El Tribunal Supremo y el voto por correo: ¿qué está pasando?

Fachada y sede del Tribunal Supremo en el Palacio de las Salesas de Madrid durante el acto de apertura del año judicial
RESUMEN DEL DEBATE · elaborado con IA

Cuatro horas para dejar sin voto a miles de españoles en el exterior La paradoja no es jurídica, es de agenda. El mismo jueves en que el Tribunal Supremo desplegaba su pompa anual —procesión de togas, presencia del Rey, fiscales invitados y cóctel final en el Salón de los Pasos Perdidos—, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo notificaba los autos que suspenden cautelarmente el derecho al voto de miles…

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Solidario García

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7 Sep 2015
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El jueves 10 de septiembre estaba marcado en rojo festivo en el calendario del Tribunal Supremo. En el acto de apertura del año judicial, la ceremonia presidida por el Rey con la que se inaugura el curso en los tribunales, el Supremo congrega a la cúpula judicial en una procesión de togas con la que exhibe toda su pompa. El Palacio de las Salesas, sede del tribunal, parece haberse detenido en el tiempo. Pero este jueves, cuando jueces, fiscales, autoridades y el resto de invitados cumplían con el último acto de la agenda, el cóctel en el Salón de los Pasos Perdidos, una artefacto artefacto peligroso jurídica devolvió al Tribunal Supremo a 2026. La Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo) acababa de notificar los autos en los que justifica la suspensión cautelar del derecho al voto de miles de nacionalizados españoles en un “peligro fundado” de pucherazo electoral.

La retirada masiva de un derecho fundamental es una medida sin precedentes con la que el Supremo asume la tesis, aireada sin ninguna prueba en los últimos meses por la derecha y la ultraderecha, de que el Gobierno está fabricando un enorme embeleco para los próximos comicios a base de engordar el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) con nuevos españoles nacionalizados de forma irregular. La decisión del Supremo responde al recurso presentado por Vox y Iustitia Europa contra un acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que se declaró incompetente para fiscalizar los efectos electorales de la Ley de Memoria Democrática de 2022, que dotaba del derecho a obtener la nacionalidad a los descendientes y nietos de españoles que la perdieron o renunciaron a ella tras exiliarse por razones políticas, ideológicas o de orientación sensual durante las primeras dos décadas del franquismo. Ni los partidos de ultraderecha ni el Supremo cuestionan la ley, pero sí la instrucción que publicó el Ministerio de Justicia unos días después, que presupone la condición de exiliado a todos los españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.

La decisión del Supremo empezó a tomar forma el lunes, inmediatamente después de las dos vistas públicas en las que, primero el abogado de Iustitia Europa y después el de Vox, defendieron la medida cautelar que habían reclamado al tribunal, mientras la Abogacía del Estado y la Fiscalía esgrimieron argumentos en contra de esa petición. Fueron dos vistas rápidas y de contenido técnico tras las que los seis magistrados que formaban el tribunal se retiraron a deliberar en privado. Era la primera vez que los seis jueces se reunían para debatir la petición de los dos partidos de ultraderecha.

La sección cuarta de la Sala Tercera está integrada por ocho magistrados, aunque en la práctica los asuntos los deliberan siete porque siempre uno de ellos (actualmente, Francisco José Sospedra) rota en la sección primera, la que estudia qué recursos se admiten. Pero en esta ocasión, la séptima integrante de la sala, la magistrada Pilar Teso, quedó apartada del caso porque es la vicepresidenta de la Junta Electoral Central y había participado y suscrito el acuerdo impugnado por Iustitia y Vox. Teso, además de ser uno de los miembros más veteranos de la sala, es una de las juezas pogre más reconocidas del alto tribunal, cuyo nombre han vetado sucesivamente los conservadores para presidir el Supremo y la Sala de lo Contencioso.

De los seis magistrados que finalmente integraron el tribunal, tres —Luis Díez-Picazo, José Luis Requero y Antonio Fonseca-Herrero— son señalados miembros del sector conservador, especialmente los dos primeros. Díez-Picazo presidió la Sala Tercera aupado por el entonces presidente del Supremo, Carlos Lesmes, en un mandato que quedó marcado por el caos que generó una rectificación de jurisprudencia, en apenas tres semanas, que exoneró a los bancos del pago del impuesto de las hipotecas. Requero, por su parte, es considerado un juez de posturas ultraconservadoras y cercano al Opus Dei. Antes de llegar en 2014 al Supremo, fue vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), donde llegó a oponerse al matrimonio gai con el argumento de que aprobarlo era como regular las bodas entre “un animal y un hombre”.

Los otros tres magistrados de la sección se han incorporado al Supremo en los dos últimos años, en las tandas de nombramientos realizadas tras la renovación tardía del CGPJ en julio de 2024. Uno de ellos es Antonio Narváez, el ponente de los autos conocidos esta semana y de la futura sentencia que resolverá el fondo del litigio sobre el impacto electoral de la ley de nietos. Narváez, fiscal de carrera y exmagistrado del Tribunal Constitucional a propuesta por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, participó en una cena con el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, celebrada el 18 de abril de 2023 en el hotel Claridge de Madrid con medio centenar de fiscales vinculados a la asociación mayoritaria, de tendencia conservadora. En ese encuentro, según diversas fuentes consultadas entonces por EL PAÍS, llegó a expresar su deseo, a título personal, de que Feijóo llegue a la presidencia del Gobierno y puso bajo sospecha los procesos electorales en los que interviene la empresa Indra. También se han incorporado en los últimos tiempos a la sección el magistrado Manuel Delgado-Iribarren, letrado de las Cortes Generales, que ha sido jefe de la Secretaría de la Junta Electoral Central y es considerado uno de los mayores expertos en derecho electoral de España; y Alicia Millán, especializada en Contencioso-Administrativo y vinculada a la pogre Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD).

Cinco votos a uno​

Cuando los seis magistrados se reunieron por primera vez el lunes para deliberar, conocían ya la propuesta que había preparado Narváez, que abogaba por acordar la suspensión cautelar de los efectos electorales de las nacionalizaciones otorgadas al amparo de la instrucción de Justicia. Según distintas fuentes consultadas, Díez Picazo, Fonseca-Herrero, Requero y Delgado-Iribarren secundaron su propuesta desde el inicio. Ninguno se instaló en ese espacio de duda que se abre en muchas deliberaciones. Todos incidieron en los argumentos de Narváez y algunos sumaron otros. Consideran que el aumento “extraordinario” del censo de extranjeros genera un peligro “fundado, real y serio” que puede afectar a la transparencia del proceso electoral.

