos antes de la hora de entrada.

Duda: En el contexto Big 4 que se hacen horas extra por decreto (cumplir deadlines, cultural, mandato explícito…) si te quedas sin que te obliguen implícitamente a ello, ¿la empresa se puede eximir diciendo que las he hecho voluntariamente? Igualmente, he guardado algún mensaje diciendo de quedarnos más o venir sábados pero (casi) siempre de manera explícita sin ser directos.

Otro tema, más extra-legal, es que la compañía a la que me voy es cliente de esta Big 4, por lo que no sé si una salida a destiempo o de malas maneras, en la práctica, me pueda repercutir negativamente mi imagen y percepción en mi nueva compañía.
Da igual, el registro horario se debe cumplir a rajatabla aunque las horas las hayas "regalado". Si tienes horas hechas acreditadas que la empresa no tiene en registro horario, ahi cae multa. Y las horas extras "voluntarias" no existen. Esta misma semana se ha conocido un caso de despido disciplinario por hacer el empleado por su cuenta más horas de lo estipulado, y la justicia lo ha validado.

En cuanto a las Big 4, es del dominio público que manejan listas zain internas y las comparten entre ellas, aunque ante el juez no lo reconocerán jamás... si tienes algun pleito con alguna de ellas no te extrañe que te veten de por vida.
 
Da igual, el registro horario se debe cumplir a rajatabla aunque las horas las hayas "regalado". Si tienes horas hechas acreditadas que la empresa no tiene en registro horario, ahi cae multa. Y las horas extras "voluntarias" no existen. Esta misma semana se ha conocido un caso de despido disciplinario por hacer el empleado por su cuenta más horas de lo estipulado, y la justicia lo ha validado.

En cuanto a las Big 4, es del dominio público que manejan listas zain internas y las comparten entre ellas, aunque ante el juez no lo reconocerán jamás... si tienes algun pleito con alguna de ellas no te extrañe que te veten de por vida.
Muchas gracias por las explicaciones.

En el caso que me comentas de Big 4, no sé hasta qué punto me compensa hacerlo por 500/1.000/1.500 euros. Si Dios quiere no vuelvo ni a esta ni a ninguna, pero uno nunca sabe.
Y no sé si esas listas o ese feedback lo comparten con clientes y me deje en mal lugar a largo plazo. La verdad, no conozco casos de situaciones similares aunque sé que son frecuentes.

Quizá lo más inteligente es dejar la empresa lo antes posible sin hacer ni 1 minuto extra más ni comentar dónde me voy.
Me surge la duda de si doy el aviso de que me voy, tengo alguna obligatoriedad de acudir presencial. Ellos me obligarán a acudir presencial pero no sé cómo responde la ley respecto a si -mientras yo cumpla mis obligaciones (conectado y trabajando durante mi jornada)- tengo deber de acudir o me permite teletrabajar.
 
Muchas gracias por las explicaciones.

En el caso que me comentas de Big 4, no sé hasta qué punto me compensa hacerlo por 500/1.000/1.500 euros. Si Dios quiere no vuelvo ni a esta ni a ninguna, pero uno nunca sabe.
Y no sé si esas listas o ese feedback lo comparten con clientes y me deje en mal lugar a largo plazo. La verdad, no conozco casos de situaciones similares aunque sé que son frecuentes.

Quizá lo más inteligente es dejar la empresa lo antes posible sin hacer ni 1 minuto extra más ni comentar dónde me voy.
Me surge la duda de si doy el aviso de que me voy, tengo alguna obligatoriedad de acudir presencial. Ellos me obligarán a acudir presencial pero no sé cómo responde la ley respecto a si -mientras yo cumpla mis obligaciones (conectado y trabajando durante mi jornada)- tengo deber de acudir o me permite teletrabajar.
El tiempo que trabajes después de avisar se tiene que hacer en las mismas condiciones a las que tenías previamente. Si tenéis acuerdo de teletrabajo se debe cumplir.
 
No, y lo habitual es que ni te las paguen (se da por sentado que las vas a hacer). Los que estén en el sector saben de sobra como funcionan estas sociedades. Si hay alguna reclamación, ellos se apoyan en la cláusula que añadí en mi primer mensaje que -en mi opinión- baila en el límite de la legalidad.

En mi caso, estoy en un proyecto muy grande que exige muchas horas pero el exceso de margen que obtienen con este cliente permite pagar horas extra al equipo.

Yo las imputo en mi sistema semanalmente y el superior las aprueba una vez finalizado el proyecto. Si no se aprueba por el superior (gerente o socio) es como si no valieran y no aparece en el software de RRHH. RRHH utiliza este último software para crear el reporte donde me incluirán las horas en el finiquito.
Por lo tanto, la duda que cuestiono -y en especial a los que conocen las artimañas de estas consultoras- es cuán grande es el riesgo de no cobrarlas. Sé de casos que han elevado al SMAC, Inspeción de trabajo o juicio; algunos han ganado, otros no.
Si esas horas no estan disponibles para su comprobación por inspeccion de trabajo en todo momento, ese sistema es absolutamente ilegal.
 
