Chortina Premium
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jorobate "amigo"
El problema jurídico está expuesto con claridad. Por cierto, el Reglamento del Congreso tiene una redacción similar a la del Reglamento del Parlamento de Cataluña respecto de la pérdida de la condición de diputado.LOREG
Art. 6.2 b) "son inelegibles" Los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal.
4. Las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad. Las causas de incompatibilidad se regirán por lo dispuesto para cada tipo de proceso electoral
** la ley orgánica 3/2011 que provocó esta modificación de la Loreg estaba dentro de la órbita de cambios legales para impedir la presentación y permitir la inhabilitación sobrevenida de miembros de la antigua Batasuna y candidaturas sucesoras de la misma**
Las implicaciones políticas de esta decisión son siderales.
Vuelvo a decir que el TS no va a inhabilitar a Torra y si lo hace acabará en el Tribunal Constitucional y en Estrasburgo,
UpLa Junta Electoral Central inhabilita al racista Torra y a Oriol Junqueras. Garzón llora, Rufián se cabrea, los Podemitas tiemblan, Bea Talegón tuitea alguna tontería y Pedro Sánchez...coge el Falcon . Cómo se llama la película? “La Generalitat no es para mi...”