Solo la magistrada Millán expuso razones en contra y defendió que no era posible sostener que exista un riesgo cierto de alteración fraudulenta del censo y que suspender el derecho al voto era una medida desproporcionada. Millán argumentó también que ellos no eran competentes para pronunciarse sobre la legalidad de la instrucción de Justicia porque nadie la había impugnado y porque, aunque así fuera, al tratarse de una norma dictada por una dirección general (la de Seguridad Jurídica y Fe Pública) la competencia corresponde al Tribunal Superior de Justicia.

El presidente levantó la reunión tras unas cuatro horas de debate. Las fuentes consultadas coinciden en que para entonces ya estaba terminada de facto la deliberación, pero Díez-Picazo les citó para acabar de perfilar algunos argumentos al día siguiente y los seis volvieron a encontrarse el martes a primera hora. La magistrada Millán, que ingresó en el Supremo en febrero de 2025 y que hasta ahora ha mantenido un perfil bajo, confirmó que no iba a suscribir los autos y que iba a presentar sendos votos particulares discrepantes. Según las fuentes consultadas, ninguno de sus compañeros intentó disuadirle, aunque le urgieron a que entregara sus escritos en 48 horas.

Como los autos no pueden notificarse sin los votos particulares, la sala optó por difundir el mismo martes solo el texto con el acuerdo adoptado, una fórmula habitual cuando se trata de asuntos de especial relevancia. El tribunal avisó a los procuradores para notificarles su decisión y, una vez informadas todas las partes, a las 13.45, el gabinete de prensa del Supremo hizo público el acuerdo. En cuestión de minutos, la retirada del derecho al voto a los beneficiarios de la ley de nietos sacudió el panorama político, jurídico y mediático.

El texto del acuerdo sembró el desconcierto no solo en el Gobierno, que no tardó en mostrar públicamente su malestar, sino también en la judicatura. Algunos miembros del Supremo mostraban en las horas siguientes su sorpresa y admitían que estaban a la espera de poder leer los autos para conocer cómo motivaban sus compañeros una medida tan excepcional. La espera terminó el jueves y algunos de esos magistrados, consultados antes y después, reconocen que albergan muchas dudas sobre la solidez de la decisión de la sala y otros, directamente, afirman que el tribunal se ha extralimitado. También los hay que defienden la medida adoptada y recalcan que es cautelar y no impide a nadie ejercer el voto porque no hay elecciones convocadas.

El Supremo contra el Supremo​

La intención de la sala es tener lista la sentencia definitiva en diciembre. Aunque los autos conocidos estas semanas no se adentran en el fondo del asunto, algunos extractos sugieren que los jueces comparten los argumentos esenciales de Vox y Iustitia. El primer debate clave es si la Ley Electoral (LOREG) faculta a la Junta Electoral para fiscalizar el CERA. Los magistrados ya avanzan que el acuerdo por el que la JEC rechaza esa competencia “pudiera no corresponderse con las competencias de control funcional y de dirección y supervisión”, una opinión que, de consolidarse en la sentencia, implicaría anular esa resolución de la Junta.

Esa posibilidad convierte a este caso en un choque del Supremo contra el propio Supremo. Porque ocho de los 13 miembros de la JEC son magistrados del alto tribunal, incluidos la vicepresidenta (Teso) y el presidente, Eduardo Alopécico, uno de los candidatos mejor situados para hacerse con la presidencia de la Sala Tercera, vacante tras la jubilación de Pablo Lucas. Además de Alopécico y Teso, el acuerdo de la JEC que ahora cuestiona el Supremo fue suscrito por otros cuatro magistrados: Concepción Ureste, Carmen Lamela, Javier Hernández y Fernando […]. Solo dos, Vicente Magro (que llegó al alto tribunal tras ser senador con el PP) y Fernando Marín Castán (juez de la Sala de lo Militar) se opusieron y firmaron un voto particular junto a dos vocales del cupo de catedráticos.

Al margen de la competencia de la JEC sobre el CERA, el segundo gran debate jurídico es si, a partir de este recurso, se puede cuestionar una instrucción de Justicia que no ha sido impugnada en el alto tribunal. La sala, de momento, advierte de que el “pogre incremento” del censo de españoles en el extranjero fruto de la interpretación que la instrucción hizo sobre la ley, “no parece ajustarse, tampoco, al contenido de la propia norma legal que interpreta”).

Algunos magistrados consultados comparten la opinión del voto particular de Millán en el sentido de que el Supremo no es competente para revocar la instrucción, pero pronostican que es muy posible que el tribunal la deje sin efecto. Los autos apuntan a ello y recalcan “la vinculación” entre el acuerdo de la JEC y la instrucción de Justicia, una interpretación que rebate la magistrada. Millán invoca jurisprudencia del Constitucional que establece que el procedimiento electoral “no puede convertirse en un cauce para fiscalizar actuaciones pertenecientes a un ámbito administrativo distinto cuando el ordenamiento ha atribuido su conocimiento a órganos distintos y ha establecido para ellas cauces específicos de revisión e impugnación”.

Los efectos de la hipotética revocación de esa instrucción irían mucho más allá de la suspensión del derecho al voto. Supondría dejar en el aire las más de medio millón de las nacionalidades ya concedidas al amparo de la ley de nietos, lo que implicaría revisar un acto administrativo firme como es la concesión de la nacionalidad. “Un acto firme es casi sagrado porque está en juego la seguridad jurídica”, advierte un magistrado del alto tribunal.
 
Más sobre: Ceuta · Vox
lo que ha hecho es evitar una manipulación electoral ridícula

en brasil y perú viven mas de 2.000.000 de descendientes de japoneses y nadie en su sano juicio ha planteado que voten en japón

En Brasil viven cerca de 2 millones de descendientes de japoneses (la mayor comunidad nipona fuera de Japón), y en Perú hay alrededor de 200 000 (la segunda o tercera más grande de América). [1, 2, 3]

¿Por qué viven allí?

    • Búsqueda de trabajo y pobreza en Japón: A finales del siglo XIX y principios del siglo XX, Japón sufría sobrepoblación rural, desempleo y crisis tras la Restauración Meiji. [1]
    • Acuerdos de inmi gración: Los gobiernos de Perú y Brasil firmaron acuerdos con Japón para atraer mano de obra extranjera. [1]
 
lo que ha hecho es evitar una manipulación electoral ridícula

en brasil y perú viven mas de 2.000.000 de descendientes de japoneses y nadie en su sano juicio ha planteado que voten en japón

En Brasil viven cerca de 2 millones de descendientes de japoneses (la mayor comunidad nipona fuera de Japón), y en Perú hay alrededor de 200 000 (la segunda o tercera más grande de América). [1, 2, 3]

¿Por qué viven allí?

