Como funciona la estafa de los bancos

Pinchazo

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Delendaestdomus dijo:
El riesgo de impagos lo afronta en primer lugar el banco. Cuando la banca quiebra, los depositantes recuperan algo, pero los dueños (los accionistas) lo pierden todo.
Es cierto. Antes dije que el riesgo lo ponen los depositantes, y es cierto, pero por encima de ello los primeros son los accionistas del banco.
Aunque claro, como el dinero de las acciones es muy inferior al capital prestado, está claro que si el banco quebrara, y a no ser que el Gobierno estipule algún tipo de mecanismo para asumir el problema (que debió tener origen en una mala supervisión del Banco o si no tendrían que haberse percatado del problema), son quienes ingresan el dinero los que soportarían tal circunstancia.
Afortunádamente está todo atado y bien atado y los bancos se prestan los unos a los otros de forma que esto difícilmente puede pasar a no ser que sea por un fraude manifiesto (de los de verdad, de los que se saltan los mecanismos estipulados) y que no se percataran las autoridades competentes (en cuyo caso yo vería bien en responsabilizar indirectamente a dichas autoridades) o bien, porque ocurra algo que haga fallar el sistema en su conjunto (como una caída brusca de toda la producción, provocando eventos financieros inesperados no controlados) en cuyo caso sería de esperar que las autoridades competentes buscaran situaciones excepcionales para evitar la caida del sistema.
 

dkd

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Pinchazo, infórmate aquí sobre como se ha legalizado la estafa bancaria.

http://www.jesushuertadesoto.com/pdf_dinero/cap_III.pdf

Esto no es la noosfera es la web de:

Jesus Huerta de Soto

Datos personales:

D.N.I. Nº: 2.194.025-D
Fecha de expedición: 27 de Febrero de 1991
Localidad: Madrid

Fecha de nacimiento: 23 de Diciembre de 1956
Localidad: Madrid
Estado civil: Casado

Domicilio: Príncipe de Vergara, 38
28001 Madrid
Teléfono.: 91-431 35 93

Categoría: Catedrático de Economía Política en la Universidad

Área de conocimiento: Economía Aplicada (Economía Política y Análisis Económico Institucional)

Departamento: Ciencias Sociales y Humanidades

Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Rey Juan Carlos


El sistema bancario es ilegal. ¿Necesita usted más datos señor Pinchazo?. Pero claro, al señor Pinchazo estas referencias no le interesan porque no dicen lo que quiere oir...

Pinchazo, ¿Por qué siempre ignoras esto http://www.jesushuertadesoto.com/pdf_dinero/cap_III.pdf?
¿No quieres escuchar que el sistema bancario es un fraude?

Pichazo, ¿Qué opinas sobre http://www.jesushuertadesoto.com/pdf_dinero/cap_III.pdf?
 

Delendaestdomus

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dkd dijo:
No, no has respondido. En el ejemplo, que es de lo que estamos hablando (si tú no desvias el tema), todos los depositarios son, a su vez, prestatarios, excepto el que ingreso los 10€ iniciales, el cual solo es depositario.

Es decir, en el ejemplo, el dinero de todos depositarios (excepto el primero) es en realidad crédito creado por el banco desde la nada. ¿Si o no?. Háblame del ejemplo, no desvaries y me respondas con frases como:

"Ya he respondido decenas que el banco NO CREA EL DINERO DE LA NADA, sino a partir de los bienes y servicios de los depositantes que se traducen en apuntes contables positivos una vez que se liquida su venta en el mercado."

Si el dinero no lo ha creado el banco desde la nada, dime, ¿Quien ha creado los 490€ de crédito?. Ten en cuenta que esos 490€ de crédito también son contabilizados como depósitos por el banco. Pues hemos supuesto, en el ejemplo, que lo que se obtenia del préstamo se volvía a ingresar.

Es decir, el dinero de todos los depósitos, excepto uno, es en realidad crédito creado por alguien.

Dime, Delendaestdomus, ¿Quien ha creado ese crédito?



A ti Pinchazo decirte que no has comprendido casi nada. No puedo decir nada más. He intentado explicártelo lo mejor que se pero no llegas a comprenderlo.
Es obvio, los 490 euros de crédito los han creado los depositarios al producir bienes y servicios que los deudores han comprado a plazos y han valorado en esa cantidad con su decisión de compra. Esos 490 euros de crédito no son humo, sino que son el símbolo de intercambios reales en la economía real que han generado compromisos de pago a futuro. Para hacerles frente, los deudores deberán ser capaces de ir generando bienes que los acreedores valoren en 490+intereses (el banco se puede considerar como un acreedor más por la cuantía de los intereses).

Al final de todo, un simple intercambio de bienes a futuro.

Recuerde que el dinero sólo tiene valor como instrumento de intercambio.
 

