Facturar sin ser autonomo

elradiadores

Madmaxista
Desde
9 Abr 2013
Mensajes
3
Reputación
1
Por ese dinero lo mejor es que alguna empresa te haga el apaño o cobrar en oscuro. Este país es así, no se puede empezar a generar riqueza sin pasar por el aro.
Como me toca las pelotas que alguien diga "este país es así" al mismo tiempo que anima a cobrar en oscuro. Este país es así por los listos que forman el 90% de su territorio.

Sí, es un robo todo lo que hay que pagar por hacerte autónomo, así que si no te gusta dejas pasar la oportunidad y te dedicas a lo tuyo. Ya me empiezo a sentir como un petulante haciendo cuentas todos los días de lo que me van a sablar dentro de un mes.
 

mike69

Madmaxista
Desde
9 Ago 2007
Mensajes
2.842
Reputación
5.317
Me ha surgido un oportunidad de una colaboración puntual-periódica con una empresa.

El caso es que por esta colaboración el montante económico puede ser de 100 a 300 € al mes, otro mes nada, etc.

¿Existe alguna forma legal de hacer esto sin estar dado de alta como autónomo?

Gracias
¿Qué te exige la empresa, que le factures para poder cobrar?

Siempre que no trabajes en las instalaciones de la empresa (falso autónomo) y no tengas local abierto al público ni otro signo (página web) que demuestre habitualidad en tu actividad, puedes facturar en un año hasta 9034,20 euros anuales (salario mínimo en computo anual ) sin necesidad de estar dado de alta en autónomos.

Eso sí, si te visita un inspector o controlador, te tocará a ti demostrar que la actividad que realizas no es habitual. El tribunal Supremo en reiteradas sentencias ha establecido el SMI en computo anual como límite para demostrar la habitualidad en la actividad a efectos de alta en autónomos; siempre que no se deduzca lo contrario.

Desgraciadamente en este pais la inseguridad jurídica generada por la potestad de la Administración, hace que el emprendedor en la mayoría de los casos desista de su proyecto u opte por la econonomía sumergida.

En todo caso, procede el alta en Hacienda aunque factures un céntimo de euro.
 

el_gitano

Madmaxista
Desde
3 Sep 2011
Mensajes
3.407
Reputación
5.577
La empresa no puede hacer pagos en oscuro, por lo que necesita que todos sus pagos se hagan contra la correspondiente factura.
Muchas gracias por las respuestas, de todas formas me acercare por hacienda a ver que me cuentan.
 

spam

Madmaxista
Desde
22 Oct 2007
Mensajes
8.060
Reputación
14.771
Me ha surgido un oportunidad de una colaboración puntual-periódica con una empresa.

El caso es que por esta colaboración el montante económico puede ser de 100 a 300 € al mes, otro mes nada, etc.

¿Existe alguna forma legal de hacer esto sin estar dado de alta como autónomo?

Gracias
Estoy en una situación similar a la tuya, pero quizá todavía más compleja.
En mi caso, se pueden dar colaboraciones esporádicas (no sé si definirlas como periódicas, tendré que ver la demanda que hay, la frecuencia...) quizá con más de una empresa. No sé si a efectos fiscales hay alguna diferencia con lo que decía mike69 del límite del SMI anual en cuanto a la posibilidad de emitir facturas pero no registrarse como autónomo.

Por otra parte, no estoy trabajando, estoy en paro, y no es que cobre demasiado, pero hasta que no vea cuánto dará de sí el tema, no quiero darme de baja y renunciar a la prestación, porque puedo encontrarme que no cobro ni un duro, o ingreso demasiado poco para pasar el mes... preveo ingresos variables y bajos. Supongo que darían para un sobresueldo, pero no para un sustento.

Estab planteándome como solución facturar como autónomo, pero en vez de pagar autónomos, suscribirme en alguna cooperativa de autónomos (como las que dice vigobay). Pero no sé como puede ser compatible esto con el paro.

Alguien sabe qué tal funcionan estas cooperativas? Sale bien económicamente? Cómo funciona a efectos de cotizaciones? Por lo visto, cuando "extiendes" una factura, se la remites a la coop para que ella la emita, y te "contrata" por un tiempo determinado (supongo que depende de la cuantía, es un día, o varios)... cómo se compatibiliza (y se notifica) con el paro?

A partir de qué ingresos mensuales sale a cuenta dejar esta solución y empezar a pagar autónomos?

Hay que hacer algún otro trámite aparte de registrarse como autónomo, o darse de alta en la susodicha cooperativa?

Como véis, tengo un montón de dudas y no tengo ni idea de como acometer el asunto. Espero haberme explicado con claridad, ya añadiré alguna cosa si se me ocurre. Mientras tanto, espero que alguien sepa orientarme un poco...

Saludos.
 

leuro_peo

Madmaxista
Desde
17 Mar 2009
Mensajes
5.450
Reputación
6.016
Pillo sitio que me interesará ver como evoluciona el tema.
 

spam

Madmaxista
Desde
22 Oct 2007
Mensajes
8.060
Reputación
14.771
Nadie tiene nada que decir? Esperaba alguna respuesta...
 

Estecon

Madmaxista
Desde
29 May 2013
Mensajes
6
Reputación
8
Aquí se trata el tema de refilón...
El blog del Toguero :: Software y Derecho
Es posible que buceando en este blog encuentres algo práctico (teórico lo hay: la respuesta es SI, pero de los procedimientos a seguir no ha visto nada).
Supongo que en último extremo puedes hacer una consulta, y si es de pago abonarla en bitcoins (y nos cuentas, jeje)

---------- Post added 01-jun-2013 at 11:41 ----------

Supongo que una solución es facturar sin más. Cuando llegue la ostra apelar a argumentos jurídicos, y acabar en el contencioso administrativo con alguna posibilidad (mínima) de ganar.
Al final, con suerte, vas a perder más que siguiendo al camino del rebaño. Sin suerte ni te cuento. Para rematarla puedes recurrir (si es posible, que no se) y llegar al supremo, que te dará la razón y después de haberte arruinado habrás sentado jurisprudencia y te haremos un homenaje póstumo.

