Sobre disolución de sociedad de gananciales en matrimonio.

jolu

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Os advierto de antemano que ya se que estas cosas se preguntan a un profesional de la materia, pero antes quiero llevar claras una serie de nociones.

Afortunadamente yo me casé en separación de bienes, a pesar de que en mi comunidad es en gananciales por defecto, pero hubo quien me recomendó no cometer ese error.

El tema es que tengo alguien muy cerca que se casó en gananciales y lo del "amol pala tola la vida" se acabó.

Os pongo en situación:

Sólo trabaja, ha trabajado y creo que trabajará el marido.
Ella ni trabaja, ni ha trabajado, ni trabajará, ni en A, ni en B, ni en C...

Ellos tienen dos hijos en común,aún menores de edad, y una propiedad adquirida tras el matrimonio (y en la que ella no aporto económicamente nada),sobre la que pesa una hipoteca, a nombre de los dos, que logicamente paga el.

Hay una petición de divorcio por parte de ella.

El divorcio aún no se ha llevado a cabo,pues va acompañado por una denuncia de esas que todos sospecháis.

Ella ni paga, ni pagará la deuda de la casa sobre la que pesa una hipoteca.

Ella no tiene nada que perder ("sólo" la casa que nunca ha pagado) porque no tiene ingresos, pero a el pueden embargarle la nómina y puede perder (realmente la ha perdido porque no la disfruta) la casa que sigue pagando.


Las preguntas son:

¿Desde cuando puede el solicitar la disolución de la sociedad de gananciales que forma el matrimonio?

¿A de esperar a la resolución del divorcio?

¿Puede negarse ella a esa disolución, aún cuando es ella la que solicita el divorcio?

¿Afecta en algo el hecho de que ella haya añadido "regalito" a la petición de divorcio, con respecto a la disolución de la sociedad?

Y por último, ¿Quien sería el especialista formado para tratar legalmente un caso como el que os expongo?

Ya se que el pobre hombre esta jodidisimo, pero os agradecería información que pueda servirle para tener las menores consecuencias nefastas posibles.
 

Covaleda

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En la sentencia de divorcio se acordará entre otras cosas la disolución de la sociedad de gananciales.
 

JIBA

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Se rumoreo que hay equipos multidisciplinarios especialistas en la resolución en este tipo de casos.
 

wolfy

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Te respondo en Rojo lo que "Creo" que sé sobre el asunto.


Las preguntas son:

¿Desde cuando puede el solicitar la disolución de la sociedad de gananciales que forma el matrimonio?

Se puede solicitar en cualquier momento, pero debe ser consensuada por ambos

¿A de esperar a la resolución del divorcio?

¿Puede negarse ella a esa disolución, aún cuando es ella la que solicita el divorcio?

La disolucion judicial de los bienes gananciales se realiza desde que la dicta un Juez, ella no se puede oponer.

Pero, si el "Ex" quiere la disolucion antes de la sentencia y ella no quiere no hay nada que hacer.


¿Afecta en algo el hecho de que ella haya añadido "regalito" a la petición de divorcio, con respecto a la disolución de la sociedad?

Creo que no, La disolución es convertir los bienes gananciales en privativos de cada parte.

Pero tranquilo, la denunciante tendrá compensaciones, no lo dudes.


Y por último, ¿Quien sería el especialista formado para tratar legalmente un caso como el que os expongo?

Un Abogado

Ya se que el pobre hombre esta jodidisimo, pero os agradecería información que pueda servirle para tener las menores consecuencias nefastas posibles.

Depende de lo hijomio que sea ella, que seguramente le habrán dado instrucciones para exprimirle al máximo a tu amigo.

Lo tiene chungo, muy chungo con la casa y los hijos, amén de la pensión que le va a tener que pasar a ella.

Yo en mi caso tuve suerte, hice separación de bienes al mes de casarme y en el momento del divorcio fue todo extremadamente quirurgico (No había hijos).

En fin, solo me queda desearle suerte a tu amigo y a ti recomendarte si estás casado que convenzas a tu pareja para que hagáis separación de bienes.
 

petalo

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La sociedad de gananciales se disuelve con la sentencia de divorcio .

Con la sentencia de divorcio solamente se disuelve la sociedad de gananciales : lo que compre uno estando divorciado es suyo , no ganancial .
La liquidación de la sociedad de gananciales disuelta ( reparto ) es otro pleito , a menos que lo hagan todo de mutuo acuerdo.
Y que ella no aportase nada ni trabajase , es indiferente : los bienes comprados durante el matrimonio son gananciales , a menos que ante Notario se diga que se compraron con dinero sólo de uno y el otro cónyuge consienta.

