Pasapisero_borrado
Guest
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Sr. Calopezntes de banearme a mi recuerde:
CONDENA DE PRISIÓN POR APOLOGÍA DEL RACISMO EN INTERNET | bufete conesa asociados
CONDENA DE PRISIÓN POR APOLOGÍA DEL RACISMO EN INTERNET | bufete conesa asociados
El artículo 510 del Código Penal establece:
* 1. Los que provocaren a la discriminación, al repruebo o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sesso, orientación sensual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.
* 2. Serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sesso, orientación sensual, enfermedad o minusvalía.