    • Búsqueda de trabajo y pobreza en Japón: A finales del siglo XIX y principios del siglo XX, Japón sufría sobrepoblación rural, desempleo y crisis tras la Restauración Meiji. [1]
    • Acuerdos de inmi gración: Los gobiernos de Perú y Brasil firmaron acuerdos con Japón para atraer mano de obra extranjera. [1]
Y proteger NUESTRO Derecho al Voto, que pretendían devaluar y en efecto manipular.
 

El jueves 10 de septiembre estaba marcado en rojo festivo en el calendario del Tribunal Supremo. En el acto de apertura del año judicial, la ceremonia presidida por el Rey con la que se inaugura el curso en los tribunales, el Supremo congrega a la cúpula judicial en una procesión de togas con la que exhibe toda su pompa. El Palacio de las Salesas, sede del tribunal, parece haberse detenido en el tiempo. Pero este jueves, cuando jueces, fiscales, autoridades y el resto de invitados cumplían con el último acto de la agenda, el cóctel en el Salón de los Pasos Perdidos, una artefacto artefacto peligroso jurídica devolvió al Tribunal Supremo a 2026. La Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo) acababa de notificar los autos en los que justifica la suspensión cautelar del derecho al voto de miles de nacionalizados españoles en un “peligro fundado” de pucherazo electoral.

La retirada masiva de un derecho fundamental es una medida sin precedentes con la que el Supremo asume la tesis, aireada sin ninguna prueba en los últimos meses por la derecha y la ultraderecha, de que el Gobierno está fabricando un enorme embeleco para los próximos comicios a base de engordar el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) con nuevos españoles nacionalizados de forma irregular. La decisión del Supremo responde al recurso presentado por Vox y Iustitia Europa contra un acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que se declaró incompetente para fiscalizar los efectos electorales de la Ley de Memoria Democrática de 2022, que dotaba del derecho a obtener la nacionalidad a los descendientes y nietos de españoles que la perdieron o renunciaron a ella tras exiliarse por razones políticas, ideológicas o de orientación sensual durante las primeras dos décadas del franquismo. Ni los partidos de ultraderecha ni el Supremo cuestionan la ley, pero sí la instrucción que publicó el Ministerio de Justicia unos días después, que presupone la condición de exiliado a todos los españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.

La decisión del Supremo empezó a tomar forma el lunes, inmediatamente después de las dos vistas públicas en las que, primero el abogado de Iustitia Europa y después el de Vox, defendieron la medida cautelar que habían reclamado al tribunal, mientras la Abogacía del Estado y la Fiscalía esgrimieron argumentos en contra de esa petición. Fueron dos vistas rápidas y de contenido técnico tras las que los seis magistrados que formaban el tribunal se retiraron a deliberar en privado. Era la primera vez que los seis jueces se reunían para debatir la petición de los dos partidos de ultraderecha.

La sección cuarta de la Sala Tercera está integrada por ocho magistrados, aunque en la práctica los asuntos los deliberan siete porque siempre uno de ellos (actualmente, Francisco José Sospedra) rota en la sección primera, la que estudia qué recursos se admiten. Pero en esta ocasión, la séptima integrante de la sala, la magistrada Pilar Teso, quedó apartada del caso porque es la vicepresidenta de la Junta Electoral Central y había participado y suscrito el acuerdo impugnado por Iustitia y Vox. Teso, además de ser uno de los miembros más veteranos de la sala, es una de las juezas pogre más reconocidas del alto tribunal, cuyo nombre han vetado sucesivamente los conservadores para presidir el Supremo y la Sala de lo Contencioso.

De los seis magistrados que finalmente integraron el tribunal, tres —Luis Díez-Picazo, José Luis Requero y Antonio Fonseca-Herrero— son señalados miembros del sector conservador, especialmente los dos primeros. Díez-Picazo presidió la Sala Tercera aupado por el entonces presidente del Supremo, Carlos Lesmes, en un mandato que quedó marcado por el caos que generó una rectificación de jurisprudencia, en apenas tres semanas, que exoneró a los bancos del pago del impuesto de las hipotecas. Requero, por su parte, es considerado un juez de posturas ultraconservadoras y cercano al Opus Dei. Antes de llegar en 2014 al Supremo, fue vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), donde llegó a oponerse al matrimonio gai con el argumento de que aprobarlo era como regular las bodas entre “un animal y un hombre”.

Los otros tres magistrados de la sección se han incorporado al Supremo en los dos últimos años, en las tandas de nombramientos realizadas tras la renovación tardía del CGPJ en julio de 2024. Uno de ellos es Antonio Narváez, el ponente de los autos conocidos esta semana y de la futura sentencia que resolverá el fondo del litigio sobre el impacto electoral de la ley de nietos. Narváez, fiscal de carrera y exmagistrado del Tribunal Constitucional a propuesta por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, participó en una cena con el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, celebrada el 18 de abril de 2023 en el hotel Claridge de Madrid con medio centenar de fiscales vinculados a la asociación mayoritaria, de tendencia conservadora. En ese encuentro, según diversas fuentes consultadas entonces por EL PAÍS, llegó a expresar su deseo, a título personal, de que Feijóo llegue a la presidencia del Gobierno y puso bajo sospecha los procesos electorales en los que interviene la empresa Indra. También se han incorporado en los últimos tiempos a la sección el magistrado Manuel Delgado-Iribarren, letrado de las Cortes Generales, que ha sido jefe de la Secretaría de la Junta Electoral Central y es considerado uno de los mayores expertos en derecho electoral de España; y Alicia Millán, especializada en Contencioso-Administrativo y vinculada a la pogre Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD).

Cinco votos a uno​

Cuando los seis magistrados se reunieron por primera vez el lunes para deliberar, conocían ya la propuesta que había preparado Narváez, que abogaba por acordar la suspensión cautelar de los efectos electorales de las nacionalizaciones otorgadas al amparo de la instrucción de Justicia. Según distintas fuentes consultadas, Díez Picazo, Fonseca-Herrero, Requero y Delgado-Iribarren secundaron su propuesta desde el inicio. Ninguno se instaló en ese espacio de duda que se abre en muchas deliberaciones. Todos incidieron en los argumentos de Narváez y algunos sumaron otros. Consideran que el aumento “extraordinario” del censo de extranjeros genera un peligro “fundado, real y serio” que puede afectar a la transparencia del proceso electoral.