Pinchazo

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dkd dijo:
No, no has respondido. En el ejemplo, que es de lo que estamos hablando (si tú no desvias el tema), todos los depositarios son, a su vez, prestatarios, excepto el que ingreso los 10€ iniciales, el cual solo es depositario.
Si y no. El dinero recircula. Podemos decir que las deudas y los depósitos son igual a 10. Puede haber gente con solo deudas y gente prestataria sin deudas. Pero el total es solo 10.


dkd dijo:
Es decir, en el ejemplo, el dinero de todos depositarios (excepto el primero) es en realidad crédito creado por el banco desde la nada. ¿Si o no?. Háblame del ejemplo, no desvaries y me respondas con frases como:
Crea una deuda y un ingreso por un total de ¡0!
-100 para el deudor (la deuda contraida), 98 para el deudor (en efectivo) y
2 (futuro cobro de deuda) para los accionistas y los depositarios (TODOS, no solo el de 10) en una proporción acordada.
Si creas 0 dinero, ¿has creado algo?

Si el dinero no lo ha creado el banco desde la nada, dime, ¿Quien ha creado los 490€ de crédito?. Ten en cuenta que esos 490€ de crédito también son contabilizados como depósitos por el banco. Pues hemos supuesto, en el ejemplo, que lo que se obtenia del préstamo se volvía a ingresar.
El deudor. El deudor ha creado un pasivo de 500 y un activo de 500 también, del cual solo recibe 490 o incluso menos, según los acuerdos entre el deudor y el banco.

Es decir, el dinero de todos los depósitos, excepto uno, es en realidad crédito creado por alguien.
Sí... Los bancos a petición de los deudores... Se crea un dinero y se anota una deuda. El total creado es 0. El total positivo está limitado por el BC.
Por supuesto, alguien pone un "aval" al riesgo del préstamo. Estos son los accionistas y los propietarios de las cuentas bancarias existentes en el banco.
Tú puedes argumentar... Pero sí has prestado el dinero ¡no puedes sacarlo! ¡debería bloquearte la cuenta! ¡reflejar que no tienes todo el dinero disponible!
Pero resulta que dejan un margen en caja para que la gente pueda operar con el total de sus activos, siempre y cuando no lo hagan todos a la vez.
¿Preferirías que lo bloqueasen? Personalmente prefiero que lo permitan.
No vamos a retirar los activos todos a la vez, y los capitales están garantizados porque ¡hay un compromiso de devolución de deuda por parte de los deudores!.

Dime, Delendaestdomus, ¿Quien ha creado ese crédito?
Respondido está. Solo las entidades financieras están autorizadas a hacer este tipo de operaciones, pero no crean cantidades positivas, sino una cantidad positiva y otra negativa por la misma cantidad.
Claro que la positiva recircula. Se cuenta con ello. Pero no supone ningún problema. El BC, emisor del dinero inicial, tiene en cuenta el hecho y emite en consecuencia.


A ti Pinchazo decirte que no has comprendido casi nada. No puedo decir nada más. He intentado explicártelo lo mejor que se pero no llegas a comprenderlo.
Yo te he respondido lo que has planteado a Delendaestdomus. Ambos opinamos igual. Siento que mis explicaciones no sean de tu agrado, pero así son las cosas.
 

dkd

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Delendaestdomus dijo:
los 490 euros de crédito los han creado los depositarios al producir bienes y servicios que los deudores han comprado a plazos y han valorado en esa cantidad con su decisión de compra
Tu respuesta no tiene sentido. El crédito lo crea el banco. Los depositarios no tiene potestad para crear crédito. Por lo tanto los depositarios no han podido crear los 490€ de crédito. Solo el banco tiene la capacidad de crear crédito (es decir, dinero). Este es el problema raíz.

Es el banco el que crea el crédito.

Si te empeñas en negar la evidencia de que el banco es el que crea el crédito, entonces aquí se acaba la discusión.
 

Pinchazo

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dkd dijo:
Tu respuesta no tiene sentido. El crédito lo crea el banco. Los depositarios no tiene potestad para crear crédito. Por lo tanto los depositarios no han podido crear los 490€ de crédito. Solo el banco tiene la capacidad de crear crédito (es decir, dinero). Este es el problema raíz.

Es el banco el que crea el crédito.

Si te empeñas en negar la evidencia de que el banco es el que crea el crédito, entonces aquí se acaba la discusión.
Es obvio que Delendaestdomus se refiere al respaldo real del dinero.
Los 490 son generados porque el BC lo ha autorizado, indirectamente. Y lo hace porque hay una sociedad que respalda los 490 con su esfuerzo.

El banco crea los 490, pero a costa de una doble anotación. Una positiva y otra negativa. El banco ha creado "algo" (positivo y negativo) pero ese algo tiene un total 0.
Pero para poder realizar dicha anotación, el banco debe tener 500 en depósitos que comparten (casi asumen en su totalidad) el riesgo de la operación de préstamo.
Por supuesto, las operaciones se hacen con cierto control, haciendo que dicho riesgo sea realmente bajo.
Por compensación a dicho riesgo, tanto accionistas como los depositarios, se llevan un beneficio.
¿Donde está el problema?
 