El tiempo que trabajes después de avisar se tiene que hacer en las mismas condiciones a las que tenías previamente. Si tenéis acuerdo de teletrabajo se debe cumplir.

Si esas horas no estan disponibles para su comprobación por inspeccion de trabajo en todo momento, ese sistema es absolutamente ilegal.
Gracias de nuevo.

En el contrato no se especifica acerca del teletrabajo, es por eso que desconozco el funcionamiento. ¿Se entendería -por omisión- trabajo presencial?
 
Hola a todos, a ver si alguno me puede ayudar/recomendar:

Trabajo en una de las Big 4, proyecto grande con mucha carga de trabajo y horas extras. Me voy de la empresa y en la nueva he dicho de empezar tras acabar el proyecto: por compromiso y por liquidar las horas extras.

El punto es que hasta finalizar el proyecto, la Big 4 no te liquida dichas horas extras. El proyecto se preveé que finalice un viernes y yo entro en la otra compañía el lunes siguiente.

En el contrato, incluyen esta cláusula:

¿Existe riesgo de que no me las acepten y perder las horas extras (no son ni 10 ni 20)? He tomado capturas, fotos, etc. como evidencia por posibles problemas futuros.
Sabiendo cómo operan estas empresas, ¿qué me podéis comentar de casos similares y cuál es vuestra recomendación para operar?

Gracias de antemano,
Madreee como me suena eso.
Si no navegamos en el mismo barco, casi.
Tan ilegal como lo que unos ilusos me quisieron hacer firmar: que no podía demandar a nadie.
Les dije que las carcajadas del juez de lo social se iban a escuchar en Sebastopol.
 
Madreee como me suena eso.
Si no navegamos en el mismo barco, casi.
Tan ilegal como lo que unos ilusos me quisieron hacer firmar: que no podía demandar a nadie.
Les dije que las carcajadas del juez de lo social se iban a escuchar en Sebastopol.
Más de uno está en el mismo barco o en el del al lado.

Yo lo peor que veo son las prácticas (casi) abusivas de estas empresas y que me puedan perjudicar de cara a futuro. En este caso, estas compañías tienen influencia en muchos sitios, aunque la mayoría dentro y fuera sabemos su mala fruta.

Finalmente, ¿ganaste el litigio?
 
Última edición:
Más de uno está en el mismo barco o en el del al lado.

Yo lo peor que veo son las prácticas (casi) abusivas de estas empresas y que me puedan perjudicar de cara a futuro. En este caso, estas compañías tienen influencia en muchos sitios, aunque la mayoría dentro y fuera sabemos su mala fruta.

Finalmente, ¿ganaste el litigio?
No hubo, se trató de una boutade. Recularon en cuanto dos compañeros y yo nos mantuvimos firmes y mencionamos la palabra mágica: abogado.
 
Madreee como me suena eso.
Si no navegamos en el mismo barco, casi.
Tan ilegal como lo que unos ilusos me quisieron hacer firmar: que no podía demandar a nadie.
Les dije que las carcajadas del juez de lo social se iban a escuchar en Sebastopol.
No se puede renunciar a los derechos fundamentales, y la tutela judicial no es derecho laboral sino constitucional.
 
Me quieren fichar en una consultora, pero ya me estoy viendo la exigencia de horas extra.

Mi idea es currar 8h e irme. Pueden obligarme a hacer horas extra o despedirme por no hacerlas?

En caso de hacerlas, puedo elegir si prefiero dinero o vacaciones o pueden obligarme a coger vacaciones?
 
Me quieren fichar en una consultora, pero ya me estoy viendo la exigencia de horas extra.

Mi idea es currar 8h e irme. Pueden obligarme a hacer horas extra o despedirme por no hacerlas?

En caso de hacerlas, puedo elegir si prefiero dinero o vacaciones o pueden obligarme a coger vacaciones?
Te despedirán por "otra cosa"
 
Me quieren fichar en una consultora, pero ya me estoy viendo la exigencia de horas extra.

Mi idea es currar 8h e irme. Pueden obligarme a hacer horas extra o despedirme por no hacerlas?

En caso de hacerlas, puedo elegir si prefiero dinero o vacaciones o pueden obligarme a coger vacaciones?
Las únicas horas extra que se pueden "obligar" a hacer es por fuerza mayor. Pero si conoces minimamente como trabajan esos esclavistas de las consultoras si te limitas a las 8 horas, del periodo de prueba no pasas.

En cuanto a cobrarlas o a compensarlas con descanso, eso se debe fijar en contrato o convenio. En ausencia de pacto, en principio se deben compensar con descanso.
 
Las únicas horas extra que se pueden "obligar" a hacer es por fuerza mayor. Pero si conoces minimamente como trabajan esos esclavistas de las consultoras si te limitas a las 8 horas, del periodo de prueba no pasas.