Solo la magistrada Millán expuso razones en contra y defendió que no era posible sostener que exista un riesgo cierto de alteración fraudulenta del censo y que suspender el derecho al voto era una medida desproporcionada. Millán argumentó también que ellos no eran competentes para pronunciarse sobre la legalidad de la instrucción de Justicia porque nadie la había impugnado y porque, aunque así fuera, al tratarse de una norma dictada por una dirección general (la de Seguridad Jurídica y Fe Pública) la competencia corresponde al Tribunal Superior de Justicia.

El presidente levantó la reunión tras unas cuatro horas de debate. Las fuentes consultadas coinciden en que para entonces ya estaba terminada de facto la deliberación, pero Díez-Picazo les citó para acabar de perfilar algunos argumentos al día siguiente y los seis volvieron a encontrarse el martes a primera hora. La magistrada Millán, que ingresó en el Supremo en febrero de 2025 y que hasta ahora ha mantenido un perfil bajo, confirmó que no iba a suscribir los autos y que iba a presentar sendos votos particulares discrepantes. Según las fuentes consultadas, ninguno de sus compañeros intentó disuadirle, aunque le urgieron a que entregara sus escritos en 48 horas.

Como los autos no pueden notificarse sin los votos particulares, la sala optó por difundir el mismo martes solo el texto con el acuerdo adoptado, una fórmula habitual cuando se trata de asuntos de especial relevancia. El tribunal avisó a los procuradores para notificarles su decisión y, una vez informadas todas las partes, a las 13.45, el gabinete de prensa del Supremo hizo público el acuerdo. En cuestión de minutos, la retirada del derecho al voto a los beneficiarios de la ley de nietos sacudió el panorama político, jurídico y mediático.

El texto del acuerdo sembró el desconcierto no solo en el Gobierno, que no tardó en mostrar públicamente su malestar, sino también en la judicatura. Algunos miembros del Supremo mostraban en las horas siguientes su sorpresa y admitían que estaban a la espera de poder leer los autos para conocer cómo motivaban sus compañeros una medida tan excepcional. La espera terminó el jueves y algunos de esos magistrados, consultados antes y después, reconocen que albergan muchas dudas sobre la solidez de la decisión de la sala y otros, directamente, afirman que el tribunal se ha extralimitado. También los hay que defienden la medida adoptada y recalcan que es cautelar y no impide a nadie ejercer el voto porque no hay elecciones convocadas.

El Supremo contra el Supremo​

La intención de la sala es tener lista la sentencia definitiva en diciembre. Aunque los autos conocidos estas semanas no se adentran en el fondo del asunto, algunos extractos sugieren que los jueces comparten los argumentos esenciales de Vox y Iustitia. El primer debate clave es si la Ley Electoral (LOREG) faculta a la Junta Electoral para fiscalizar el CERA. Los magistrados ya avanzan que el acuerdo por el que la JEC rechaza esa competencia “pudiera no corresponderse con las competencias de control funcional y de dirección y supervisión”, una opinión que, de consolidarse en la sentencia, implicaría anular esa resolución de la Junta.

Esa posibilidad convierte a este caso en un choque del Supremo contra el propio Supremo. Porque ocho de los 13 miembros de la JEC son magistrados del alto tribunal, incluidos la vicepresidenta (Teso) y el presidente, Eduardo Alopécico, uno de los candidatos mejor situados para hacerse con la presidencia de la Sala Tercera, vacante tras la jubilación de Pablo Lucas. Además de Alopécico y Teso, el acuerdo de la JEC que ahora cuestiona el Supremo fue suscrito por otros cuatro magistrados: Concepción Ureste, Carmen Lamela, Javier Hernández y Fernando […]. Solo dos, Vicente Magro (que llegó al alto tribunal tras ser senador con el PP) y Fernando Marín Castán (juez de la Sala de lo Militar) se opusieron y firmaron un voto particular junto a dos vocales del cupo de catedráticos.

Al margen de la competencia de la JEC sobre el CERA, el segundo gran debate jurídico es si, a partir de este recurso, se puede cuestionar una instrucción de Justicia que no ha sido impugnada en el alto tribunal. La sala, de momento, advierte de que el “pogre incremento” del censo de españoles en el extranjero fruto de la interpretación que la instrucción hizo sobre la ley, “no parece ajustarse, tampoco, al contenido de la propia norma legal que interpreta”).

Algunos magistrados consultados comparten la opinión del voto particular de Millán en el sentido de que el Supremo no es competente para revocar la instrucción, pero pronostican que es muy posible que el tribunal la deje sin efecto. Los autos apuntan a ello y recalcan “la vinculación” entre el acuerdo de la JEC y la instrucción de Justicia, una interpretación que rebate la magistrada. Millán invoca jurisprudencia del Constitucional que establece que el procedimiento electoral “no puede convertirse en un cauce para fiscalizar actuaciones pertenecientes a un ámbito administrativo distinto cuando el ordenamiento ha atribuido su conocimiento a órganos distintos y ha establecido para ellas cauces específicos de revisión e impugnación”.

Los efectos de la hipotética revocación de esa instrucción irían mucho más allá de la suspensión del derecho al voto. Supondría dejar en el aire las más de medio millón de las nacionalidades ya concedidas al amparo de la ley de nietos, lo que implicaría revisar un acto administrativo firme como es la concesión de la nacionalidad. “Un acto firme es casi sagrado porque está en juego la seguridad jurídica”, advierte un magistrado del alto tribunal.
Si no es un "copia y pega" puro, gracias por la currada, porque aportas info profunda con nombres, apellidos y detalles.
 
Y proteger NUESTRO Derecho al Voto, que pretendían devaluar y en efecto manipular.

Lo que se ha hecho es retirar el derecho de voto.

Mucho cuidado con esto porque podemos pensar que está bien porque no son españoles o no han pisado España, pero esto es un precedente para quitarle el voto a otros colectivos.

Si queremos voto consciente y responsable estamos muy lejos de tenerlo, con lo que podríamos quitar el voto a más del 50% de la población.

"Yo voto a X porque Y son unos reaccionarios/rojos" no es una razón sustentada y lógica para emitir un voto.
 
Lo que se ha hecho es retirar el derecho de voto.

