¿Puedo ocupar un deposito de bombeo de aguas propiedad del ayuntamiento fuera de servicio en mi propiedad?

sinosuke

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Pues espabila gañán y revisa los papeles, que podrías tener ahí un buen chabolo gratis y no la sencillada que decías de hacer un sótano en un cuarto de aperos ilegal.....

Eso bien acondicionado, en el monte, con tranquilidad total sería el sueño de cualquier forero de bien.

Si ya encima consigues que tenga internet te lo quitan de las manos. Dime precio.




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ElCalvo

La cruda y calva realidad
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BCN...país por ver
si no me equivoco, para usucapir un bien inmueble tienes que poder demostrar un uso continuado y publico y Triptolemo parece que nunca a accedido a él y aunque lo hubiera hecho, tendría que poder probarlo
En este caso, el edificio está en terrenos suyos y el ayuntamiento debe tener derechos para poder mantener el edificio allí. Lo que procede es defender que el ayuntamiento no ha ejercido su derecho y por tanto ese derecho ha prescrito.
 

HARLEY66

Sedicioso
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En este caso, el edificio está en terrenos suyos y el ayuntamiento debe tener derechos para poder mantener el edificio allí. Lo que procede es defender que el ayuntamiento no ha ejercido su derecho y por tanto ese derecho ha prescrito.
En Cataluña tendría que demostrar que han transcurrido más de 20 años sin que el Ayuntamiento haya ejercido nunca el derecho que tuviera.
Como Triptolemo vive en Mordor, no se yo cual es su codigo civil ni si tienen de eso... roto2
 

Macabrón

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Eso tiene que tener unas humedades del copón, aparte de pozos, sondeos o cosas de esas que a mí al menos me dan mucho yuyu, y si lo quieres para vivir igual necesitas hacerle aislamientos y obras muy costosas, aparte de que no está pensado para un uso residencial... igual que las casetas de los transformadores.
Yo no me meto en una instalación de aguas ni loco

Una nave industrial pequeña, local u oficina sí me lo plantearía.
 

Tiresias

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Une barque sur l'Ocean.
Las servidumbres se extinguen según el art 546 del Código Civil por no usarlas a los veinte años.

Pero lo más probable es que el ayuntamiento hubiera segregado lo necesario del predio previa indemnización.

Que vaya al Registro de la Propiedad e investigue.
 

Triptolemo

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si no me equivoco, para usucapir un bien inmueble tienes que poder demostrar un uso continuado y publico y Triptolemo parece que nunca a accedido a él y aunque lo hubiera hecho, tendría que poder probarlo
Perro sediciosoinsidioso estoy aquí, pronto tomaré el castillo, esta tapiado con ladrillo fino...
 

Domm

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DOMMbas
Haz lo que quieras.

Los menas, pagapensiones, Jovenlandeses, feministas radicales, gays, etc también hacen lo que quieren en Spain
 

aspid

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Igual el terreno es de su propiedad, pero puede haber servidumbre y derechos anotados en el registro. ¿Has investigado? Si no consta nada, podrás. Si constan, a pesar de todo podrías ocuparlo por usucapión. El derecho a una propiedad puede perderse por no ocuparla si otro lo hace, de la misma manera si el ayuntamiento tiene unos derechos sobre el depósito pero no los utiliza pudiese entenderse prescrito su derecho al no hacer uso del mismo.
Los bienes publicos son inembargables, inalienables e imprescriptibles ( no susceptiblrs de prescripcion adquisitiva o usucapion)
 

Triptolemo

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Aquí está la puerta, el edificio tiene dos partes, no es un pozo, es un depósito de bombeo, una vez secado seco se queda, mide 5x5 en la parte de la puerta por 4 de altura y lo otro 7x7 con una altura que desconozco...

 

Triptolemo

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Como hagas algo en el deposito sin permiso te arriesgas a que tengas que deshacerlo.
Primero tengo que comprar 2/3 del terreno a otros propietarios...

Luego talar todos los euskaliptos...
 

Triptolemo

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Si es un depósito será profundo...