Delendaestdomus

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dkd dijo:
Tu respuesta no tiene sentido. El crédito lo crea el banco. Los depositarios no tiene potestad para crear crédito. Por lo tanto los depositarios no han podido crear los 490€ de crédito. Solo el banco tiene la capacidad de crear crédito (es decir, dinero). Este es el problema raíz.

Es el banco el que crea el crédito.

Si te empeñas en negar la evidencia de que el banco es el que crea el crédito, entonces aquí se acaba la discusión.
La evidencia que te empeñas en negar es que detrás de cada apunte contable en el ejemplo de los 10 euros hay una transacción real, de bienes reales en la economía real. Sin una demanda de la economía real detrás, los 10 euros inicialmente depositados se quedarían en la cámara acorazada criando polillas por falta de gente con necesidad de endeudarse. Si la gente no depositase el pago que recibe a cambio de sus bienes en el banco, no habría más préstamos. No se puede pretender que todo el proceso depende sólo del agente que se dedica a casar las demandas de los deudores con las de los acreedores; su papel es el de intermediario entre las necesidades financieras temporales de unos y el exceso temporal de capacidad financiera de otros.

10 euros en billetes emitidos en papel físico han sido capaces de intermediar unas 340 transacciones en la economía real (con coeficiente de caja 2) que han significado un flujo de bienes (desde los acreedores hacia los deudores). Ése es todo el misterio. Como recuerdo de dichas transacciones se dejan unos apuntes en números deudores o acreedores que habrá que cancelar mediante transacciones posteriores de bienes (desde los deudores hacia los acreedores) en la economía real. Al final, seguirán quedando 10 euros en billetes en la caja fuerte y todos tan contentos, cada uno con los bienes que necesitaba.

Si vuelves a la carga con los intereses, supongo que ya te habrás dado cuenta de que, si se gastan en lugar de acumularse, no implican mayor problema. Son sólo otra ruta de circulación del dinero.
 

dkd

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No Delendaestdomus. El que te empeñas eres tú en ignorar el fraude bancario. Te lo he intentado mostrar por activa y por pasiva y no has comprendido nada de nada.

Tú escudas tus razonamientos en que como la economía funciona pues todos contentos. Y las cosas no son así. Existe algo llamado justicia y jovenlandesalidad.

Creo que he dejado suficiente información escrita para dejar más que claro como funciona la estafa bancaria. Os lo vuelvo a repetir. Yo os he puesto la Luna delante de vuestros morros ahora la tarea de verla es cosa vuestra.

La paciencia tiene un límite. Uno se cansa de repetir las mismas cosas una y otra vez y ver que no sirve para nada.

Aquí te dejo un enlace que describe como se ha legalizado la estafa bancaria.

http://www.jesushuertadesoto.com/pdf_dinero/cap_III.pdf

Pero claro, por lo que he visto, sobre eso no os interesa hablar. Lo importante es enrevesar las cosas y que nadie se entere de que el sistema bancario hunde sus raices en la estafa y la ilegalidad.
 

descer

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Estimado dkd:

Yo en particular he aprendido mogollon con tu hilo, bajo mi punto de vista esta entre los 3 mejores del foro desde q empeze a leerlo en mayo. No tenia ni idea de como funcionaban los bancos hasta q tu has iniciado este hilo; he leido por encima el libro q mencionas en tu ultimo mensaje y veo q en espana en 1921 era obligatorio un coeficiente de caja del 100%, con lo cual esta moda (forma de funcionar) es nueva por lo menos aqui, tambien leo q todos los bancos q la han utilizado mas tarde o temprano han quebrado.

Tu tranquilo, hay banda q vive de ello y le interesa q siga asi (la quiebra del sistema bancario les beneficia o cuando menos no les perjudica ya q tienen bien la formacion, bien ... para salir airosos de una quiebra, por ejemplo en el corralito en argentina no todos los depositantes perdieron el dinero hubo un grupo q tuvo informacion en base a ella saco el dinero, estos salieron beneficiados ya q dispusieron de una cantidad de dinero fuera del pais q una vez hundidos los demas les situo varios niveles por encima de todas las demas personas q componen la sociedad, sin necesidad de trabajo ni de nada mas, solo en base a una informacion oculta; hay banda q su objetivo en la vida es tener mucho mas dinero q los demas sea como sea, no avanzar como persona, no mejorar la sociedad, solo tener mas dinero para q los demas en teoria los envidien, pobres de ellos) y q nadie lo sepa, ya q a dia de hoy nadie pero nadie de los q yo conozco tiene ni idea de q el sistema bancario funcione asi.

Si los banqueros quieren arriesgar dinero en prestamos, q arriesgen su dinero, no mi dinero. Hasta lo q he aprendido yo opino asi.

