¿Se puede firmar un contrato de arras sin pagar?

Es decir, que la compraventa se realizará cuando se puedan confirmar de forma fehaciente determinadas circunstancias.

¿O existe para eso otro tipo de contrato?

¿Y si surgen diferencias en la notaría entre los intervinientes y cada uno se va por su lado, hay que pagar al notario?
Puedes poner que si no te llega el dinero de las arras en x dias, el contrato es nulo.

De nada.
 
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