Atresmedia deberá indemnizar con 50.000 € a la socorrista del viral 'La he liado parda'
La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia que obliga a Atresmedia a pagar 50.000 euros a la socorrista que, en agosto de 2008, protagonizó el vídeo viral «La he liado parda» tras mezclar productos químicos en una piscina de San Sebastián de los Reyes. La mujer, que trabajaba entonces como socorrista, vio cómo su imagen y la frase se difundían sin su consentimiento durante años, generándole graves problemas psicológicos y laborales. El fallo no solo impone la indemnización, sino que ordena retirar la grabación de todas las plataformas del grupo.
Dieciocho años de explotación no consentida
Todo empezó en el verano de 2008. La socorrista, en una entrevista para Antena 3, resumió su chapuza con los químicos con esa frase que se hizo inmortal. Lo que ella no sabía es que aquella declaración se convertiría en carne de meme, parodia y programa de humor. Durante casi dos décadas, Atresmedia y otros medios (Telecinco, TV3, etc.) han explotado el fragmento sin pagar un euro a la protagonista. La sentencia reconoce que el uso reiterado vulneró su derecho a la propia imagen y le causó un daño moral continuado.
La Audiencia ha considerado que el vídeo no tiene interés informativo o histórico que justifique su difusión permanente; es un mero entretenimiento a costa de una persona que nunca dio permiso. La indemnización cubre el daño moral y el lucro cesante: los medios ganaron audiencia y publicidad con su imagen sin compensarla.
¿50.000 euros es mucho o poco?
La cifra ha generado división de opiniones. Quienes defienden a la socorrista subrayan que Atresmedia se ha forrado durante años con el viral y que 50.000 euros es una cantidad modesta comparada con los ingresos publicitarios que generó. Otros, en cambio, consideran que la indemnización es excesiva para una grabación que la propia entrevistada realizó voluntariamente, aunque sin prever su difusión masiva. También hay quien señala que Hacienda se llevará una parte importante, reduciendo el importe neto.
Curiosamente, el caso abre la puerta a que otros «frikis» televisivos de la época —como el Ares de 'Pim pam toma lacasitos' o el Chucky de Cieza— reclamen indemnizaciones similares. El precedente judicial podría desatar una cascada de demandas contra cadenas que construyeron su humor a base de personas anónimas grabadas en situaciones ridículas.
El doble rasero de la justicia
El fallo llega en un momento de creciente conciencia sobre el derecho al olvido digital, pero también plantea paradojas. La propia socorrista fue la causa del incidente que obligó a desalojar la piscina por una nube de cloro tóxico. Sin embargo, la sentencia se centra exclusivamente en el uso de su imagen, no en su responsabilidad por el accidente. El contraste es inevitable: mientras ella obtiene una compensación, los vecinos afectados nunca fueron resarcidos.
El cálculo económico de Atresmedia es frío: 50.000 euros por 18 años de explotación suponen unos 2.777 euros anuales, una cifra irrisoria para el grupo. Pero el daño reputacional y el efecto llamada pueden pesar más que el importe. O quizá no: las televisiones llevan décadas haciendo caja con personas anónimas sin pagar derechos. Esta sentencia no cambiará el negocio, pero al menos reconoce que hay un precio para la dignidad.