Cualquier cargador, sea de la capacidad que sea, para practicar las modalidades de caza deberan ir limitados al maximo de ¡¡dos cartuchos!! ( +1 en recamara) y 5 en modalidad deportiva.
La interpretacion es que tu puedes tener cargadores de 30 cartuchos de capacidad, pero deberan ir limitados.
Bien. No hay una normativa donde para adquirir cargadores necesites las guias de las armas. Tu puedes comprar, u obtener cargadores sea para coleccion, sea para motivo de culto. De eso tiene que haber millones por ahi dando vueltas.
Cuando vas a la Intervencion de Armas a pasar revista, no hay ningun GC que te pida o te pregunte ¿ donde estan los cargadores?. Los mios se quedan en casa.
De la misma manera que puedes ir con la Beretta 1301 tactical, la Benelli M4, o la M3..o la M2, con el tubo almacen sin limitaciones de numero de cartucho. Las llevas y te las traes y nadie pregunta nada. Eso si, cuando vas a lo que vas el arma debera ir en regla. 2+1 en caza, y el cargador que te permitan llevar en F.
No es desinformacion, es moverte con soltura, adquirir lo que puedes adquirir, y estar bajo el paraguas de lo legal en todo momento.
Anda que no hay cargadores para las carabinas y fusiles basados en la M4 y M16.. El tener uno en casa, es como el que tiene una vaina de 155mm de paragüero. Mero objeto de oscuro deseo.
El dia que los cargadores queden restringidos, y marcados con el numero de serie del arma, la gente seguira teniendo cargadores sin limitar en casa.
¿No te das cuenta que en el resto de Europa es un elemento de venta libre, que cualquiera que viaje se trae una maleta llena?.
Y en las armerias de confianza, donde has adquirido, uno, dos o cuatro Daniel Defense, Haenel, etc etc... seguro que no les importa traerte alguna unidad.."para tener". Los modificas y los dejas en 2 o 10.
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