Marty McFlyy
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La AEAT puede citar presencialmente a un contribuyente para regularizar facturas mal declaradas y operaciones con criptomonedas, con recargos y sanciones que en un caso relatado ascendieron a casi 12.000 euros. La comparecencia ante la oficina gestora es una fase habitual del procedimiento de comprobación, no una simple notificación.
La AEAT puede citar presencialmente a un contribuyente para regularizar facturas mal declaradas y operaciones con criptomonedas, con recargos y sanciones que en un caso relatado ascendieron a casi 12.000 euros. La comparecencia ante la oficina gestora es una fase habitual del procedimiento de comprobación, no una simple notificación.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria no avisa por WhatsApp ni manda mensajes con enlaces. Cuando quiere algo, lo pide por escrito y con certificado. Y a veces no basta con teclear una respuesta en la sede electrónica: hay que plantarse en una oficina, sentarse frente a un funcionario y explicar por qué las facturas no cuadran.
Eso es lo que le ocurrió a un contribuyente que, al abrir el móvil a las siete de la mañana, se encontró con una notificación de la AEAT. Al entrar con su certificado digital, la sorpresa: una citación presencial por unas facturas presentadas con irregularidades y por operaciones con criptomonedas. La cantidad reclamada, entre multa y recargos, rondaba los 12.000 euros. Un golpe que, según su propio relato, le dejó mirando al techo pensando en qué vía del Cercanías tirarse.
La citación presencial es un acto de comunicación mediante el cual la Administración tributaria requiere al obligado para que comparezca en una oficina gestora en una fecha y hora determinadas. No es una sugerencia. Si el contribuyente no acude ni justifica la ausencia, la AEAT puede continuar el procedimiento sin él y notificar la liquidación o la sanción por la vía ordinaria.
El motivo habitual de estas citas es la comprobación de declaraciones que presentan inconsistencias: facturas que no coinciden con los datos de terceros, gastos deducidos sin justificación suficiente o rendimientos no declarados. En el caso relatado, el expediente mezclaba facturas metidas «con calzador» y operaciones con criptomonedas, un terreno donde Hacienda ha intensificado el control en los últimos años.
La cita no implica automáticamente una sanción. Es una fase del procedimiento en la que el contribuyente puede aportar documentación, corregir errores o llegar a un acuerdo de pago. Pero conviene llegar con los papeles en orden y, si la cuantía es relevante, con asesoramiento profesional.
Las criptomonedas dejaron de ser un territorio opaco para la AEAT hace tiempo. Desde 2021, la normativa obliga a declarar las tenencias y las operaciones con monedas virtuales en el extranjero, y desde 2023 existe la obligación de informar sobre saldos y operaciones en exchanges. Los modelos 721 y 172, junto con el 173, han tejido una red de información que cruza datos con las plataformas.
El resultado es que las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de criptomonedas tributan en el IRPF como ganancia patrimonial, y las pérdidas también deben declararse. Omitir esas operaciones no es un olvido menor: la AEAT puede considerarlo una infracción tributaria, con sanciones que van del 50% al 150% de la cuota dejada de ingresar, más los correspondientes intereses de demora.
En el caso que nos ocupa, las «cuatro mierdas de criptos» que el contribuyente menciona formaban parte del expediente. La cuantía total reclamada, casi 12.000 euros, sugiere que la base de la regularización no era precisamente pequeña.
Ir a la cita no equivale a admitir culpa. El contribuyente puede defender su posición, presentar alegaciones y, si procede, solicitar una rectificación. Lo que no conviene es no aparecer. La incomparecencia injustificada puede interpretarse como falta de colaboración y agravar la situación.
Eso sí, el margen de maniobra depende de la fase del procedimiento. Si la citación es previa a una liquidación, aún hay posibilidad de corregir. Si ya hay una propuesta de resolución, el espacio se estrecha. En cualquier caso, la recomendación de los expertos es acudir con la documentación completa y, si la cuantía supera cierto umbral, con un asesor fiscal.
La historia del contribuyente que logró salir sin pagar la multa es, cuanto menos, poco convencional. Pero deja una lección útil: la AEAT no se olvida de un expediente. Puede tardar un año, dos o tres, pero vuelve. Y cuando vuelve, lo hace con números.
La próxima revisión, si llega, no se resolverá con una camisa ajustada y una buena melena. Se resolverá con papeles, plazos y, probablemente, un buen profesional al lado.
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CLAVES
- La AEAT notificó una citación presencial por facturas irregulares y operaciones con criptomonedas.
- La cantidad reclamada entre multa y recargos ascendía a casi 12.000 euros.
- Las criptomonedas deben declararse en el IRPF como ganancia o pérdida patrimonial.
- Las sanciones por omisión en el IRPF van del 50% al 150% de la cuota no ingresada.
- La incomparecencia injustificada ante la AEAT puede agravar el procedimiento.
ENTIDADES: AEAT, Hacienda, IRPF, Cercanías, Tinder, Netflix, Punta Cana, Marruecos
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Este artículo describe un caso concreto y no constituye asesoramiento fiscal. Si has recibido una citación de la AEAT, consulta con un profesional o con la propia oficina gestora antes de tomar decisiones.
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