El depósito de dinero (en cuenta corriente y a plazo), el negocio del banco y la confianza del "ahor

NapoleonXVII

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Bueno, en cuanto me presto al juego de utilizar dinero, lo considero MI SISTEMA. Cuando, unilateralnente, una parte del sistema decide cambiar las reglas del juego a mitad de partida, aduciendo que se verían perjudicados muchos jugadores, pues me planteo levantarme de la mesa y mandarlos a tomar PC.
1. Las Reglas nunca las has conocido, son SECRETO, el secreto de su poder.

2. Levantarse de verdad sería reconstruir un pueblo y prohibir toda la hez del sistema, dinero, "historia", "ciencia", petroleo, plasticos... Pasarse al oro... ehm.. no, no es salirse del sistema.

¿le extraña a alguien a estas alturas la cotización del oro?
El Oro lo manejan ellos.

¿En serio crees que por un par de inversores individuales recientes va a cambiar el precio?

Esta todo manejado, y el 90% en sus manos, el oro no es mejor moneda.

El problema es el interés, la usura.

Además de la justicia, que no me hablen de "oro" sin antes encarcelar a todos los grandes usureros que lo han robado con sangre por siglos.

(Y hasta el propio concepto de dinero, para los mas radicales como yo).

Y es bastante simbólico usar algo tan maldito y con esa historia como el oro para querer una sociedad mejor, voluntaria y pacífica...no cuadra...
 

NapoleonXVII

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1. Las Reglas nunca las has conocido, son SECRETO, el secreto de su poder.
Es curioso que la gente acepte que Coca Cola es un secreto comercial, que las patentes sean clasificadas, que se oculten por 80 años datos de guerras anteriores...

!Pero creen que saben como funciona la banca y el crédito! !Jajaja!

Menuda ingenuidad, el oculto funcionamiento del sistema bancario, y de la ley, es el mayor secreto existente.

Piensa que al hacer un ingreso en tu propia cuenta, !Te piden firmar!

¿Porque? Jamás firmas en ningún otro lugar, el cliente RECIBE un ticket, no firma nada, es el banco el que debe entregar un resguardo.

Ingreso 50€ en mi cuenta... y quiero un ticket, un recibo de que yo he entregado 50€, a mi cuenta, en caso de que se equivoquen y no aparezcan, con eso, con SU FIRMA, SU SELLO yo puedo reclamarlas.
Al poner su sello, se han comprometido, obligado a que eso es verdad, ocurre, que esa cantidad a esa hora debería haber entrado, si no ocurrió, deben arreglarlo.

¿Para que narices deben aparecer mi firma?

Ellos dicen que para "justificar..." ¿Justificar el que?

!Que el dinero lo crean con la firma! !El efectivo es un regalo!
 

stone

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Hoy actualizaré el hilo con más info. Y aclararé, si puedo, un par de conceptos sobre el depósito irregular.

Os invito a leerlo, a los que no lo habeis hecho aun.

Saludos.

pd: NapoleónXVII, me informaré más sobre el aspecto que comentas. Si tienes más info o más ideas -sobre el tema del hilo, por guardar cierta coherencia- , éste es el momento y el lugar de compartirlas. Gracias.
 

NapoleonXVII

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pd: NapoleónXVII, me informaré más sobre el aspecto que comentas. Si tienes más info o más ideas -sobre el tema del hilo, por guardar cierta coherencia- , éste es el momento y el lugar de compartirlas. Gracias.
En Inglés podeis leer a;

- Winston Shrout (se comenta de un torrent con 50gb de sus vídeos)

Free Yourself From Banker's Slavery - YouTube

- Dean Clifford

Dean Clifford on Vimeo
DeanClifford | News Archives - DeanClifford

- El Spaniardo / White Rabbit Trust

WhiteRabbitEducation - YouTube

Son 3 de los que mejor han presentado lo que ya lleva bastante tiempo comentandose, el análisis de la verdadera situación legal, cómo está montado el sistema (jurídicamente, aunque en el fondo todo se basa en la fuerza, se han creado reglas para darse legitimidad y apariencia y no pueden recurrir a la violencia siempre que quieran, además que son cobardes y no quieren ser los responsables).

PS: No estoy de acuerdo con el texto que comienza este hilo.

El dinero en sí ya es un mal, un peligro. Y debería limitarse al máximo, que sólo afecta a ciertos artículos de lujo.

Pues todo lo que el dinero pueda comprar queda casi instantáneamente (cuestión de tiempo) en poder de quien imprime los billetes.