Muy bueno el pq el interes bancario es el principal y casi unico responsable de la creacion de inflaccion, no tenia ni idea, esto todavia lo estoy entendiendo. Estoy muy liado ahora y puedo decicarle poco tiempo.

Mas o menos voy entendiendo, cada vez me cuesta menos, esto es gracias a ti.

Repito muy muy buena tu aportacion.

un saludo
 
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descer

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Los particulares no pueden exigir responsabilidades al Estado en caso de quiebra de u

Los particulares no pueden exigir responsabilidades al Estado en caso de quiebra de un banco, segْn el TUE

Los ciudadanos particulares no tienen derecho, de acuerdo con la legislaciَn comunitaria, a exigir responsabilidades a los َrganos nacionales de vigilancia bancaria o al Estado en el caso de que un banco quiebre como consecuencia de un fallo en sus tareas de supervisiَn, segْn una sentencia del Tribunal de Justicia de la Uniَn Europea (TUE) hecho pْblico hoy. <BR><BR>
Lo ْnico que garantiza la normativa comunitaria sobre sistemas de garantيas de depَsitos es que los particulares han de ser indemnizados cuando como consecuencia de una quiebra no pueden disponer de sus ahorros, hasta una cantidad de 20.000 euros, seٌala el Tribunal.<BR><BR>
Incluso aunque la legislaciَn europea sobre bancos impone a las autoridades nacionales ciertas obligaciones de vigilancia sobre las entidades de crédito y protegen a los depositantes, esto no significa que se creen derechos en favor de los ahorradores en caso de desapariciَn de sus ahorros como consecuencia de un incumplimiento de estas tareas de supervisiَn.<BR><BR>
En consecuencia, el Tribunal de Justicia estima que la normativa comunitaria no puede interpretarse en el sentido de que confiere a los particulares el derecho a exigir de los َrganos de supervisiَn nacionales la adopciَn de medidas de vigilancia adecuadas, ni el derecho a pedir responsabilidades a este َrgano o al Estado en caso de un fallo en las tareas de supervisiَn.

12/10/2004

http://www.webdehogar.com/noticias/0410/12113641.htm
 

sephon

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Voy a ser un poco pillín...

y echare mas leña al fuego...

Asi pues, si lo he entendido bien. Tu pones dinero en un banco, por el que te dan intereses, y te crees que tienes este dinero porque hay un numero en un ordenador que dice que tienes este dinero. El hecho que valor real de el dinero "fisico" (en el sentido de billetes y monedas) que almacena el banco solo sea 1/50 del dinero que tu has ingresado no supone ningun problema.

Y sin embargo...

Tu pones dinero en Afinsa, por el que te dan intereses, y te crees que tienes este dinero porque hay un papel que dice que tienes unos sellos por ese valor. El hecho que el valor real de los sellos que almacena Afinsa solo sea 1/50 del dinero que tu has ingresado es una estafa en toda regla...

Mi argumentacion tiene un fallo, aunque no es tan grande... A ver cuando tardais en encontrarlo ;)

EDITO: Dentro de unos dias os dare mi opinion al respeto ;)

EDITO 2: Me gustaria recordaros que ni Forum Filatelico ni Afinsa tuvieron nunca problemas para pagar a sus clientes cuando estos intentaban recuperar su inversion. Los problemas empezaron cuando se inicio la investigacion y gran parte de los clientes quisieron sacar su dinero en efectivo. Lo que seria muy parecido a lo que pasaria si la mayoria de los clientes de un banco quisieran cancelar sus cuentas en efectivo al mismo.
 
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dkd

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Gracias Descer. Me alegro de que por lo menos una persona se haya dado cuenta de que los bancos no son lo que parecen y empiece a dudar del sistema. Pero Descer, no te fies de lo que digo yo, ni de lo que dice nadie, infórmate tú mismo y te darás cuenta realmente de la clase de sociedad en la que estamos viviendo...

Sephon, totalmente de acuerdo contigo. El sistema de reserva fraccionario que utilizan los bancos es muy parecido al timo de forum y afinsa. Decir que Forum y Afinsa actuaban de manera muy parecida a como actuan los bancos, y todo era supuestamente legal. El sistema bancario acabará igual...La explosión empezará en EEUU y luego...RESET GLOBAL....puede tardar un año o 10 en producirse pero de lo que no hay duda es que los intereses no pueden devolverse si no hay crecimiento económico. Cuando el peakoil nos lleve a la irremediable gran recesión el sistema capitalista global habrá terminado para siempre.

Saludos.
 
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Delendaestdomus

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dkd dijo:
No Delendaestdomus. El que te empeñas eres tú en ignorar el fraude bancario. Te lo he intentado mostrar por activa y por pasiva y no has comprendido nada de nada.

Tú escudas tus razonamientos en que como la economía funciona pues todos contentos. Y las cosas no son así. Existe algo llamado justicia y jovenlandesalidad.

