giraldillo
Madmaxista
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La Audiencia de Sevilla ha condenado a cinco años y medio de guandoca a un hombre que violó a su mujer y le puso un calcetín en la boca para que no gritase.
La agresión ocurrió en la noche del 9 de febrero de 2007 en el domicilio de la pareja en Utrera, cuando el acusado A.D.G.P., de 28 años, sorprendió a su esposa cuando estaba acostada en la cama, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe. El acusado colocó a su esposa R.L.M. un calcetín en la boca para que no gritase y, pese a la oposición de la víctima, la penetró vaginalmente, luego la golpeó en la cara con el puño, le tapó la cara con una almohada y la penetró analmente. Después de la violación, y aprovechando un momento en que el acusado salió hacia la cocina, la mujer acudió a denunciar los hechos a un cuartel de la Guardia Civil que se halla muy próximo a su domicilio, por lo que A.D.G.P. fue detenido a continuación. La víctima sufrió una lesión en la mandíbula, inflamación de la mucosa anal, dolor en fosa renal izquierda y esquimosis en un brazo, añade la sentencia.
Aunque el acusado argumentó en el juicio que las relaciones sensuales fueron consentidas, los jueces consideran más creíble el «rotundo testimonio» de la mujer, que explicó de forma «sincera y contundente» lo ocurrido. De otro lado, la forma en que la mujer denunció los hechos, «huyendo en mitad de una noche de invierno del domicilio familiar, en el que se quedaron sus dos hijos pequeños, y acudiendo inmediatamente al cuartel de la Guardia Civil apunta asimismo a la realidad de los hechos violentos imputados», explica la sentencia. A ello se añade que la médico forense apreció en la mujer «sintomatología ansioso-depresiva reactiva a la situación de agresión sufrida, con desbordamiento emocional» y síndrome de estrés postraumático, así como otros síntomas tales como sudoración, palidez y temblor al hablar que «no son susceptibles de simulación».
La sentencia impone al acusado 5 años de guandoca por un delito de violación y otros 6 meses por un delito de lesiones, ya que el puñetazo que propinó a su esposa «no era preciso para consumar la agresión sensual». Los jueces le imponen la pena en su grado mínimo al aplicar la atenuante de drojadicción.
La agresión ocurrió en la noche del 9 de febrero de 2007 en el domicilio de la pareja en Utrera, cuando el acusado A.D.G.P., de 28 años, sorprendió a su esposa cuando estaba acostada en la cama, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe. El acusado colocó a su esposa R.L.M. un calcetín en la boca para que no gritase y, pese a la oposición de la víctima, la penetró vaginalmente, luego la golpeó en la cara con el puño, le tapó la cara con una almohada y la penetró analmente. Después de la violación, y aprovechando un momento en que el acusado salió hacia la cocina, la mujer acudió a denunciar los hechos a un cuartel de la Guardia Civil que se halla muy próximo a su domicilio, por lo que A.D.G.P. fue detenido a continuación. La víctima sufrió una lesión en la mandíbula, inflamación de la mucosa anal, dolor en fosa renal izquierda y esquimosis en un brazo, añade la sentencia.
Aunque el acusado argumentó en el juicio que las relaciones sensuales fueron consentidas, los jueces consideran más creíble el «rotundo testimonio» de la mujer, que explicó de forma «sincera y contundente» lo ocurrido. De otro lado, la forma en que la mujer denunció los hechos, «huyendo en mitad de una noche de invierno del domicilio familiar, en el que se quedaron sus dos hijos pequeños, y acudiendo inmediatamente al cuartel de la Guardia Civil apunta asimismo a la realidad de los hechos violentos imputados», explica la sentencia. A ello se añade que la médico forense apreció en la mujer «sintomatología ansioso-depresiva reactiva a la situación de agresión sufrida, con desbordamiento emocional» y síndrome de estrés postraumático, así como otros síntomas tales como sudoración, palidez y temblor al hablar que «no son susceptibles de simulación».
La sentencia impone al acusado 5 años de guandoca por un delito de violación y otros 6 meses por un delito de lesiones, ya que el puñetazo que propinó a su esposa «no era preciso para consumar la agresión sensual». Los jueces le imponen la pena en su grado mínimo al aplicar la atenuante de drojadicción.