En cuanto a cobrarlas o a compensarlas con descanso, eso se debe fijar en contrato o convenio. En ausencia de pacto, en principio se deben compensar con descanso.
Entonces me parece que voy a pasar...gracias
 
El martes tengo médico por un problema de salud y con total seguridad me va a proponer la baja. No puedo teletrabajar dado mi puesto en la empresa y la aceptaré si la ofrece. Ahora bien, estoy relativamente bien en la empresa y me gustaría volver en cuanto me recupere, pero me preocupa que me quieran largar en cuanto vuelva.

Como mucho estaría 15 días ya que creo que podría desempeñar mi trabajo aunque no me haya curado del todo. Se supone que soy objetivamente top 1 en mi departamento pero no me fío ya de ninguna empresa, más aún cuando en esta he visto despidos bastante rastreros.

Consejos, pasos a seguir?
 
El martes tengo médico por un problema de salud y con total seguridad me va a proponer la baja. No puedo teletrabajar dado mi puesto en la empresa y la aceptaré si la ofrece. Ahora bien, estoy relativamente bien en la empresa y me gustaría volver en cuanto me recupere, pero me preocupa que me quieran largar en cuanto vuelva.

Como mucho estaría 15 días ya que creo que podría desempeñar mi trabajo aunque no me haya curado del todo. Se supone que soy objetivamente top 1 en mi departamento pero no me fío ya de ninguna empresa, más aún cuando en esta he visto despidos bastante rastreros.

Consejos, pasos a seguir?
Por 15 dias de baja no deberia montarse un drama en una empresa medio seria.

Pero como consejo te recomiendo guardar todas las comunicaciones con la empresa, tales como presiones para regresar cuanto antes o para que reveles el problema que sufres, ya que son abusa de tu derecho a la salud y de tu intimidad. No contestar a las llamadas, que te contacten con email o mensajes para que quede constancia.
 
A las buenas tardes, tengo la duda de si esta sentencia:

aplica a todos los gremios, o solo a los que tengan un calendario laboral con festivos que no se trabajan. Tengo un familiar vigilante de seguridad, que trabaja de lunes a domingo y no le pertenecen festivos, y me está dando la tabarra con la sentencia de marras, y o creo que no aplica a su gremio.

Gracias de antepie.
 
A las buenas tardes, tengo la duda de si esta sentencia:

aplica a todos los gremios, o solo a los que tengan un calendario laboral con festivos que no se trabajan. Tengo un familiar vigilante de seguridad, que trabaja de lunes a domingo y no le pertenecen festivos, y me está dando la tabarra con la sentencia de marras, y o creo que no aplica a su gremio.

Gracias de antepie.
Lo dudo. En seguridad no suele haber festivos fijos, excepto unos pocos VS que trabajan de lunes a viernes.
Se trabajan 162h al mes, hay pluses de nocturnidad y/o festivo para las horas nocturnas y festivas y da bastante igual que sea legalmente festivo o que no porque suelen ser h24..
Cuando yo estaba lo que pasaba de 162 se pagaba como hora extra y nada más.
Que se pague hasta la última hora a convenio ya es mucho, visto lo que pasa en otros sectores.
 
A las buenas tardes, tengo la duda de si esta sentencia:

aplica a todos los gremios, o solo a los que tengan un calendario laboral con festivos que no se trabajan. Tengo un familiar vigilante de seguridad, que trabaja de lunes a domingo y no le pertenecen festivos, y me está dando la tabarra con la sentencia de marras, y o creo que no aplica a su gremio.

Gracias de antepie.
Aplica a todos. Para que lo entendáis: si en una semana entra un festivo, en esa semana se debe trabajar una jornada menos, y no importa que por rotación de turnos te haya tocado no trabajar ese dia, esa jornada extra trabajada se debe de compensar.
 
el convenio de seguridad privada no habla de festivos en nigún sitio, solo habla de tener un fin de semana libre al mes. Dice que el cómputo anual es de 1782 horas, entonces si ese día libre que tcae en finde te lo tienen que compensar ocn otro, no es un poco de trilero? me refiero a que tienes que llegar al cómputo anual sí o sí, así que si te dan el día, otro que tengas libre vas a tener que trabajarlo.
 
el convenio de seguridad privada no habla de festivos en nigún sitio, solo habla de tener un fin de semana libre al mes. Dice que el cómputo anual es de 1782 horas, entonces si ese día libre que tcae en finde te lo tienen que compensar ocn otro, no es un poco de trilero? me refiero a que tienes que llegar al cómputo anual sí o sí, así que si te dan el día, otro que tengas libre vas a tener que trabajarlo.
Eso es lo que el TS pretende frenar
 
A grosdo modo, se trata de que el trabajador tiene derecho:
- A una jornada máxima anual (la que señalais para VS en convenio).
- A un mínimo de días anuales de descanso (entre vacaciones, festivos y descanso semanal). Es esto lo que se reconoce ahora, limitando las posibilidades de organización de la empresa
 

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