Aquí te dejo un enlace que describe como se ha legalizado la estafa bancaria.

http://www.jesushuertadesoto.com/pdf_dinero/cap_III.pdf

Pero claro, por lo que he visto, sobre eso no os interesa hablar. Lo importante es enrevesar las cosas y que nadie se entere de que el sistema bancario hunde sus raices en la estafa y la ilegalidad.
Para que HAYA FRAUDE TIENE QUE HABER ENGAÑO, tanto desde el punto de vista de la justicia como del de la jovenlandesalidad.

Leyendo al señor Jesús Huerta, albricias al menos no condena la existencia del préstamo con intereses y recuerda el cachondeo que se llevaban en la Edad Media para camuflar los muy necesarios préstamos cuando éstos estaban prohibidos.

Según la opinión de dicho señor, la economía para funcionar necesita del préstamo y de los intereses. Algo es algo, al menos la mera existencia de estos dos fenómenos no es un fraude (y espero que le haga más caso al señor Huerta que a mí) como defiende la historia "Quiero toda la Tierra y un cinco por ciento"; en la que, por cierto, el préstamo comienza con las existencias de oro propiedad del orfebre, no hay nada de depósitos.

La objeción de Huerta consiste en que hay un fraude porque los depositantes entregan el dinero como si fuera un depósito de simple custodia mientras que los banqueros lo reciben como si fuera un contrato de préstamo (página 111 del enlace).

Bueno pues eso es falso.

Los depositantes SABEN que su dinero se empleará en conceder préstamos y que si esos préstamos no se pagan perderán cualquier cantidad superior a la que esté garantizada por el fondo de garantía de depósitos. En mi pueblo, al menos, hasta los abuelos de boina y traje de pana sabían que los bancos prestaban con el dinero que metía la gente en la cartilla y que cuando todo el mundo quería sacar el dinero de golpe, se quedaban sin nada. Por eso mismo, había algunos con aversión total al riesgo que iban el día uno a sacar su pensión de la cartilla y dejarla en la hucha para pasar el mes.

Si considera que la gente está mal informada sobre este punto en particular, no dudaría en apoyar que se incluyeran algunas horas de matemáticas financieras en algún curso de la ESO. Ahora mismo, no sé si se siguen estudiando los intereses, a mí me los explicaron así como que los bancos prestaban lo que metías en la cartilla en las matemáticas de la antigua EGB.

Por su parte, los banqueros reciben el dinero como un contrato de préstamo con limitaciones: el coeficiente de caja acota la cantidad máxima a prestar y, además, tienen la obligación de devolver los depósitos en tanto en cuanto el Banco Central no autorice a una limitación en la cuantía máxima de las retiradas. Eso también lo saben los banqueros y, si lo olvidan, lo normal es que terminen en la guandoca.

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El señor Huerta se queja de que la regulación sobre la banca moderna surgió a remolque de los hechos consumados. Las primeras operaciones de préstamo del dinero depositado por los orfebres británicos fueron ciertamente delictivas si se realizaron con engaño de los depositantes. Sin embargo, las nuevas realidades sociales obligan a cambios en la legislación y del mismo modo que fue necesario regular la objeción de conciencia primero y la supresión del servicio militar después; también se hizo necesario regular el préstamo por parte de la banca. Una vez regulado, deja de ser delito en tanto en cuanto se atenga a las normas.

Además, al encorsetar lo que antes se hacía por libre, se pudo incrementar la seguridad del sistema al introducir el coeficiente de caja como límite a la concesión de crédito. Algo que en un sistema basado en los créditos privados es incontrolable.

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El señor Huerta identifica correctamente lo que está pasando en realidad en la página 115: la disponibilidad por parte de los depositantes es en realidad aleatoria. Aunque eso tampoco es decir mucho, el 100 por cien de seguridad no es garantizable por ningún sistema. Guardando el dinero en casa existe el riesgo de robo o deterioro, en un depósito puro existe el riesgo de desfalco, en el depósito bancario existe además el riesgo de impago masivo. Lo que hace falta es un poco más de cultura financiera y saber que a mayor rentabilidad, mayor riesgo. Intuitivamente, los abuelos que retiran todo su dinero el día uno aplican esa máxima porque consideran que no se pueden permitir ningún riesgo ni aunque les paguen unos intereses por dejar dinero en la cartilla.

Discutir sobre que porcentaje de riesgo es asumible (subir o bajar el coeficiente de caja, cuánta parte de los beneficios tiene que ir destinada a cubrir posibles fallidos futuros, ...) es necesario y muy saludable. Pero que no nos quieran hacer comulgar con la idea de que todo el mundo pone la seguridad por encima de todo, renunciando a cualquier beneficio (no escasean precisamente los abuelos aficionados a la bolsa).

