El foro debate si el banco debe bloquear cuentas al morir
El hilo se parte en dos nada más empezar. Unos discuten si el banco debería haber bloqueado las cuentas al saber del fallecimiento. Otros se enganchan a la diferencia entre «marido» y «pareja». Y de fondo, el impuesto de sucesiones, que según varios participantes no se evita sacando el dinero antes.
Qué se ha sabido
Fany Pelopaja copia el escrito de acusación: la Fiscalía Provincial de Madrid pide
33 meses para P. M. P. M. G., que una hora después del fallecimiento de su pareja vació las dos cuentas en las que tenía firma autorizada para ingresar
21.500 euros, casi la totalidad del saldo, a otra cuenta de la que solo ella era titular. Las dos hijas del fallecido, de su primer matrimonio, reclaman esa cantidad.
DDT aporta el procedimiento: «La familia tiene que llevarles el certificado de defunción. El banco ha de presentar las 'cuentas' a fecha del fallecimiento para llevarlas al notario». Gonzalor añade que «el poder de disposición del autorizado se extingue tras el fallecimiento del titular» y que el autorizado no puede sacar dinero «salvo con consentimiento expreso de todos los herederos».
Fany Pelopaja insiste en el vínculo: «Relación análoga a la matrimonial!! Nada de matrimonio!!». Emilio Goteras responde que el titular dice «Marido». Y pide el texto completo.
Gigatr0n enlaza una noticia de ABC:
una cuidadora se quedó con 300.000 euros tras morir el padre.
Dónde está la bronca
El primer choque es el banco. Mariano24 pregunta: «Y el banco como sabe que se ha muerto?». dr sabo leche de mi nabo responde que el banco no sabe nada, «por eso está pájara pudo sacarlo sin problema». Gonzalor sostiene lo contrario: las cuentas quedan bloqueadas y los familiares están obligados a avisar.
El segundo choque es el impuesto de sucesiones. carlosjpc pregunta si siendo la esposa le hubiera supuesto una miseria. Gonzalor responde que la operación busca evadir el impuesto y que Hacienda lo comprueba después. Funcional añade que en familias bien avenidas se deja una cantidad mínima creíble para la adjudicación de la herencia.
El tercer choque es el vínculo. Fany Pelopaja repite que no había matrimonio, sino relación análoga. Emilio Goteras se agarra al titular. Ciclón Socialista apunta a un posible alzamiento de bienes si se vacían las cuentas y se decide el reparto por cuenta propia.
Y el cuarto, el caso cotidiano. Emilio Goteras plantea qué pasa si un padre sin mujer viva y con dos hijos saca dinero estando muy enfermo y lo reparte al 50%. Funcional contesta que si es el propio padre quien lo pide para gastos, se saca. DDT zanja que la familia debe llevar el certificado de defunción y el banco presentar las cuentas a fecha del fallecimiento.
Hay quien responsabiliza a un grupo de migrantes de este tipo de casos, con términos despectivos que este artículo no reproduce. Otra parte del hilo sostiene que el problema es la picaresca individual, no un colectivo.
Qué cambia respecto a antes
Hasta ahora el debate era si la mujer era cotitular o no. Ahora se da por hecho que tenía firma autorizada y el foco pasa al banco: si debía bloquear, cuándo y con qué documento. También entra con fuerza el impuesto de sucesiones: varios participantes sostienen que sacar el dinero antes no lo evita. Y aparece un caso nuevo, el de la cuidadora que se quedó con 300.000 euros, que reabre la discusión sobre el control de las cuentas de los mayores.
El caso cotidiano que plantean
Emilio Goteras lanza la pregunta que varios repiten: si un padre sin mujer viva y con dos hijos está muy enfermo, ¿puede uno de los hijos sacar el dinero y repartirlo? Funcional responde que si es el propio padre quien lo pide para gastos, se saca. DDT insiste en el certificado de defunción y en que el banco debe presentar las cuentas a fecha del fallecimiento. La frontera que marcan es el consentimiento de todos los herederos, no la urgencia.