Alud de consultas a asesores para 'fugarse' a Portugal y Reino Unido

Fugarse es sin duda el término apropiado, ya que es a lo que esta convergiendo la España izmierdosa pogre actual.

¿Por?. ¿No pueden asesorar desde el extranjero?


Si viven en el extranjero y tienen la empresa en el extranjero, sí.
 
¿Por?. ¿No pueden asesorar desde el extranjero?
Claro. Piensa un poco. A quienes van asesorar, a los portugueses para vivir en portugal??? Ainssss
Aparte de que La colegiación en las diferentes profesiones implica estar empadronado en la provincia de turno española.
 
Última edición:
Corroboro: Tengo un amigo que lleva preparando eso desde hace meses. La semana pasada encontró por fin sitio y se muda en febrero.

El caso es que desde el 10N los precios de alquiler cerca de la frontera se han disparado. Lo que costaba 700€ en octubre se ha puesto en 1.000€ en apenas tres meses.

Además, ha alquilado en una urbanización y parece, qué casualidad, que su vecino es otro gallego recién trasladado.

No se refiere a esto el OP, se trata de vivir en España pero que el dinero y la sede social de tu empresa (de tenerla) esté en Portugal o UK, aunque no es de extrañar que también se empiece a ver con buenos ojos el panorama laboral del "menos avanzado" país vecino y mucha gente le seduzca la idea de mudarse del todo a ciudades fronterizas. Me parece a mi que en 2 o 3 años nos pasan por la derecha.

En resumen, que todas las reformas las van a pagar los ricos, la cuestión es que como ya se vaticinaba los ricos no se hicieron ricos siendo simple y se van a largar todos en espantada, y no se les puede reprochar nada.
 
No es una exención total, consiste en tributar fijo al 20% durante esos 10 años
 
¿Por?. ¿No pueden asesorar desde el extranjero?

Por supuesto, si tu "centro de intereses económicos" está en cualquiera de esos países y eres residente fiscal. Muchas profesionese permiten ese tipo de flexibilidad, asesor financiero diría que es una de ellas.
 
No es una exención total, consiste en tributar fijo al 20% durante esos 10 años

No exactamente. Ese 20% a 10 años es aplicable pra "no residentes habituales" que obtengan rentas DENTRO de Portugal. Para el resto, están exentos

The Non-Habitual Resident (NHR) tax code offers a range of preferential tax rates and exemptions in Portugal. Those granted NHR status are given a tax exemption in Portugal on all forms of taxable income (employment, business, investment, rental, capital gains and pension) that they receive from abroad. Income obtained from inside Portugal is taxed at a flat rate of 20%. This special status is granted for 10 years.
 
Por otro lado, mi consulta es: si me mudo a portugal y obtengo las rentas del capital en España y en otro países, y al ser NHR en Portugal y por tanto exento de tasas, entiendo que en España no pagaría a Hacienda por el rendimiento del capital porque se supone que ya lo estoy pagando en Portugal (aunque sea 0%), ¿es esto correcto?
 
Por otro lado, mi consulta es: si me mudo a portugal y obtengo las rentas del capital en España y en otro países, y al ser NHR en Portugal y por tanto exento de tasas, entiendo que en España no pagaría a Hacienda por el rendimiento del capital porque se supone que ya lo estoy pagando en Portugal (aunque sea 0%), ¿es esto correcto?

Salvo retenciones de dividendo que no puedas quitarte por acuerdos de doble imposición estás en lo cierto, por mucho que les aguante.

Yo la verdad, si no fuera por la familia y que mi muyer tiene un buen trabajo... Me iría allí a componer unos años. Además ha sido dejar de remar y salirme el curro soñado en uno de mis sectores. Me da mucha pereza ya que me he acostumbrado a no remar, pero aunque sea habrá que darle una oportunidad.
 
Salvo retenciones de dividendo que no puedas quitarte por acuerdos de doble imposición estás en lo cierto, por mucho que les aguante.

Yo la verdad, si no fuera por la familia y que mi muyer tiene un buen trabajo... Me iría allí a componer unos años. Además ha sido dejar de remar y salirme el curro soñado en uno de mis sectores. Me da mucha pereza ya que me he acostumbrado a no remar, pero aunque sea habrá que darle una oportunidad.
vamos, que pagas cero impuestos en portugal y cero en españa

bueno pues en cuanto llene la buchaca hasta donde quiero ya sé mi candidato número uno para irme a dejar de remar. Y encima te lo dan por 10 años... viva Portugal jorobar, así sí
 
Salvo retenciones de dividendo que no puedas quitarte por acuerdos de doble imposición estás en lo cierto, por mucho que les aguante.

Yo la verdad, si no fuera por la familia y que mi muyer tiene un buen trabajo... Me iría allí a componer unos años. Además ha sido dejar de remar y salirme el curro soñado en uno de mis sectores. Me da mucha pereza ya que me he acostumbrado a no remar, pero aunque sea habrá que darle una oportunidad.
¿Y en el caso de un jubilado de un pais europeo que vaya a vivir a Portugal, tambien estaria exento de IRPF durante 10 años?
 
¿Y en el caso de un jubilado de un pais europeo que vaya a vivir a Portugal, tambien estaria exento de IRPF durante 10 años?

Así es, las pensiones también están exentas si se obtienen desde un país con acuerdo de doble imposición, como por ejemplo España.
 
Así es, las pensiones también están exentas si se obtienen desde un país con acuerdo de doble imposición, como por ejemplo España.

Si tienes una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez aquí en España estás exento de IRPF no hace falta irte a Portugal.
Pozdrawiam.
 
una pregunta para gente que pilote de economia, o de derecho, para todos, pero especialmente para ellos....

que posibilidad hay que pueda suceder un corralito en España como sucedio en su dia en Argentina?

gracias
 
Por supuesto, si tu "centro de intereses económicos" está en cualquiera de esos países y eres residente fiscal. Muchas profesionese permiten ese tipo de flexibilidad, asesor financiero diría que es una de ellas.
hacienda es muy picara y tambien considera que tu asesoria es española si la mayor parte de tus clientes lo son.
 
Si tienes una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez aquí en España estás exento de IRPF no hace falta irte a Portugal.
Pozdrawiam.

hombre yo es que en los detalles no entro. Pero en mi caso hablo de la pensión de carácter general que sí tributa. Entiendo uqe estarías exento en España y a la vez en Portugal durante 10 años. Si tienes absoluta o gran invalidez creo que irte a Portugal o a donde sea no es la mayor de tus preocupaciones.

hacienda es muy picara y tambien considera que tu asesoria es española si la mayor parte de tus clientes lo son.

Por eso he dicho "centro de intereses económicos". No obstante habría que observar cada caso y asesorarse adecuadamente.
 
Yo tengo prevista la fuga a Portugal en cuanto Vagox/PP vuelvan a tocar poder. Casi nos arruinan la última vez, pero ahora vienen con ganas de llevárselo todo por las buenas o por las malas. Ya tengo varias casas vistas, de momento hay tiempo porque la legislatura será larga, pero después puede pasar cuanquier cosa, golpes de estado incluidos.
 
Esto ha ansioso hoy



Como es lógico, el juntaletras no tiene ni fruta idea de lo que escribe (se le ve) y no explica una guano. ¿Alguien tiene más detalles? ¿afecta sólo a pensiones o también a rendimientos del capital?
 

Estadísticas del foro

Temas
2.049.605
Mensajes
58.152.824
Miembros
190.834
Último miembro
Xxtoxicxx

El blog de burbuja.info

Volver