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Su problema y el del señor Huerta se soluciona de manera muy fácil. Hagan un estudio de mercado para ver cuánta gente estaría dispuesta a "fiarse" de un banco que no diese préstamos y que se limitase al depósito puro y duro (bajo unas comisiones) y con una cobertura de, digamos 200.000 euros, por parte del fondo de garantía de depósitos. Sospecho que se encontrarían con que los potenciales clientes son los que prefieren el colchón o la caja fuerte y que, ni por esas, confiarían en ustedes (desde mi punto de vista, con buen criterio, el verdadero riesgo de la banca reside en la falta de honradez de los banqueros que se puede manifestar tanto en los autopréstamos fallidos como en salir huyendo con el dinero a lo Dioni, mucho más que en el hipotético escenario de retirada masiva de fondos). En caso contrario, adelante y monten el negocio.
 

Delendaestdomus

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sephon dijo:
y echare mas leña al fuego...

Asi pues, si lo he entendido bien. Tu pones dinero en un banco, por el que te dan intereses, y te crees que tienes este dinero porque hay un numero en un ordenador que dice que tienes este dinero. El hecho que valor real de el dinero "fisico" (en el sentido de billetes y monedas) que almacena el banco solo sea 1/50 del dinero que tu has ingresado no supone ningun problema.

Y sin embargo...

Tu pones dinero en Afinsa, por el que te dan intereses, y te crees que tienes este dinero porque hay un papel que dice que tienes unos sellos por ese valor. El hecho que el valor real de los sellos que almacena Afinsa solo sea 1/50 del dinero que tu has ingresado es una estafa en toda regla...
En el primer caso: el dinero está repartido en forma de préstamos con obligaciones de pago a futuro respaldadas por la ley concursal. Si no se pueden pagar intereses, no sólo se dejan de pagar sino que encima te cobran comisiones.

En el segundo caso:
¿Qué respalda el pago a futuro de 50 veces el valor de los sellos de Afinsa? ¿Quién ha adoptado compromisos de pago por esa cantidad? ¿Puede Afinsa exigir de algún modo (procedimiento concursal) que se hagan efectivos esos compromisos de pago? ¿Se cubre alguna parte del pago de los intereses con el principal de lo depositado por otro partícipe en lugar de suspender su pago si resulta imposible obtener la rentabilidad necesaria? ¿Tenía Afinsa ficha bancaria y estaba sujeta a la disciplina del Banco de España?

Además, no se acepta otra cosa que no sea dinero emitido por el BCE como coeficiente de caja.
 

dkd

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Delendaestdomus dijo:
Los depositantes SABEN que su dinero se empleará en conceder préstamos y que si esos préstamos no se pagan perderán cualquier cantidad superior a la que esté garantizada por el fondo de garantía de depósitos.
Si, Delendaestdomus, lo que tu digas.

Delendaestdomus dijo:
Según la opinión de dicho señor, la economía para funcionar necesita del préstamo y de los intereses.
Delendaestdomus, lo mínimo que podrías hacer es citar el texto donde dicho señor dice lo tú dices que él dice.

Delendaestdomus dijo:
Si considera que la gente está mal informada sobre este punto en particular, no dudaría en apoyar que se incluyeran algunas horas de matemáticas financieras en algún curso de la ESO.
Lo que se debería enseñar es la forma en la que funcionan los bancos.

Bueno, depués de leer, por boca de Delendaestdomus, lo que es la opinión del señor Jesús Huerta de Soto, me dispongo a pegar algunos textos que ejemplifican la verdadera opinión de:

Jesús Huerta de Soto
Catedrático de Economía Política
Universidad Rey Juan Carlos de Madrid

Las nefastas consecuencias sociales de este privilegio que se ha concedido a los banqueros(pero no a ningún otro individuo o entidad) no fueron, sin embargo, perfectamente comprendidas hasta el desarrollo, por parte de Mises y Hayek, de la denominada Teoría Austriaca del Ciclo Económico.(14) En suma, lo que los teóricos de la Escuela Austriaca han puesto de manifiesto es que empeñarse en perseguir el objetivo teóricamente imposible (desde el punto de vista jurídico-contractual y técnico-económico) de ofrecer un contrato que simultáneamente combine las mejores características de los fondos de inversión (y en especial la que consiste en la posibilidad de obtener interés de los "depósitos" realizados) con el contrato tradicional de depósito (que por definición ha de permitir su retirada a su valor nominal en cualquier momento) tarde o temprano, pero siempre de manera inexorable, ha de producir unos inevitables ajustes espontáneos, en forma, en un primer momento, de expansiones incontroladas de la oferta monetaria, inflación, mala asignación generalizada de los recursos productivos a nivel microeconómico y, en última instancia, recesión, liquidación de los errores inducidos por la expansión crediticia en la estructura productiva, y paro masivo.

Es preciso darse cuenta de que el privilegio concedido a la banca de poder ejercer su actividad con un coeficiente de reserva fraccionario implica un evidente atentado en contra de una correcta definición y defensa de los derechos de propiedad de los depositantes por parte de las autoridades gubernamentales.

