Adiós al menú halal en los comedores escolares de la Comunidad Valenciana.


Solo queremos forasteros formados y con contratos en origen, desde sus paises, asi se solucionaria el tema de la vivienda, la de los eternos parados y creceria la oferta en el mercado laboral, votar a VoX es un chollo, incluso para los rojeznos mas da repelús
 
pues esto es de estudiar en las facultades como han encontrado una ley para no incurrir en algo ilegal. Y es dificilisimo de rebatir porque encima sarracena es correcta no permitir que dinero publico se use para animales que no este garantizado su bienestar


Tiene usted razón en lo jurídico, y más razón de la que cree porque hay jurisprudencia que se lo confirma. Pero la premisa técnica de la noticia es falsa, y eso hace que la norma no haga lo que aquí se está celebrando. Va por partes.

1. Lo de que es difícil de rebatir: acertado, y ya está sentenciado dos veces.

  • TJUE, Gran Sala, 17 de diciembre de 2020, asunto C-336/19 (caso flamenco): el Reglamento 1099/2009 no se opone a que un Estado imponga la obligación de aturdimiento previo aplicable también al sacrificio prescrito por ritos religiosos. Razón: el bienestar animal es un objetivo de interés general reconocido por la Unión, y el aturdimiento reversible y no letal es compatible con el artículo 10 de la Carta.
  • Y sobre comedores escolares ya hay sentencia española: TSJ de Madrid, 16 de junio de 2015, recurso 339/2015. Desestimó la petición de adecuar los menús a las creencias religiosas, con dos argumentos: que el comedor es un servicio voluntario y no obligatorio, y que la libertad religiosa no se extiende hasta obligar a los servicios públicos a organizarse de forma individualizada para cada ciudadano según sus creencias.

O sea que sí, el terreno está firme. Eso lo calculó bien quien redactó la orden.

2. Pero la frase de la noticia sobre el rito no es cierta.

Dice el artículo que el rito "exige que el animal esté consciente". Eso no es así, o desde luego no lo es para la mayor parte de la carne halal que se vende en Europa.

  • El Instituto Halal, la principal certificadora española, reconoce el aturdimiento reversible como compatible con los requisitos religiosos, y lo respalda con investigación publicada entre 2023 y 2025 junto a la Universidad de Córdoba.
  • Malasia e Indonesia, los dos mayores mercados musulmanes del mundo, admiten el aturdimiento siempre que sea reversible, es decir, que no mate al animal.
  • Y el número duro, de la encuesta de la Food Standards Agency británica de 2024: el 88% del pollo halal de Inglaterra y Gales se aturdió antes del sacrificio. En ovino la proporción sin aturdir es mucho mayor, un 29% en 2024 frente al 22% de 2022, así que varía muchísimo por especie. Pero el pollo, que es lo que de verdad se sirve en un comedor escolar, se aturde casi siempre.

3. Y de ahí sale la consecuencia, que es lo que nadie ha visto en cuatro páginas.

La cláusula del aturdimiento no excluye la carne halal. Excluye la carne no aturdida, que es un subconjunto de la halal y ni siquiera el mayoritario.

Un colegio valenciano puede servir perfectamente pollo halal certificado, aturdido, y cumplir el nuevo artículo 10 sin despeinarse.

Lo que de verdad acaba con el menú halal es la otra cláusula, la que aquí ha pasado de largo: la que reserva la obligación de menú especial exclusivamente a quien acredite con certificado médico la imposibilidad de ingerir determinados alimentos.

Esa es la operativa. Y no necesita ningún argumento de bienestar animal, porque funciona sola.

Con lo cual la norma tiene una cláusula ingeniosa que no hace lo que dice el titular, y una cláusula aburrida que hace todo el trabajo. El aplauso va dirigido a la que no sirve.

4. Y sobre eso de que "los rojos les dieron el menú halal".

La única norma estatal que dice algo del asunto es de 1992 y dice mucho menos de lo que se cree.

Ley 26/1992, Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Religiondelamor de España, artículo 14.4: "se procurará" adecuar la alimentación de los alumnos musulmanes que lo soliciten en centros docentes públicos y privados concertados, así como el horario de comidas durante el Ramadán.

Se procurará. No "se garantizará" ni "tendrán derecho a". Es una fórmula de mejor esfuerzo, y por eso precisamente el TSJ de Madrid pudo desestimar aquel recurso en 2015 y por eso ahora la Generalitat puede escribir lo que ha escrito sin chocar con nada.

No había derecho. Con lo cual no hay derecho que quitar, y la medida es menos histórica de lo que se está vendiendo por los dos lados.