Mucho cuidado con esto porque podemos pensar que está bien porque no son españoles o no han pisado España, pero esto es un precedente para quitarle el voto a otros colectivos.

Si queremos voto consciente y responsable estamos muy lejos de tenerlo, con lo que podríamos quitar el voto a más del 50% de la población.

"Yo voto a X porque Y son unos reaccionarios/rojos" no es una razón sustentada y lógica para emitir un voto.
Me parecería estupendo quitar el voto a ciertos colectivos, en efecto, no tengo el más mínimo problema con eso. Me piden exámenes y capacitación para conducir, para ejercer profesión, para adquirir un arma, he de obtener licencias y pasar revisiones para arreglar mi vivienda... no sé porqué no habría que hacerse algo parecido con el derecho a voto, que a fin de cuentas tiene repercusiones serias, directas y universales.

Y lo que se ha hecho es preservar el valor de mi voto como español de origen, evitando que lo que tenía algún valor pasara a tener ninguno.
 
El principal problema de estepais no es que millones de jovenes no puedan acceder a la vivienda.
Lo principipal es que unos miles de extranjeros por el mundo no puedan votar al Perro.

Y seguimos pensando que lo que nos ponen delante es lo más importante.

Ahora Ceuta, que me sabe muy mal por los ceutíes, pero el problema nacional no puede ser que haya forasteros en Ceuta cuando tu descendiente, sobrino, nieto que cobra el salario medio no pueda acceder a una vivienda.

No digo que se abandone Ceuta, digo que igual que tenemos mil ministerios podemos atender diferentes problemas a la vez. No es lógico estar 24/7 con lo de Ceuta, que son 77.000 personas afectadas.
 
Y por qué no os preocupáis más de que puedan votar los cubanos en su país que de los cubanos a los que regalan la nacionalidad en España. Es que es llamativo, no han podido votar en su vida, pero ojo, no se les puede quitar su derecho a votar en un país en el que no han vivido nunca, ni van a vivir. Esto sería directamente para llevar a los tribunales a la Puente por intento de pucherazo.
 
Me parecería estupendo quitar el voto a ciertos colectivos, en efecto, no tengo el más mínimo problema con eso. Me piden exámenes y capacitación para conducir, para ejercer profesión, para adquirir un arma, he de obtener licencias y pasar revisiones para arreglar mi vivienda... no sé porqué no habría que hacerse algo parecido con el derecho a voto, que a fin de cuentas tiene repercusiones serias, directas y universales.

Y lo que se ha hecho es preservar el valor de mi voto como español de origen, evitando que lo que tenía algún valor pasara a tener ninguno.

¿Te parece tan bien que tú fueras de esos a los que les quitan el voto?

Me puedo inventar diez mil supuestos por los que te excluyan y suene lógico. Por ejemplo, como no superas el test de empatía que nos acabamos de inventar no puedes votar porque no eres capaz de emitir un voto que sea provechoso para la mayoría de españoles. Y ya está, te quedas fuera.

No digo que me parezca bien, pero hay que poner reglas claras. Por ejemplo residencia 1 año en los últimos 10. Una cosa laxa para que puedan cumplirlo españoles que tengan que emigrar, pero común para todo el mundo.
 
¿Te parece tan bien que tú fueras de esos a los que les quitan el voto?

Me puedo inventar diez mil supuestos por los que te excluyan y suene lógico. Por ejemplo, como no superas el test de empatía que nos acabamos de inventar no puedes votar porque no eres capaz de emitir un voto que sea provechoso para la mayoría de españoles. Y ya está, te quedas fuera.

No digo que me parezca bien, pero hay que poner reglas claras. Por ejemplo residencia 1 año en los últimos 10. Una cosa laxa para que puedan cumplirlo españoles que tengan que emigrar, pero común para todo el mundo.
Mi opinión ya está expuesta, lo he hecho de manera clara y sintética y francamente, no sé qué es lo que no se entiende.
 
Los partidos de izquierda, que han destrozado países, quieren hacer creer que en su infinita bondad y misericordia les devolvían algo a ciertas personas cuyos familiares se exiliaron por un hecho terrible acaecido a finales del primer tercio del SXX pasado.

Ellos, que se han auto-otorgado una superioridad sarracena, humana e intelectual que no tienen ni merecen, creen que los demás nos tragamos sus argumentos falsos, mentirosos y lloricas estilo "LA GENTE DE BART".

El que vota en un país para sus elecciones generales debe estar informado y vivir lo que en esa legislatura que termina ha acaecido para poder valorar justamente las opciones políticas del momento.

y NO, NO TODO EL MUNDO DEBERÍA TENER DERECHO AL VOTO. El voto del nacional que vive fuera porque tiene su vida afuera debería tener su voto restringido también: ¿Por qué alguien que vive afuera el 80 o 90% del año, trabaja afuera, tiene su vida hecha afuera tiene que afectarme su voto a mí que me tengo que tragar lo que hagan los elegidos?

¿Por qué tienen derecho al voto las personas con bajo CI que cobran una paguita y van a ser permanentemente voto cautivo?

PUES NO, señores, el derecho a votar DEBE VOLVER A ESTAR RESTRINGIDO y el que tenga miedo a eso es que es un votante cautivo ideológicamente sectario que solo piensa que los suyos son los que deben gobernar.
 
Me parecería estupendo quitar el voto a ciertos colectivos, en efecto, no tengo el más mínimo problema con eso. Me piden exámenes y capacitación para conducir, para ejercer profesión, para adquirir un arma, he de obtener licencias y pasar revisiones para arreglar mi vivienda... no sé porqué no habría que hacerse algo parecido con el derecho a voto, que a fin de cuentas tiene repercusiones serias, directas y universales.

Y lo que se ha hecho es preservar el valor de mi voto como español de origen, evitando que lo que tenía algún valor pasara a tener ninguno.
=D> =D> =D> =D> =D> =D>

Yo estoy de acuerdo. Y lo entendemos todos con un mínimo de cordura.

Demasiado se ha manipulado el voto en este pais de pandereta:

"Eg que zi votaggggggggg a log otroggggggggggg og quitaran lag paguitaggggggggggggg" decia Alfonso Guerra y Felipe Gonzalez en los 80/90.
 
Mi opinión ya está expuesta, lo he hecho de manera clara y sintética y francamente, no sé qué es lo que no se entiende.

Te entiendo, pero no comparto el tono. Te cuestiono las formas, no el fondo, y no sé por qué no ves a qué me refiero.