Esto inevitablemente genera, como siempre que no se definen adecuadamente derechos de propiedad, un típico efecto de "tragedia de los bienes comunales", en virtud del cual los bancos son especialmente proclives a tratar de adelantarse y expansionar antes y más que sus competidores su correspondiente base crediticia. Por ello el sistema bancario basado en la reserva fraccionaria tiende siempre a la expansión más o menos incontrolada, incluso aunque se encuentre controlado por un banco central que, al revés de lo que normalmente ha ocurrido hasta ahora, se preocupe seriamente de controlarla y ponerle límites.

http://www.jesushuertadesoto.com/fronts/bancacentral_4.htm
Aunque las anteriores prescripciones de política económica puedan parecer utópicas y muy alejadas de los problemas prácticos que nos acosan, especialmente en relación con el diseño y dirección de un sistema monetario europeo, las mismas gozan de la virtualidad de indicar en todo momento, al menos, cuál es la dirección adecuada que debe tomar su reforma así como los peligros que es preciso evitar. Así, parece claro que deberemos huir tanto de un sistema de monopolistas monedas nacionales que "compitan" entre sí en un entorno caótico de tipos de cambio flexibles, como de ir hacia la créación de un banco central europeo descontrolado e inflacionario que impida la competencia entre monedas en un amplio espacio económico, no afronte los retos de la reforma bancaria, no garantice una estabilidad monetaria al menos tan grande como la de la moneda nacional más estable en cada momento histórico y suponga, en suma, un obstáculo definitivo para efectuar ulteriores reformas en la buena dirección. Quizá el modelo más practicable y adecuado a corto y medio plazo sea, por tanto, el de introducir en toda Europa una completa libertad de elección de monedas públicas y privadas de dentro y fuera de la Comunidad, ligando, como se ha intentado hasta ahora, las monedas nacionales que por razones de costumbre histórica sigan utilizándose a un sistema de tipos de cambio fijos (20) que discipline el comportamiento de la política monetaria de cada país al de aquél que la ejerza, en cada momento histórico, con mayor solvencia y estabilidad.

De esta manera al menos quedaría abierta la puerta para que en el futuro algún estado-nación de la C.E.E. siempre tenga la posibilidad de avanzar en las tres líneas de reforma monetaria y bancaria indicadas (21), forzando con ello a seguir en la buena dirección su liderazgo monetario al resto de sus socios de la Comunidad.
Y si se sigue por la senda de establecer un banco central europeo, hemos de señalar que las críticas que, en todo caso, puedan efectuarse a la futura moneda única europea han de centrarse en todos aquellos aspectos que tiendan a configurar una moneda que al menos no sea tan sólida y estable como la que hasta ahora se ha comportado históricamente mejor (el marco). Debe, por tanto, de huirse de toda flexibilización de los llamados criterios de convergencia y apostar dogmáticamente por unas instituciones monetarias europeas que tengan por objeto único e inalienable la estabilidad (si es posible absoluta) del nivel general de precios (22).

De esta manera podría reproducirse en Europa un sistema monetario muy cercano al ideal del patrón oro puro, que ha sido la moneda única mundial libremente elegida por el mercado durante extensos periodos de los últimos siglos, culminándose así el establecimiento de un marco de libre cambio europeo, libre de las interferencias y manipulaciones monetarias de cada país miembro y que por fin obligaría a que los países con estructuras más rígidas (como es el caso de España) efectuasen las reformas flexibilizadoras que necesitan para competir en un entorno en el que el recurso a una política monetaria nacional inflacionista para acomodar las rigideces estructurales ya no sea posible.

Es evidente que el trabajo definitivo sobre teoría monetaria y bancaria, a la luz de la histórica polémica que está teniendo lugar entre los partidarios de la banca libre y del banco central, aún está por hacer (23). Por ello me temo que no es aventurado pensar que el mundo continuará sufriendo de forma recurrente una y otra vez muy dañinas recesiones económicas, mientras que los bancos centrales mantengan el monopolio de emisión de moneda y el privilegio concedido por los gobiernos a los banqueros no sea abolido. Y, al igual que comenzaba este breve artículo, me atrevo a afirmar que, tras la histórica caída teórica y real del socialismo, el principal desafío teórico al que se enfrentan tanto los economistas profesionales como los amantes de la libertad de cara al próximo siglo, consistirá en luchar con todas sus fuerzas tanto en contra de la institución de la banca central, como en contra del mantenimiento del privilegio del que actualmente gozan aquéllos que ejercen la actividad bancaria privada, tal y como la misma se entiende hoy en día.