5. Y un aviso, porque el menú del comedor va a cambiar este curso mucho más por otra cosa.

El Real Decreto 315/2025, de 15 de abril, que la orden valenciana cita para lo de la fiambrera, existe y está en vigor con carácter general desde el 16 de abril de 2026. Y se aplica a toda España, no solo aquí. Entre otras cosas:

  • Agua como única bebida servida en el comedor.
  • Al menos el 45% de las raciones de fruta y hortaliza, de temporada.
  • Al menos el 5% del coste de compra de alimentos, de producción ecológica.
  • Máquinas expendedoras fuera del alcance del alumnado de infantil y primaria.

O sea que la bandeja del niño valenciano la va a cambiar bastante más un decreto de Madrid que la cláusula del halal.

Resumiendo.

Usted acertó en que es difícil de tumbar. En lo que se equivoca, y con usted el hilo entero, es en lo que hace.

No prohíbe la carne halal, porque la mayor parte de la carne halal está aturdida. Prohíbe los menús especiales por motivo religioso, y eso lo decide la cláusula del certificado médico, que no necesita hablar de animales y que no ha comentado nadie.
 
Cuidado porque seguro que quienes trabajan en los colegios e institutos encuentran alguna artimaña para poder seguir cumpliendo los deseos de "sus niños"...
 
Si quieren cocina religiondelamor que se vayan a países islámicos. Los comedores de los centros educativos públicos de la Comunidad Valenciana dejarán de ofrecer menús halal a partir de este curso. Con la aprobación de los nuevos presupuestos, la Generalitat ha introducido modificaciones sustanciales en la normativa que regula los comedores escolares, eliminando de facto cualquier adaptación del menú que responda a preceptos religiosos. La medida no señala explícitamente a la comunidad musulmana ni utiliza el término 'halal', sino que articula la prohibición a través de la normativa de bienestar animal. Según refleja la reciente modificación del artículo 10 de la Orden 53/2012 publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGCV), a partir de ahora «el centro educativo no podrá ofrecer menús donde el sacrificio de animales no haya seguido un procedimiento de aturdimiento previo». Esta cláusula técnica imposibilita en la práctica la oferta de carne halal (al igual que la kosher alubia), dado que sus ritos exigen que el animal esté consciente en el momento del sacrificio para garantizar el desangrado. Además del veto a este tipo de carne, la nueva redacción de la ley blinda a los centros educativos frente a peticiones dietéticas por motivos de fe, ética o conciencia. El texto legal es tajante al especificar que la obligación de disponer de un menú especial quedará reservada «exclusivamente para atender al alumnado que, mediante el correspondiente certificado médico, acredite la imposibilidad de ingerir determinados alimentos». Por tanto, solo las alergias, intolerancias o patologías justificadas por un facultativo obligarán al colegio a ofrecer un plato alternativo. Asimismo, el documento hace hincapié en el fomento de alimentos de proximidad que sean «acordes a los productos españoles». Imagen de archivo de una carnicería halalEFE Esta maniobra legislativa responde a una de las reivindicaciones clave de Vox durante la negociación de las cuentas autonómicas, consolidando un claro giro político en la gestión educativa de la región gobernada por el 'popular' Juanfran Pérez Llorca. La fiambrera como única alternativa Ante la supresión de la oferta halal en las bandejas del comedor público, las familias musulmanas que deseen que sus descendientes mantengan de forma estricta esta dieta durante el horario escolar tendrán que recurrir a la comida traída desde casa. La propia normativa autonómica contempla esta situación en su articulado. Amparándose en las normas de desarrollo del Real Decreto 315/2025 sobre seguridad alimentaria, la Generalitat establece que los centros educativos deberán disponer de los medios de «refrigeración y calentamiento adecuados». De esta forma, se busca garantizar que los alumnos que traigan un menú especial proporcionado por su entorno familiar puedan conservarlo y consumirlo junto al resto de sus compañeros en las instalaciones del colegio sin que suponga un peligro para su salud.

Mi dieses, aunque en este caso les va a dar igual. Ya pasa en otros paises europeos.

A ver como lo critican los pogre.... bailongo:
 
Yo no estoy de acuerdo con esta medida, igual de estulta que prohibir las ajama. Es ver el dedo en lugar de la luna.

Si existe una población extranjera en España, me parece adecuado atender sus necesidades. Lo que es discutible es que haya población masiva extranjera en España. Lo que hay que hacer es cerrar las fronteras y quitar las paguitas, no complicarle la vida escolar a los niños.
 