A ver, te lo detallo:

- quitar el voto a este grupo es aceptable
- hacerlo con reglas especiales para este colectivo es lo que no me convence.

Para que quede claro: QUE PONGAN UN REQUISITO DE RESIDENCIA MÍNIMA EN LOS ÚLTIMOS X AÑOS y así no hay que andar censurando colectivos.
 
¿Te parece tan bien que tú fueras de esos a los que les quitan el voto?

Me puedo inventar diez mil supuestos por los que te excluyan y suene lógico. Por ejemplo, como no superas el test de empatía que nos acabamos de inventar no puedes votar porque no eres capaz de emitir un voto que sea provechoso para la mayoría de españoles. Y ya está, te quedas fuera.

No digo que me parezca bien, pero hay que poner reglas claras. Por ejemplo residencia 1 año en los últimos 10. Una cosa laxa para que puedan cumplirlo españoles que tengan que emigrar, pero común para todo el mundo.

Mira, eso te lo compro. Las reglas de suspensión del derecho al voto deben ser claras y comunes, pero que no den pie a la compra de votos revestida de falsa solidaridad como lo de la ley de nietos.

De todas formas no te asustes tanto. Ya verás como la resuelven a favor de no tocar nada y tendremos nietos del exilio hasta en la sopa.

Los partidos de izquierda están tan crecidos que no van a permitir que gobiernen los otros.

España es el país de la trampa y la picaresca, lo vemos a diario.

El clima está para que el país cambie, la cosa está clara: ¿Quién abuchea al gobierno y llama al presidente descendiente de fruta masivamente en la calle cuando hay protestas? EL CURRITO DE A PIE...

¿Quién alaba a este gobierno y sus políticas alocadas? EL JETA, EL PAGUITERO Y EL FORASTERO: Lo vimos en CEUTA, los ceutíes abucheando a MARLASKA y los forasteros aplaudiendo al paso de la mano que LES DA DE COMER.

Más claro, agua.
 

El jueves 10 de septiembre estaba marcado en rojo festivo en el calendario del Tribunal Supremo. En el acto de apertura del año judicial, la ceremonia presidida por el Rey con la que se inaugura el curso en los tribunales, el Supremo congrega a la cúpula judicial en una procesión de togas con la que exhibe toda su pompa. El Palacio de las Salesas, sede del tribunal, parece haberse detenido en el tiempo. Pero este jueves, cuando jueces, fiscales, autoridades y el resto de invitados cumplían con el último acto de la agenda, el cóctel en el Salón de los Pasos Perdidos, una artefacto artefacto peligroso jurídica devolvió al Tribunal Supremo a 2026. La Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo) acababa de notificar los autos en los que justifica la suspensión cautelar del derecho al voto de miles de nacionalizados españoles en un “peligro fundado” de pucherazo electoral.

La retirada masiva de un derecho fundamental es una medida sin precedentes con la que el Supremo asume la tesis, aireada sin ninguna prueba en los últimos meses por la derecha y la ultraderecha, de que el Gobierno está fabricando un enorme embeleco para los próximos comicios a base de engordar el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) con nuevos españoles nacionalizados de forma irregular. La decisión del Supremo responde al recurso presentado por Vox y Iustitia Europa contra un acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que se declaró incompetente para fiscalizar los efectos electorales de la Ley de Memoria Democrática de 2022, que dotaba del derecho a obtener la nacionalidad a los descendientes y nietos de españoles que la perdieron o renunciaron a ella tras exiliarse por razones políticas, ideológicas o de orientación sensual durante las primeras dos décadas del franquismo. Ni los partidos de ultraderecha ni el Supremo cuestionan la ley, pero sí la instrucción que publicó el Ministerio de Justicia unos días después, que presupone la condición de exiliado a todos los españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.

La decisión del Supremo empezó a tomar forma el lunes, inmediatamente después de las dos vistas públicas en las que, primero el abogado de Iustitia Europa y después el de Vox, defendieron la medida cautelar que habían reclamado al tribunal, mientras la Abogacía del Estado y la Fiscalía esgrimieron argumentos en contra de esa petición. Fueron dos vistas rápidas y de contenido técnico tras las que los seis magistrados que formaban el tribunal se retiraron a deliberar en privado. Era la primera vez que los seis jueces se reunían para debatir la petición de los dos partidos de ultraderecha.

La sección cuarta de la Sala Tercera está integrada por ocho magistrados, aunque en la práctica los asuntos los deliberan siete porque siempre uno de ellos (actualmente, Francisco José Sospedra) rota en la sección primera, la que estudia qué recursos se admiten. Pero en esta ocasión, la séptima integrante de la sala, la magistrada Pilar Teso, quedó apartada del caso porque es la vicepresidenta de la Junta Electoral Central y había participado y suscrito el acuerdo impugnado por Iustitia y Vox. Teso, además de ser uno de los miembros más veteranos de la sala, es una de las juezas pogre más reconocidas del alto tribunal, cuyo nombre han vetado sucesivamente los conservadores para presidir el Supremo y la Sala de lo Contencioso.

De los seis magistrados que finalmente integraron el tribunal, tres —Luis Díez-Picazo, José Luis Requero y Antonio Fonseca-Herrero— son señalados miembros del sector conservador, especialmente los dos primeros. Díez-Picazo presidió la Sala Tercera aupado por el entonces presidente del Supremo, Carlos Lesmes, en un mandato que quedó marcado por el caos que generó una rectificación de jurisprudencia, en apenas tres semanas, que exoneró a los bancos del pago del impuesto de las hipotecas. Requero, por su parte, es considerado un juez de posturas ultraconservadoras y cercano al Opus Dei. Antes de llegar en 2014 al Supremo, fue vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), donde llegó a oponerse al matrimonio gai con el argumento de que aprobarlo era como regular las bodas entre “un animal y un hombre”.

Los otros tres magistrados de la sección se han incorporado al Supremo en los dos últimos años, en las tandas de nombramientos realizadas tras la renovación tardía del CGPJ en julio de 2024. Uno de ellos es Antonio Narváez, el ponente de los autos conocidos esta semana y de la futura sentencia que resolverá el fondo del litigio sobre el impacto electoral de la ley de nietos. Narváez, fiscal de carrera y exmagistrado del Tribunal Constitucional a propuesta por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, participó en una cena con el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, celebrada el 18 de abril de 2023 en el hotel Claridge de Madrid con medio centenar de fiscales vinculados a la asociación mayoritaria, de tendencia conservadora. En ese encuentro, según diversas fuentes consultadas entonces por EL PAÍS, llegó a expresar su deseo, a título personal, de que Feijóo llegue a la presidencia del Gobierno y puso bajo sospecha los procesos electorales en los que interviene la empresa Indra. También se han incorporado en los últimos tiempos a la sección el magistrado Manuel Delgado-Iribarren, letrado de las Cortes Generales, que ha sido jefe de la Secretaría de la Junta Electoral Central y es considerado uno de los mayores expertos en derecho electoral de España; y Alicia Millán, especializada en Contencioso-Administrativo y vinculada a la pogre Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD).