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En suma, el principal defecto de la mayoría de los teóricos defensores de la banca libre es el de no darse cuenta de que ha de ser teóricamente consustancial a su propuesta la exigencia del 100 por cien de coeficiente de reserva (16) y, en concreto, el no haber apreciado que todos los defectos que los defensores del banco central señalan al sistema de banca libre pierden virtualidad y desaparecen por completo si el mismo se lleva a cabo en base a los principios tradicionales del derecho. O, expresado de otra forma y en palabras de Mises, de lo que se trata es de someter a los bancos a los principios tradicionales del derecho civil y mercantil, según los cuales cada individuo y cada empresa ha de cumplir sus obligaciones de acuerdo con la literalidad estricta de lo establecido en cada contrato (17).

Este error está muy generalizado y afecta, en especial, a la interesante y amplia literatura que ha venido desarrollándose a partir del gran eco que supuso la publicación del libro de Hayek sobre La desnacionalización del dinero, así como por la importante crisis económica y financiera que se produjo a finales de los años 70. El comentario más importante que tengo que hacer a toda esta literatura es que en la misma, y salvo contadas excepciones, en muchas ocasiones se aprovecha la defensa del sistema de banca libre, para caer en las veleidades teóricas propias de la antigua "escuela bancaria" cuyos erróneos principios teóricos ya fueron puestos de manifiesto hace mucho tiempo. Además, en toda esta literatura, encabezada por las obras de White, Selgin y Dowd (18), entre otros, se olvida que, como hemos venido argumentando, la única manera de acabar con el banco central y sus excesos es eliminando el privilegio de reserva fraccionaria del que actualmente se aprovechan los banqueros privados.

Y es que, si quiere defenderse un sistema financiero y monetario verdaderamente estable para el próximo siglo, que inmunice en la medida de lo humanamente posible de crisis y recesiones a nuestras economías, será preciso establecer:
1) la completa libertad de elección de moneda;
2) el sistema de libertad bancaria;
3) lo más importante, que todos los agentes implicados en el sistema de libertad bancaria estén sometidos y cumplan, en general, las normas y principios tradicionales del derecho y, en particular, el principio de acuerdo con el cual nadie, ni siquiera los banqueros, debe de gozar del privilegio de prestar aquello que le ha sido depositado a la vista (es decir, un sistema bancario con un coeficiente del 100 por cien de reserva)
(19).

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Y es que encontrar una fundamentación jurídica adecuada era esencial para la pervivencia de todo el entramado de intereses creados que genera la banca con reserva fraccionaria. A cualquier persona medianamente formada se le hacía evidente que estas prácticas deberían justificarse en algo más fundado que la existencia de una simple situación de hecho. No basta con darse cuenta y afirmar, como hace Shepard B. Clough, que «los orfebres llegaron a prestar incluso, el dinero que les había sido entregado para su guarda, partiendo de la teoría y de la experiencia de que sólo necesitaban disponer en todo momento de las cantidades con que satisfacer las demandas esperadas o corrientes de sus depositantes. Estas costumbres les llevaron, por lo menos en el curso del siglo XVII, a extender ‘promesas de pago’, es decir, ‘billetes de orfebre’ que, como los billetes de banco actuales, circulaban de mano en mano.

Estas ‘promesas de pago’, que se satisfacían echando mano de los depósitos de los clientes, llegaron en realidad a sobrepasar la suma del dinero depositado. Con esto se creó el crédito por emisión de papel, un descubrimiento de alta transcendencia.»2 Y esto porque, por muy de «transcendental» que se califique el «descubrimiento» de
que es posible utilizar fraudulentamente el dinero de los depositantes o emitir
certificados de depósito en cuantía superior a lo realmente depositado, es
claro que estas situaciones de hecho comparten el mismo requisito fáctico que
se da en el resto de los actos delictivos de apropiación indebida que desde siempre han sido objeto de análisis doctrinal por parte de los especialistas en derecho penal.
Es tan evidente, por tanto, la identidad entre unos presupuestos y otros, que la doctrina no podía permanecer impasible ante la existencia de semejante irregularidad jurídica en el ámbito de la práctica económica.

Por eso no son de extrañar los grandes esfuerzos que se han realizado para
intentar justificar lo que parece completamente injustificable. A saber, que
desde el punto de vista de los principios generales del derecho sea legítima la
apropiación indebida de los fondos depositados en custodia y la emisión de
certificados de depósito en cuantía superior al dinero realmente depositado.

Sin embargo, tanta transcendencia ha tenido para los interesados (banqueros y gobiernos, básicamente) el encontrar una adecuada justificación teórica que fuera más allá de la simple solución voluntarista consistente, pura y llanamente, en declarar legal una práctica disoluta y delictiva (que es, en última instancia, lo que se ha terminado haciendo, a pesar de todas las apariencias y construcciones doctrinales), que muchos juristas no han cesado hasta hoy en su empeño por tratar de vestir con un ropaje de respetabilidad jurídica lo que hasta ahora se viene practicando.

http://www.jesushuertadesoto.com/pdf_dinero/cap_III.pdf
 
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