Eshpañavabien
Madmaxista
Hola, en primer lugar gracias por la iniciativa.
Mi consulta es si una empresa que ha solicitado un ERTE de fuerza mayor y este está aprobado por silencio administrativo puede incorporar a los trabajadores cuando le de la gana o por ejemplo hacerles trabajar días concretos.
Tenía entendido que lo anterior se puede hacer en un ERTE de causas económicas, organizativas, etc pero que en un ERTE de fuerza mayor, hasta que no acabe en este caso el estado de alarma no pueden obligarte a trabajar.
Entiendo que de hacerlo, la empresa cotizaría por el empleado esos días, pero repito con ERTE de fuerza mayor.
Tema aparte es que realmente creo que únicamente se ha llegado a parar 1 día y se siguió trabajando después con poca plantilla pero se ha seguido.
Creo que esto es por un permiso dado por industria por motivos de tener contratos internacionales y seguramente ni proceda dicho ERTE de fuerza mayor y vengan posibles sanciones en el futuro.
Gracias.
Sé de casos que han presentado solicitud de desistimiento de ERTE FM por tener mantenimiento con algunos trabajadores y no era un fuerza mayor del todo claro, y se ponen la tirita antes de la herida. Porque cualquier ERTE es revisable en un futuro en base a la ley 39/2015, y te pueden abrir expediente de lesividad si se carecía de requisitos esenciales para el mismo.