Cinco votos a uno​

Cuando los seis magistrados se reunieron por primera vez el lunes para deliberar, conocían ya la propuesta que había preparado Narváez, que abogaba por acordar la suspensión cautelar de los efectos electorales de las nacionalizaciones otorgadas al amparo de la instrucción de Justicia. Según distintas fuentes consultadas, Díez Picazo, Fonseca-Herrero, Requero y Delgado-Iribarren secundaron su propuesta desde el inicio. Ninguno se instaló en ese espacio de duda que se abre en muchas deliberaciones. Todos incidieron en los argumentos de Narváez y algunos sumaron otros. Consideran que el aumento “extraordinario” del censo de extranjeros genera un peligro “fundado, real y serio” que puede afectar a la transparencia del proceso electoral.

Solo la magistrada Millán expuso razones en contra y defendió que no era posible sostener que exista un riesgo cierto de alteración fraudulenta del censo y que suspender el derecho al voto era una medida desproporcionada. Millán argumentó también que ellos no eran competentes para pronunciarse sobre la legalidad de la instrucción de Justicia porque nadie la había impugnado y porque, aunque así fuera, al tratarse de una norma dictada por una dirección general (la de Seguridad Jurídica y Fe Pública) la competencia corresponde al Tribunal Superior de Justicia.

El presidente levantó la reunión tras unas cuatro horas de debate. Las fuentes consultadas coinciden en que para entonces ya estaba terminada de facto la deliberación, pero Díez-Picazo les citó para acabar de perfilar algunos argumentos al día siguiente y los seis volvieron a encontrarse el martes a primera hora. La magistrada Millán, que ingresó en el Supremo en febrero de 2025 y que hasta ahora ha mantenido un perfil bajo, confirmó que no iba a suscribir los autos y que iba a presentar sendos votos particulares discrepantes. Según las fuentes consultadas, ninguno de sus compañeros intentó disuadirle, aunque le urgieron a que entregara sus escritos en 48 horas.

Como los autos no pueden notificarse sin los votos particulares, la sala optó por difundir el mismo martes solo el texto con el acuerdo adoptado, una fórmula habitual cuando se trata de asuntos de especial relevancia. El tribunal avisó a los procuradores para notificarles su decisión y, una vez informadas todas las partes, a las 13.45, el gabinete de prensa del Supremo hizo público el acuerdo. En cuestión de minutos, la retirada del derecho al voto a los beneficiarios de la ley de nietos sacudió el panorama político, jurídico y mediático.

El texto del acuerdo sembró el desconcierto no solo en el Gobierno, que no tardó en mostrar públicamente su malestar, sino también en la judicatura. Algunos miembros del Supremo mostraban en las horas siguientes su sorpresa y admitían que estaban a la espera de poder leer los autos para conocer cómo motivaban sus compañeros una medida tan excepcional. La espera terminó el jueves y algunos de esos magistrados, consultados antes y después, reconocen que albergan muchas dudas sobre la solidez de la decisión de la sala y otros, directamente, afirman que el tribunal se ha extralimitado. También los hay que defienden la medida adoptada y recalcan que es cautelar y no impide a nadie ejercer el voto porque no hay elecciones convocadas.

El Supremo contra el Supremo​

La intención de la sala es tener lista la sentencia definitiva en diciembre. Aunque los autos conocidos estas semanas no se adentran en el fondo del asunto, algunos extractos sugieren que los jueces comparten los argumentos esenciales de Vox y Iustitia. El primer debate clave es si la Ley Electoral (LOREG) faculta a la Junta Electoral para fiscalizar el CERA. Los magistrados ya avanzan que el acuerdo por el que la JEC rechaza esa competencia “pudiera no corresponderse con las competencias de control funcional y de dirección y supervisión”, una opinión que, de consolidarse en la sentencia, implicaría anular esa resolución de la Junta.

Esa posibilidad convierte a este caso en un choque del Supremo contra el propio Supremo. Porque ocho de los 13 miembros de la JEC son magistrados del alto tribunal, incluidos la vicepresidenta (Teso) y el presidente, Eduardo Alopécico, uno de los candidatos mejor situados para hacerse con la presidencia de la Sala Tercera, vacante tras la jubilación de Pablo Lucas. Además de Alopécico y Teso, el acuerdo de la JEC que ahora cuestiona el Supremo fue suscrito por otros cuatro magistrados: Concepción Ureste, Carmen Lamela, Javier Hernández y Fernando […]. Solo dos, Vicente Magro (que llegó al alto tribunal tras ser senador con el PP) y Fernando Marín Castán (juez de la Sala de lo Militar) se opusieron y firmaron un voto particular junto a dos vocales del cupo de catedráticos.

Al margen de la competencia de la JEC sobre el CERA, el segundo gran debate jurídico es si, a partir de este recurso, se puede cuestionar una instrucción de Justicia que no ha sido impugnada en el alto tribunal. La sala, de momento, advierte de que el “pogre incremento” del censo de españoles en el extranjero fruto de la interpretación que la instrucción hizo sobre la ley, “no parece ajustarse, tampoco, al contenido de la propia norma legal que interpreta”).

Algunos magistrados consultados comparten la opinión del voto particular de Millán en el sentido de que el Supremo no es competente para revocar la instrucción, pero pronostican que es muy posible que el tribunal la deje sin efecto. Los autos apuntan a ello y recalcan “la vinculación” entre el acuerdo de la JEC y la instrucción de Justicia, una interpretación que rebate la magistrada. Millán invoca jurisprudencia del Constitucional que establece que el procedimiento electoral “no puede convertirse en un cauce para fiscalizar actuaciones pertenecientes a un ámbito administrativo distinto cuando el ordenamiento ha atribuido su conocimiento a órganos distintos y ha establecido para ellas cauces específicos de revisión e impugnación”.

