El nuevo asilo español incluye la persecución por género autopercibido y discapacidad
El Ministerio del Interior ha presentado las líneas maestras de la próxima reforma de la ley de asilo. Marlaska ha confirmado que se actualizan y precisan las definiciones de protección internacional, estatuto del refugiado y protección subsidiaria. La novedad: se incorporan de forma expresa realidades como la persecución relacionada con el género, la identidad o expresión de género y la discapacidad.
La reforma también distingue entre el procedimiento ordinario y un procedimiento de examen acelerado, que debe resolverse en tres meses. Este plazo contrasta con los años de espera habituales, pero la medida abre interrogantes sobre su gestión.
Las críticas no se han hecho esperar. Se argumenta que la nueva redacción facilita el fraude: bastaría con declararse mujer u hombre y alegar persecución, o aducir una discapacidad, para acceder a vivienda y prestaciones. Hay quienes hablan de un posible aluvión de solicitudes, con la cifra no contrastada de 60.000 hombres en edad militar. El coste económico de la medida es una de las principales preocupaciones, junto al efecto llamada que podría generar.
El debate está servido. Mientras el Gobierno defiende la adaptación a los estándares internacionales, otros ven una puerta abierta al abuso. Y por el camino, una pregunta incómoda: ¿cuánto está dispuesto a pagar el contribuyente por una ley que algunos consideran un coladero? La respuesta no aparecerá hasta que el texto se apruebe y empiece a aplicarse.