---------- Post added 27-ene-2019 at 21:43 ----------

Y también es ganancial el dinero ( cuentas bancarias ) aunque sólo trabaje uno.

Solamente es de uno lo que le han donado o lo que ha heredado , pero si con dinero donado COMPRÓ algo esa compra es ganancial , lo mismo si vende un piso heredado y con el dinero de la venta compra otro piso.
Si que es conveniente pactar separacion de bienes ...
 

jolu

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Te respondo en Rojo lo que "Creo" que sé sobre el asunto.

En fin, solo me queda desearle suerte a tu amigo y a ti recomendarte si estás casado que convenzas a tu pareja para que hagáis separación de bienes.
Gracias por tu respuesta, pero yo estoy casado en separación de bienes, lo he escrito en el primer mensaje.

Deduzco que en la sentencia de divorcio se realiza la disolución de gananciales si o si ????????

¿Aunque ella no quiera?

---------- Post added 27-ene-2019 at 21:54 ----------

La sociedad de gananciales se disuelve con la sentencia de divorcio .

Con la sentencia de divorcio solamente se disuelve la sociedad de gananciales : lo que compre uno estando divorciado es suyo , no ganancial .
La liquidación de la sociedad de gananciales disuelta ( reparto ) es otro pleito , a menos que lo hagan todo de mutuo acuerdo.
Y que ella no aportase nada ni trabajase , es indiferente : los bienes comprados durante el matrimonio son gananciales , a menos que ante Notario se diga que se compraron con dinero sólo de uno y el otro cónyuge consienta.

---------- Post added 27-ene-2019 at 21:43 ----------

Y también es ganancial el dinero ( cuentas bancarias ) aunque sólo trabaje uno.

Solamente es de uno lo que le han donado o lo que ha heredado , pero si con dinero donado COMPRÓ algo esa compra es ganancial , lo mismo si vende un piso heredado y con el dinero de la venta compra otro piso.
Si que es conveniente pactar separacion de bienes ...
Creo que ahora te he entendido.

Desde el momento en que haya sentencia de divorcio, lo que adquiera cada uno, será de cada uno.

Por lo que veo,habrá que meterse en abogados para el reparto de lo que hay en el matrimonio (una propiedad y deudas firmadas por ambos).

¿Ella puede negarse a ese reparto?. En esto caso estoy seguro de que ella aceptará la propiedad pero no la deuda.

Repito, ¿ella puede negarse al reparto de lo habido en el matrimonio?

Gracias.
 

enriquepastor

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Esto es algo que he pensado algunas veces y que he comentado en otros temas. Igual es una tontería pero lo comento.

Lo primero decir que el embargo de nómina es relativo, ya que el salario mínimo es inembargable por ley. De los siguientes dos salarios mínimos le pueden embargar el 30%. Si tu amigo, por ejemplo, gana 1500 euros al mes, le podrán embargar:

900 exentos, quedan 600 (1500-900=600)

De los 600 el 30%, es decir, 180 euros.

Es una buena consecuencia de haber subido el salario mínimo.

Ahora, lo que he pensado algunas veces. Siempre pensé por qué pagar un piso que no va a disfrutar, con su correspondiente ibi, seguros y demás gastos de luz, agua, comunidad, etc... donde vive ella y puede subirse a cualquier maromo, etc... Y luego pagarte el lugar donde irte a vivir.

Si a mí me pasara eso, me pensaría muy mucho dejar de pagar la hipoteca, que el banco embargue el piso lo venda y a repartir, si es que hay que repartir y fuera. Perderás dinero, sí, pero también pierdes dinero de estar pagando hipoteca y gastos asociados durante muchos años que ella tenga la custodia (el piso). Y tu ex no se beneficia de un piso gracias a una legislación injusta. La pensión de alimentos del crío si lo hay, habrá que seguir pagandola obvio, pero te ahorras el doble pago de alquiler + hipoteca.

Un saludo.
 

petalo

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Hay que meterse en abogados porque el trámite ( si no hay acuerdo) es judicial .
Ella no puede oponerse al reparto , es un procedimiento en el que ella sólo puede oponerse a que se incluyan o excluyen bienes a partir o a su valoración.. en tal caso se nombran peritos e interviene un contador- partidor nombrado por el juzgado (pero cobra)

