VÍDEO: Ojo que esto va empeorando mucho más y la policía ha pasado todas las líneas rojas.

wingardian leviosa

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La a. Por lo visto fue una vecina la que llamó para quejarse, por lo tanto van a hacer sus funciones de indagación por si tuviesen que proceder a una sanción administrativa.
Viendo el 4º video me retracto de todo lo anterior.

Pero a los policías les faltan tablas.
 
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NPI

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daesrd

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Yo los puedo dejar pasar primero, y después decirles que se vayan, o es que no puedo cambiar de parecer?
 

Disfrutad lo cagado

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CAPÍTULO II Del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público
Artículo 202.
1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la
misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis
meses a dos años.
2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a
cuatro años y multa de seis a doce meses.
Artículo 203.
1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año y multa de seis a diez
meses el que entrare contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica
pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local
abierto al público fuera de las horas de apertura.
2. Será castigado con la pena de multa de uno a tres meses el que se mantuviere contra
la voluntad de su titular, fuera de las horas de apertura, en el domicilio de una persona
jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o
local abierto al público.
3. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, el que con violencia
o intimidación entrare o se mantuviere contra la voluntad de su titular en el domicilio de una
persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento
mercantil o local abierto al público.
Artículo 204.
La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley y sin
mediar causa legal por delito, cometiere cualquiera de los hechos descritos en los dos
artículos anteriores, será castigado con la pena prevista respectivamente en los mismos, en
su mitad superior, e inhabilitación absoluta de seis a doce años.

SI LES APLICAN EL ARTÍCULO 204 SE VAN A ACORDAR DE LA CHULERÍA QUE HAN TENIDO. OJALÁ DENUNCIEN.
 

bulbullia

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20 Feb 2013
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M OLONA es abogada del Estado. Sabe algo más de leyes que tú seguro.
En ese tweet no habla de leyes sino de hechos. Se pregunta si hay motivos para dudar de la palabra del policía cuando el morador está negando haber consentido la entrada. También parece olvidar que si se investiga a los policías por allanamiento no funciona la presunción de veracidad.
 

Máximo Décimo Hispanio

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Macarena Olona se le va la pinza con la policia, es una de sus parafilias, mas le vale controlarse, ese rictus autoritario no mola nada, si va seguir usando esa vara medir, mire, VOX tiene poquisimo futuro, estamos todos de regimenes policiales hasta los puñeteros narices
 

bulbullia

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20 Feb 2013
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Macarena Olona se le va la pinza con la policia, es una de sus parafilias, mas le vale controlarse, ese rictus autoritario no mola nada, si va seguir usando esa vara medir, mire, VOX tiene poquisimo futuro, estamos todos de regimenes policiales hasta los puñeteros narices
Yo creo que tiene alguna vinculación personal o familiar con la GC.
 

Ayios

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30 May 2015
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En ese tweet no habla de leyes sino de hechos. Se pregunta si hay motivos para dudar de la palabra del policía cuando el morador está negando haber consentido la entrada. También parece olvidar que si se investiga a los policías por allanamiento no funciona la presunción de veracidad.
Habla de leyes en el sentido de que hay indicios de que sí tenían permiso. Lo primero porque el que supuestamente lo ha otorgado no se muestra tajante y el amigo que graba le tiene que insistir varias veces en que no les ha dado permiso, y dos policías distintos sin hablar entre ellos previamente se muestran confundidos pensando que sí tenían permiso. Y finalmente al decirles claramente que no lo tienen proceden a marcharse sin permanecer dentro.

Yo no veo delito, M OLONA abogada del Estado tampoco lo ve, y me atrevo a decir que el 99,9% de los jueces tampoco lo verían.
 

bulbullia

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20 Feb 2013
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Habla de leyes en el sentido de que hay indicios de que sí tenían permiso. Lo primero porque el que supuestamente lo ha otorgado no se muestra tajante y el amigo que graba le tiene que insistir varias veces en que no les ha dado permiso, y dos policías distintos sin hablar entre ellos previamente se muestran confundidos pensando que sí tenían permiso. Y finalmente al decirles claramente que no lo tienen proceden a marcharse sin permanecer dentro.

Yo no veo delito, M OLONA abogada del Estado tampoco lo ve, y me atrevo a decir que el 99,9% de los jueces tampoco lo verían.
El único indicio es la palabra de 2 policías y no es suficiente.Tampoco se puede considerar consentimiento el no atreverse a obstaculizar la entrada y mucho menos tras las recientes interpretaciones de la intimidación ambiental o por prevalimiento que es lo que se intuye con la actitud prepotente de los policías y acojonada del morador. Además tardan un ratito en salir desde que les echan a voces y bloquean con el pie la puerta.
 

Ayios

Madmaxista
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30 May 2015
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El único indicio es la palabra de 2 policías y no es suficiente.Tampoco se puede considerar consentimiento el no atreverse a obstaculizar la entrada y mucho menos tras las recientes interpretaciones de la intimidación ambiental o por prevalimiento que es lo que se intuye con la actitud prepotente de los policías y acojonada del morador. Además tardan un ratito en salir desde que les echan a voces y bloquean con el pie la puerta.
No, el indicio es el vídeo por las razones que te he expuesto.

Si la voluntad de los policías hubiese sido allanar la morada no se habrían ido al decirles que no tienen permiso, y dado que el allanamiento de morada imprudente no existe, yo no veo delito alguno ahí.