Si sería una opción, pero mi dilema es si "complicarme" la vida con Hacienda, en unos momentos en los que andan caninos, por sacarle algo mas de interés al dinero.
Tuve hace un par de años una discrepancia a la hora de hacer la declaración de la renta y después de recibir las cartitas certificadas, ir a Hacienda y presentar todo lo que me solicitaban me siguieron reclamando y claro como era poco importe, después de perder dos mañanas me la envaine y pague teniendo yo razón. Juegan con ventaja, estas indefenso ante sus caprichos.
No voy a mover la pasta a otra "cuanta vivienda" por si luego me trae complicaciones aunque en teoría sea posible.
Gracias por la respuesta.
Vamos, mi dilema es si creéis que sea posible otra prorroga del tema de las cuentas vivienda. Copy&paste:
¿Se puede retirar el dinero de la cuenta vivienda y reinterarlo antes del 31 de Diciembre de cada año?
La respuesta es un rotundo NO. El dinero de la cuenta vivienda se ha de destinarse única y exclusivamente a la adquisición de la vivienda habitual. Cualquier dinero que se retire de la cuenta vivienda y no destinada a la adquisición deberá de devolver lo deducido más lo intereses. Además hacienda considera el dinero retirar el primer dinero que se ingresó en la cuenta, es decir el dinero más antiguo de la cuenta vivienda
Lo que sí que se puede hacer es traspasar el dinero de una cuenta/depósito bancaria/o a otra cuenta/depósito. De tal manera que por cada cuenta por la que pase el dinero, en ese momento es la cuenta vivienda, y la cuenta o depósito que se ha de declarar en hacienda es la cuenta donde se encuentre el dinero a 31 de diciembre de cada año. Un par de puntos importantes son que: Las cuentas o depósitos por la que vaya pasando el dinero debe de ser cuentas independientes y sin imposiciones y que es aconsejable recopilar todos los resguardos de movimientos de dinero para justificar ante hacienda en caso de investigación.