Los efectos de la hipotética revocación de esa instrucción irían mucho más allá de la suspensión del derecho al voto. Supondría dejar en el aire las más de medio millón de las nacionalidades ya concedidas al amparo de la ley de nietos, lo que implicaría revisar un acto administrativo firme como es la concesión de la nacionalidad. “Un acto firme es casi sagrado porque está en juego la seguridad jurídica”, advierte un magistrado del alto tribunal.

Madmaxista​

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No sé qué decirte amigo, la verdad, con la que está cayendo, con todo el mundo hasta las bowling de Sánchez ... en serio que no entiendo este tipo de post.

¿Te pagan?
 
en realidad lo hicieron porque es muy probable que la mayoría de esas personas no tengan derecho al voto.

Se aprobó un procedimiento que no parece acorde a la Ley y, por lo tanto, su aplicación puede ser perfectamente suspendida por los tribunales.

Si el procedimiento hubiese sido claro y acorde a la Ley correspondiente, no habría habido problema alguno.
 
Mira, eso te lo compro. Las reglas de suspensión del derecho al voto deben ser claras y comunes, pero que no den pie a la compra de votos revestida de falsa solidaridad como lo de la ley de nietos.

De todas formas no te asustes tanto. Ya verás como la resuelven a favor de no tocar nada y tendremos nietos del exilio hasta en la sopa.

Los partidos de izquierda están tan crecidos que no van a permitir que gobiernen los otros.

España es el país de la trampa y la picaresca, lo vemos a diario.

El clima está para que el país cambie, la cosa está clara: ¿Quién abuchea al gobierno y llama al presidente descendiente de fruta masivamente en la calle cuando hay protestas? EL CURRITO DE A PIE...

¿Quién alaba a este gobierno y sus políticas alocadas? EL JETA, EL PAGUITERO Y EL FORASTERO: Lo vimos en CEUTA, los ceutíes abucheando a MARLASKA y los forasteros aplaudiendo al paso de la mano que LES DA DE COMER.

Más claro, agua.

De todas maneras quién se acoge a la ley de nietos, lo que menos quiere es votar, quiere el pasaporte porque te permite ir a todo el mundo prácticamente.

El que quiere venir a España a currar no veo porqué prohibirle el voto si vive aquí.

Es por eso que el vetar colectivos está mal planteado.
 
en realidad lo hicieron porque es muy probable que la mayoría de esas personas no tengan derecho al voto.

Se aprobó un procedimiento que no parece acorde a la Ley y, por lo tanto, su aplicación puede ser perfectamente suspendida por los tribunales.

Si el procedimiento hubiese sido claro y acorde a la Ley correspondiente, no habría habido problema alguno.

Lo rozas con los dedos pero te quedas a milímetros.

Tal vez el PSOE no quiere que el procedimiento sea claro y el PP quiere que se debatan asuntos menores en vez de problemas reales, en el fondo tu voto vale lo mismo.

El PSOE no creo que pueda engañar a más gente con intentos de hacer que llevan a nada como el fiasco de las 35 horas.
 
De todas maneras quién se acoge a la ley de nietos, lo que menos quiere es votar, quiere el pasaporte porque te permite ir a todo el mundo prácticamente.

El que quiere venir a España a currar no veo porqué prohibirle el voto si vive aquí.

Es por eso que el vetar colectivos está mal planteado.

Esa es la teoría, pero no creo que lo hagan por nada.

Los políticos no dan puntada sin hilo.

Yo trabaje con un comercial liberal hace años, mayor, relacionado con círculos políticos en mi comunidad por su trabajo y me dijo todo convencido:

"El político sería capaz de prostituir a su mujer y sus hijas, con tal de seguir en su puesto: NO LO OLVIDES JAMÁS".
 
Te entiendo, pero no comparto el tono. Te cuestiono las formas, no el fondo, y no sé por qué no ves a qué me refiero.

A ver, te lo detallo:

- quitar el voto a este grupo es aceptable
- hacerlo con reglas especiales para este colectivo es lo que no me convence.

Para que quede claro: QUE PONGAN UN REQUISITO DE RESIDENCIA MÍNIMA EN LOS ÚLTIMOS X AÑOS y así no hay que andar censurando colectivos.
Con mensajes como el suyo se precisa no solo ser arrogante, sino bastante más que eso.
Hala, date una vuelta por ahí que has fallado el tiro y todos lo hemos visto.
 
=D> =D> =D> =D> =D> =D>

Yo estoy de acuerdo. Y lo entendemos todos con un mínimo de cordura.

Demasiado se ha manipulado el voto en este pais de pandereta:

"Eg que zi votaggggggggg a log otroggggggggggg og quitaran lag paguitaggggggggggggg" decia Alfonso Guerra y Felipe Gonzalez en los 80/90.
Se les ha visto la jugada y la defensa de sus palmeros es "que quitan derecho al voto..." a quien de hecho y merced a la cautelar, aún no lo ha adquirido.
Son unos cínicos. Y lo que más me molesta es cómo se pasan el día proyectando y lloriqueando. Te han pillao, se te ha caído el chiringuito, pues asúmelo con deportividad. Pero estos no. Tienen que hacer pucheros y mentir en todo momento, fieles a su particular estilo. Y es que se juegan muchos platos de lentejas.
Solo espero que esta vez no nos vuelen un par de trenes, que ya sabemos cómo las gastan cuando se ven acorralados.
 
Y seguimos pensando que lo que nos ponen delante es lo más importante.

Ahora Ceuta, que me sabe muy mal por los ceutíes, pero el problema nacional no puede ser que haya forasteros en Ceuta cuando tu descendiente, sobrino, nieto que cobra el salario medio no pueda acceder a una vivienda.

No digo que se abandone Ceuta, digo que igual que tenemos mil ministerios podemos atender diferentes problemas a la vez. No es lógico estar 24/7 con lo de Ceuta, que son 77.000 personas afectadas.

Es suficientemente grave. Porque sabemos perfectamente que los que llegan por Canarias han sido distribuidos por la península de forma nocturna y para que se entere la menor gente posible.

Ya hay en algunas ciudades pequeños poblados chabolistas de forasteros e incluso dentro de núcleos urbanos. Gente de la que no sabemos NADA. ¿Por qué tengo que permitir eso en mi país? Aquí ni hay trabajo, ni servicios, ni vivienda para TODO EL PLANETA y el mensaje que da el gobierno es que aquí pueden entrar CUANTOS QUIERAN, COMO QUIERAN Y QUIEN QUIERA, y eso no puede SER.

Por eso lo de CEUTA debería ser resuelto por las buenas O POR LAS MALAS y es importante que salga 24/7 si hace falta.
 

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