El cliente no tiene que solicitar nada. El cliente paga, el cliente manda, y la única lógica ahí es la de la conveniencia mutua. Si el cliente dice que no quiere a un trabajador en su oficina, porque da mal servicio, o simplemente porque intoxica el ambiente, está en su derecho, y se prescindirá del trabajador en las condiciones que se acuerde con la consultora (o en las condiciones que especifique el contrato si las hay).
De nuevo, te estás equivocando:
- Trabajas en la oficina del cliente porque es donde se presta el servicio, no porque sea tu puesto de trabajo. Si la consultora ha hecho el trabajo como es debido, en tu contrato de trabajo constará que tu lugar de trabajo son sus oficinas, y que podrás prestar servicio en las instalaciones de los clientes si la prestaciónd el servicio lo requiere (pero tu puesto de trabajo es la oficina de la consultora)
- Si trabajas con equipo del cliente, puede ser por distintos factores: porque la seguridad del cliente así lo requiera, porque el tipo de equipo es muy específico, o bien porque el cliente le alquila el equipo a tu empresa para la prestación del servicio, y se hace así por comodidad (y eso tú no tienes por qué saberlo, porque forma parte del contrato entre tu empresa y el cliente)
- Correo cliente: Lo normal va a ser que tengas también correo de tu empresa, y por tanto el del cliente va vinculado a la prestación del servicio. Además, si las cosas se han hecho como es debido (y es de presumir que sí), cuando hagas uso del correo del cliente debe quedar explícitamente visible que no perteneces a la organización, bien por la firma (pie) del correo, o bien porque la dirección del correo electrónico se diferencie de la del resto de trabajadores de la organización
- Recibiendo correos del cliente dando órdenes: siempre y cuando los correos recibidos se limiten a la prestación del servicio en los términos y condiciones acordados, es totalmente normal y legal
Y otros elementos que se van a usar para decidir si es una cesión:
- ¿Quién te autoriza las vacaciones?
- ¿Quién te autoriza o controla el horario?
- ¿Se te está obligando a identificarte como trabajador de la consultora o del cliente? (por ejemplo, el uso de una credencial de empleado, etc.)
Si crees que estás en una situación de cesión ilegal, adelante, denuncia, pero ya te digo yo que hace falta que la consultora y el cliente hayan sido muy torpes para que esa demanda prospere.
Si consigues demostrarlo sí. Suerte con eso.