La Junta Electoral argumenta que no concurren causas extraordinarias de urgencia en esta convocatoria. Y es que, según la legislación vigente, se debe comunicar una concentración o manifestación con al menos 10 días de margen pero, si los motivos son de alta necesidad o urgencia, puede comunicarse con el estrecho margen de 24 horas. Este organismo opina que no concurren dichas causas.
Por otro lado, considera que "la petición de voto responsable a la que se hace referencia en la solicitud, puede afectar a la campaña electoral y a la libertad de los ciudadanos en su derecho a voto".