!Y encima no somos nosotros (estados nacionalistas) los que lo imprimimos!

Dar mayor autoridad jurídica al dinero que al hombre, es un crimen contra natura y contra ley.

Sólo ocurrió con el triunfo del judaísmo en el XIX, las desamortizaciones y legalización de las hipotecas, algo impensable entonces.

Actualmente, por varias décadas, los bancos (privados) no crean dinero, ni lo prestan.
Los bancos "nacionales" crearon cuentas enormes por cada ciudadano, que no reclamamos, y los políticos y banqueros cobran de allí, moviendo el dinero a sus cuentas, o a cuentas en nuestro nombre.

Así, los bancos muchas veces simplemente gestionan y tramiten el cambio de cuenta de cantidades, a una más pública y conocida por nosotros, cobrando gastos de administración millonarios cargados a nuestra cuenta en el banco central "nacional".

Obviamente ocultan esa estructura, la niegan y hasta te acusan de fraude e impersonamiento por intentar accederla, pues por la nula formación legal general hace que no la soliciten de la manera correcta (aún así la negaran, pero es como funciona desde hace tiempo).

Lo dice la propia palabra ESTADO de HERENCIA.

En inglés es mas claro todavía, estate y state, ambas herencia, propiedades.

El estado es el gestor de lo común (toda la tierra) y debería mandar beneficios, cheques a cada nacional, y aceptar facturas de lo que la constitución garantiza, luz, agua, comida, etc...
 
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stone

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No constituye delito de apropiación indebida la disposición de la indemnización adelantada por parte de la aseguradora mientras se resolvía un caso de accidente de tráfico


En cuanto a los títulos idóneos para aplicar el tipo penal por recibir en virtud de ellos el autor del delito el bien de que se acaba apropiando, la ley relaciona el de depósito, comisión o administración y termina con una fórmula abierta que permite incluir todas aquellas relaciones jurídicas por las cuales la cosa mueble pasa a poder de quien antes no la tenía, bien transmitiendo la propiedad cuando se trata de dinero u otra cosa fungible, en cuyo caso esta transmisión se hace con una finalidad concreta, consistente en dar a la cosa un determinado destino (por esto se excluyen el préstamo mutuo y el depósito irregular, porque en estos la cosa fungible se da sin limitación alguna a quien la recibe, para que este la emplee como estime oportuno), o bien sin tal transmisión de propiedad, esto es, por otra relación diferente, cuando se trate de las demás cosas muebles, las no fungibles, lo que obliga a conservar la cosa conforme al título por el que se entregó ( STS 830/2004, de 24-6 ).
 

stone

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Propuesta de Código Mercantil elaborada por la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación

18) Contratos Financieros.

VI-116. El primer contrato que se contempla es el depósito de dinero, con una regulación muy novedosa que pretende destacar implícitamente la mercantilidad de los depósitos de dinero en las entidades de crédito. No se niega, sin embargo, la posibilidad de admitir esta figura en relaciones esporádicas, pero estableciendo una regulación que imposibilite prácticamente o dificulte, por los peligros que conlleva la intermediación financiera ilegal, la generación de depósitos de dinero fuera del sistema bancario.

VI-117. La regulación parte de la particular característica del dinero de curso legal, que no es hoy un instrumento fiduciario sino un bien de valor autónomo. Lo esencial del depósito de dinero a diferencia del préstamo es que el depositario no adquiere la propiedad. Por el contrario, pesa sobre él una determinada obligación de custodia que se matiza cuando el custodio es una entidad de crédito autorizada para la captación de depósitos y que puede emplearlo para realizar actividades de banca.

VI-118. Se abandona por tanto la tesis del depósito irregular, en cuanto la concepción actual del dinero no necesita de dicho remedio, y se enfatiza la obligación de custodia incorporando en caso de incumplimiento de dicha obligación las teorías propias del Derecho anglosajón sobre mezcla de bienes en caso de infracción de obligaciones fiduciarias y acción de devolución de ganancias obtenidas.
No se transmite la propiedad, dicen, pero el banco puede emplearlo en sus actividades... ejem, ejem
 

stone

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HOMEWORK

1. The bank you own has the amowing balance sheet

Assets
Reserves $75 M
Loans $525 M

Liabilities
Deposits $500 M
Bank capital $100 M

(a) If the bank su ers a deposit outflow of $50 million with a required reserve ratio on deposits of 10%, what actions must you take to keep your bank from failing?
tic, tac