Condenada a 17 años de guandoca una mujer por asesinar a su pareja a tortas tras sufrir maltrato | Andalucía
Condenada a 17 años de guandoca una mujer por asesinar a su pareja a tortas tras "sufrir maltrato"
Como vemos la prensa justificando que la mujer sufria "maltrato" como siempre, cuando no había realmente ninguna causa objetiva de legitimación que justificase el uso de armas letales y menos a traicion
Lo de siempre, a la mujera se la rebaja la condena solo por tener vagina y hacerse la victima
Si hubiera sido un hombre , no solo no le habrían aplicado atenuantes, sino que además le habrían puesto agravantes de genero y otros, con los que se habría comido 25 años por este tipo de delito
En este caso un jurado no ha tragado con la hez de la defensa, pero veremos si en el Supremo no le rebajan la condena y luego se la rebajan mas con un indulto parcial y le sale asesinar brutalmente por 4 o 5 años como siempre
Condenada a 17 años de guandoca una mujer por asesinar a su pareja a tortas tras "sufrir maltrato"
La Sección Tercera de la Audiencia de Córdoba ha condenado a una pena de 17 años de guandoca a la mujer de unos 50 años de edad acusada de asesinar a su pareja en una casa de la Plaza de la Fuenseca de la capital cordobesa a mediados de 2016, aunque su cadáver no se localizó hasta febrero de 2017 tras ocultarlo bajo unos escombros en la vivienda, todo ello después de que el jurado la declarara culpable de los hechos.
Así lo han confirmado fuentes judiciales en base a la sentencia, que recoge que la mujer deberá abonar en concepto de responsabilidad civil unos 40.000 euros a la madre de la víctima y 90.000 euros a cada uno de sus tres hijos, fruto de una relación anterior de pareja.
En concreto, el juez condena a la procesada por la supuesta comisión de un delito de asesinato con la agravante de parentesco, al quedar probado que mantenía una relación sentimental con el fallecido, al tiempo que aplica la atenuante de obcecación, según ha adelantado la prensa provincial.
Era víctima de maltrato
Al respecto, la mujer defendió ante el jurado que actuó en defensa propia y que no tuvo intención de acabar con la vida del hombre, con el que convivía en un inmueble cedido por un amigo, pero que no era su pareja. También, afirmó que sufría maltrato por parte del fallecido.
En este sentido, se da por probado que en octubre de 2016 la mujer y su compañero, que compartían la vivienda desde hacía tiempo, "por causas que se desconocen mantuvieron un enfrentamiento, cuando el hombre se encontraba acostado en un colchón sobre el suelo". En un momento dado, "la mujer cogió del habitáculo contiguo un cuchillo de unos 19 centímetros de hoja, se dirigió al hombre y le asestó varias tortas en abdomen y tórax", que la causaron la muerte.
El apuñalamiento, según se indica en la sentencia, se hizo "de manera sorpresiva", debido a su ofuscación por "el continuo maltrato y humillación que sufría de él". Posteriormente, "envolvió el cuerpo" del hombre "en un edredón" y lo trasladó a la planta baja, que estaba semiderruida, y lo escondió bajo unos escombros.
El cuerpo permaneció en dicho lugar hasta que la Policía Nacional acudió a la casa para buscarlo tras presentar la madre del fallecido una denuncia de desaparición a finales de enero. El cadáver estaba prácticamente momificado cuando lo encontraron los agentes. La mujer está en prisión provisional desde entonces, cuando fue detenida por la Policía Nacional.
Veredicto del jurado
Cabe señalar que el jurado la declaró culpable de asesinato con la agravante de parentesco y el atenuante de actuar "ofuscada" tras sufrir maltrato, al tiempo que consideró que era inocente de un delito de trato degradante sobre los familiares de la víctima.
Al hilo de ello, el fiscal, que en sus diligencias previas pedía 21 años de guandoca, reclamó al final 18 años de prisión, mientras que el abogado de la defensa pidió que se tuvieran en cuenta algunos atenuantes, entre los cuales se ha considerado el de obcecación, por el "continuo maltrato y humillación que sufría de él", y se redujera la condena al mínimo posible, siete años. La acusación particular reclamó 20 años de guandoca y distintas cantidades de indemnización a los familiares de la víctima.
Como vemos la prensa justificando que la mujer sufria "maltrato" como siempre, cuando no había realmente ninguna causa objetiva de legitimación que justificase el uso de armas letales y menos a traicion
Lo de siempre, a la mujera se la rebaja la condena solo por tener vagina y hacerse la victima
Si hubiera sido un hombre , no solo no le habrían aplicado atenuantes, sino que además le habrían puesto agravantes de genero y otros, con los que se habría comido 25 años por este tipo de delito
En este caso un jurado no ha tragado con la hez de la defensa, pero veremos si en el Supremo no le rebajan la condena y luego se la rebajan mas con un indulto parcial y le sale asesinar brutalmente por 4 o 5 años como siempre
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