Si quieren cocina religiondelamor que se vayan a países islámicos. Los comedores de los centros educativos públicos de la Comunidad Valenciana dejarán de ofrecer menús halal a partir de este curso. Con la aprobación de los nuevos presupuestos, la Generalitat ha introducido modificaciones sustanciales en la normativa que regula los comedores escolares, eliminando de facto cualquier adaptación del menú que responda a preceptos religiosos. La medida no señala explícitamente a la comunidad musulmana ni utiliza el término 'halal', sino que articula la prohibición a través de la normativa de bienestar animal. Según refleja la reciente modificación del artículo 10 de la Orden 53/2012 publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGCV), a partir de ahora «el centro educativo no podrá ofrecer menús donde el sacrificio de animales no haya seguido un procedimiento de aturdimiento previo». Esta cláusula técnica imposibilita en la práctica la oferta de carne halal (al igual que la kosher alubia), dado que sus ritos exigen que el animal esté consciente en el momento del sacrificio para garantizar el desangrado. Además del veto a este tipo de carne, la nueva redacción de la ley blinda a los centros educativos frente a peticiones dietéticas por motivos de fe, ética o conciencia. El texto legal es tajante al especificar que la obligación de disponer de un menú especial quedará reservada «exclusivamente para atender al alumnado que, mediante el correspondiente certificado médico, acredite la imposibilidad de ingerir determinados alimentos». Por tanto, solo las alergias, intolerancias o patologías justificadas por un facultativo obligarán al colegio a ofrecer un plato alternativo. Asimismo, el documento hace hincapié en el fomento de alimentos de proximidad que sean «acordes a los productos españoles». Imagen de archivo de una carnicería halalEFE Esta maniobra legislativa responde a una de las reivindicaciones clave de Vox durante la negociación de las cuentas autonómicas, consolidando un claro giro político en la gestión educativa de la región gobernada por el 'popular' Juanfran Pérez Llorca. La fiambrera como única alternativa Ante la supresión de la oferta halal en las bandejas del comedor público, las familias musulmanas que deseen que sus descendientes mantengan de forma estricta esta dieta durante el horario escolar tendrán que recurrir a la comida traída desde casa. La propia normativa autonómica contempla esta situación en su articulado. Amparándose en las normas de desarrollo del Real Decreto 315/2025 sobre seguridad alimentaria, la Generalitat establece que los centros educativos deberán disponer de los medios de «refrigeración y calentamiento adecuados». De esta forma, se busca garantizar que los alumnos que traigan un menú especial proporcionado por su entorno familiar puedan conservarlo y consumirlo junto al resto de sus compañeros en las instalaciones del colegio sin que suponga un peligro para su salud.
Que se vayan, a Jovenlandia
 
¿De verdad hay una ley que dice de dónde puede venir la comida de los colegios?

¿No se cansan de escribir tonterías en el BOE (DOGV en este caso)?
 

1. El aturdimiento reversible (sin gloria previa)​

El requisito fundamental de la ley religiondelamor (Sharia) es que el animal esté vivo y con el corazón latiendo en el momento en que se realiza el corte en el cuello, para que sea el propio bombeo cardíaco el que desangre el cuerpo.

Para cumplir tanto con las leyes europeas de bienestar animal como con el rito religioso, se emplean métodos de aturdimiento reversible:

  • Electronarcosis: Se aplica una descarga eléctrica controlada (generalmente en la cabeza) que deja al animal insensible al dolor de forma temporal, pero sin causarle la gloria ni detener su corazón.
  • Si no se realizase el degüello inmediatamente después, el animal se despertaría sin secuelas. Como el corazón sigue latiendo, el desangrado se produce de manera completa y rápida.
Organismos de certificación Halal muy relevantes a nivel internacional y nacional aceptan este método porque consideran que el animal técnicamente "sigue vivo" (consciente a nivel biológico cardiovascular, aunque insensible al dolor) al momento del sacrificio.

2. Excepciones legales en mataderos (Sacrificio sin aturdimiento)​

La normativa europea de bienestar animal exige el aturdimiento previo como regla general, pero permite a los Estados miembros aplicar una excepción religiosa para los ritos Halal y Kosher.

  • En los mataderos autorizados que se acogen a esta excepción, se permite el degüello sin aturdimiento previo siempre que lo ejecute un cancelar autorizado, respetando estrictas medidas de sujeción para minimizar el estrés y realizando un corte rápido y certero de las arterias carótidas y venas yugulares.
  • Sin embargo, debido a la complejidad logística y al debate ético, la mayor parte de la carne Halal que se vende en carnicerías de barrio proviene del método con aturdimiento reversible.

3. Marcado y certificación en carnicerías​

Las carnicerías que venden carne Halal compran su género en mataderos homologados que cuentan con la supervisión de entidades certificadoras Halal (como el Instituto Halal en España).

Estas entidades envían auditores o cuentan con cancelar musulmanes capacitados dentro de la planta de procesamiento para garantizar que:

  1. El animal esté vivo antes del corte (usando electronarcosis ajustada).
  2. Se pronuncie la invocación (Bismillah / Allahu Akbar).
  3. La hoja esté bien afilada y el corte sea limpio.
  4. Se respete el tiempo necesario para el desangrado total.
 
Ayer vi una pizza halal en el super.
no quedaban de las normales.

No comi pizza.
 

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