---------- Post added 28-ene-2019 at 01:00 ----------

No , iniciado el procedimiento ( demanda de liquidación) ella puede oponerse a que se incluyan o excluyen bienes , o su valoración.... el trámite sigue con su oposición: peritos , contador que reparte ... todo pagando abogados.
Otra solución es esperar a liquidar hasta que los hijos sean autónomos y no necesiten la vivienda . Se sigue pagando la hipoteca gasta que se venda el piso ( al no haber gananciales, el que paga recibirá más de la venta porque tiene más parte ).
Los alimentos o manutención de hijos no tienen nada que ver con la liquidación de gananciales , a los hijos hay que atenderlos hasta que sean autónomos, es decir , indeoenduindependientes entes
 

jolu

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Hay que meterse en abogados porque el trámite ( si no hay acuerdo) es judicial .
Ella no puede oponerse al reparto , es un procedimiento en el que ella sólo puede oponerse a que se incluyan o excluyen bienes a partir o a su valoración.. en tal caso se nombran peritos e interviene un contador- partidor nombrado por el juzgado (pero cobra)

---------- Post added 28-ene-2019 at 01:00 ----------

No , iniciado el procedimiento ( demanda de liquidación) ella puede oponerse a que se incluyan o excluyen bienes , o su valoración.... el trámite sigue con su oposición: peritos , contador que reparte ... todo pagando abogados.
Otra solución es esperar a liquidar hasta que los hijos sean autónomos y no necesiten la vivienda . Se sigue pagando la hipoteca gasta que se venda el piso ( al no haber gananciales, el que paga recibirá más de la venta porque tiene más parte ).
Los alimentos o manutención de hijos no tienen nada que ver con la liquidación de gananciales , a los hijos hay que atenderlos hasta que sean autónomos, es decir , indeoenduindependientes entes
En algunos sitios pone que hasta los 18 años, y en otros hasta los 25 años.

¿Y si el hijo no ha querido saber nada del padre?
 

JJDunbar

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A los hijos hay que atenderlos hasta que tengan independencia económica, no hay establecida una edad límite. Otra cosa es que el "niño" no quiera ni estudiar ni trabajar, en ese caso el juez puede establecer la extinción de la pensión alimenticia.

Como te han dicho un cosa es la disolución de la sociedad de gananciales que se produce una vez que se disuelve el matrimonio y otra cosa es la partición de los bienes que existen en esa sociedad de gananciales. Esto lo pueden pedir cualquiera de los dos una vez disuelto el matrimonio:
primero tendrá lugar una vista en la que las partes proponen un inventario de bienes ante el Letrado de la Administración de Justicia (antigüo Secretario Judicial), si llegan a un acuerdo perfecto, si no lo hacen se señala una vista ante el Juez que será el que definitivamente decida sobre el inventario de los bienes de la sociedad de gananciales para que posteriormente puedan repartirse.

Que contacte con un abogado especialista en derecho de familia.
 

Beriaru

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Esto es algo que he pensado algunas veces y que he comentado en otros temas. Igual es una tontería pero lo comento.

Lo primero decir que el embargo de nómina es relativo, ya que el salario mínimo es inembargable por ley. De los siguientes dos salarios mínimos le pueden embargar el 30%. Si tu amigo, por ejemplo, gana 1500 euros al mes, le podrán embargar:

900 exentos, quedan 600 (1500-900=600)

De los 600 el 30%, es decir, 180 euros.

Es una buena consecuencia de haber subido el salario mínimo.

Ahora, lo que he pensado algunas veces. Siempre pensé por qué pagar un piso que no va a disfrutar, con su correspondiente ibi, seguros y demás gastos de luz, agua, comunidad, etc... donde vive ella y puede subirse a cualquier maromo, etc... Y luego pagarte el lugar donde irte a vivir.

Si a mí me pasara eso, me pensaría muy mucho dejar de pagar la hipoteca, que el banco embargue el piso lo venda y a repartir, si es que hay que repartir y fuera. Perderás dinero, sí, pero también pierdes dinero de estar pagando hipoteca y gastos asociados durante muchos años que ella tenga la custodia (el piso). Y tu ex no se beneficia de un piso gracias a una legislación injusta. La pensión de alimentos del crío si lo hay, habrá que seguir pagandola obvio, pero te ahorras el doble pago de alquiler + hipoteca.

Un saludo.
Quizá me equivoque porque voy a hablar de memoria, pero creo haber leído que la pensión para la ex y la de los críos (o quizá sólo la de los críos?) no se consideraba una deuda y por tanto no se aplicaba el límite inembargable?
 

enriquepastor

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Quizá me equivoque porque voy a hablar de memoria, pero creo haber leído que la pensión para la ex y la de los críos (o quizá sólo la de los críos?) no se consideraba una deuda y por tanto no se aplicaba el límite inembargable?
No me expliqué bien. Cuando digo lo de que es inembargable por ley me refiero a tema deudas, préstamos, hipotecas, etc... El tema de pensiones a ex y de alimentos no tiene cabida aquí (creo).

Un saludo.