Triste pero la dura realidad va por ahí.
 
Última edición:

Mulder

Madmaxista
Desde
23 May 2006
Mensajes
13.776
Reputación
12.716
Lugar
Alicante
Unas reflexiones personales sobre el tema, en esta reflexión usaré lo que conozco sobre legislación aplicándolo al tema de autónomos que están en la economía sumergida sin pasar sobre la archimanida excusa del SMI.

- Para empezar la constitución declara que los impuestos no podrán ser confiscatorios, esto quiere decir que hacienda o la SS no pueden exigirte que pagues un autónomo de 250-300 euros al mes más impuestos si cobras precisamente una cantidad similar a esa. Es anticonstitucional.

- Los inspectores de hacienda no pueden hacer inspecciones en domicilios particulares, por lo tanto, si alguien trabaja desde su casa no puede ser inspeccionado.

Hace poco han salido casos como señores con asistentas que no las tenían dadas de alta o una pareja de casados que recibieron la visita de un inspector para justificar todos sus gastos de boda, pues bien, en ambos casos le podrían haber cerrado la puerta en las narices al inspector y no hubieran cometido ninguna ilegalidad.

Estas consideraciones parece que muy poca gente las conoce pero son reales y totalmente legales, pero en España hay un miedo excesivo a la administración que es fruto de su legendaria rudeza y falta de escrúpulos, el que un inspector se presente en tu casa 'a ver si cuela' parece una práctica habitual de agresividad del fisco, pero los mismos inspectores saben que es ilegal.

Termino con el artículo de la constitución al que hago referencia:

Título I. De los derechos y deberes fundamentales - Constitución Española
 
Última edición:

capital tali

Madmaxista
Desde
27 Oct 2010
Mensajes
721
Reputación
744
Como me toca las pelotas que alguien diga "este país es así" al mismo tiempo que anima a cobrar en oscuro. Este país es así por los listos que forman el 90% de su territorio.

Sí, es un robo todo lo que hay que pagar por hacerte autónomo, así que si no te gusta dejas pasar la oportunidad y te dedicas a lo tuyo. Ya me empiezo a sentir como un petulante haciendo cuentas todos los días de lo que me van a sablar dentro de un mes.
O robas al estado o a tu familia...tu eliges.
 

Estecon

Madmaxista
Desde
29 May 2013
Mensajes
6
Reputación
8
Aver... Si al plantear e problema se ponía como condición que la empresa NO PUEDE pagar en oscuro. Si se relaja esta condición, entonces yo también doy una respuesta óptima:
oscuro, teniendo en cuenta que:
1 oscuro = efectivo o cheque al portador (u otro medio anónimo no trazable)
2 mejor no pasar por las dependencias del empleador, no sea que te des de narices con una inspección de trabajo. Lo improbable también sucede
3 Lo que enuncia mulder sobre las inspecciones a domicilio es estrictamente cierto:
3a en el supuesto de que no empiecen los jueces a emitir ordenes de registro por sospecha de infracción administrativa.
3b ten la jugada preparada y ensayada por si acaso. A lo mejor tienes que llamar a los munipas para que hagan un atestado de como no autorizas una entrada en tu domicilio (y que las actuaciones derivadas sean nulas). Incluso prepárate a cerrar la casa con las llaves dentro y el inspector y tu fuera. En este caso munipas y cerrajero. Suena peliculero pero tenerlo todo previsto es gratis, no tenerlo puede tener un coste
 

spam

Madmaxista
Desde
22 Oct 2007
Mensajes
8.060
Reputación
14.771
Y respecto a la situación que os exponía de ser "autónomo" y a la vez cobrar el paro... qué opináis?
 

Andriu_ZGZ

Elite burbujista en proceso de iluminación
Desde
30 Nov 2006
Mensajes
12.420
Reputación
24.549
Lugar
Mañolandia
Y respecto a la situación que os exponía de ser "autónomo" y a la vez cobrar el paro... qué opináis?
Tiene que ser en oscuro, cuando te dan de alta de autónomo si percibes prestación, automáticamente te la quitan o bien te dan la opción de pagar las cuotas de autónomo con el paro.

La prestación por desempleo esta gestionada por la tesoreria de la seguridad social que esta al tanto de las altas y bajas en el paro. No es posible lo que planteas. Salvo si trabajas en oscuro.
 

spam

Madmaxista
Desde
22 Oct 2007
Mensajes
8.060
Reputación
14.771
Tiene que ser en oscuro, cuando te dan de alta de autónomo si percibes prestación, automáticamente te la quitan o bien te dan la opción de pagar las cuotas de autónomo con el paro.

La prestación por desempleo esta gestionada por la tesoreria de la seguridad social que esta al tanto de las altas y bajas en el paro. No es posible lo que planteas. Salvo si trabajas en oscuro.
Pero y si me suscribo a una cooperativa de autónomos? Teóricamente, la coop solo me "contrataría" los días que extiendo facturas... ahora, no sé bien cómo se gestionaría el tema de altas y bajas en la SS cada vez que me "contrata" la coop para extender la factura, y acto seguido, me despide... puedo ir al paro diciendo "este día, y este, y este, curré para cooperativa acme, pero el resto de los días he seguido en paro, por favor no me quites la prestación"? :roto2: