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ya mas hundido,ahora si q me piro al sobre
20 dias para cualquier trabajador, antiguedad y modalidad de contrato. De los cuales 8 paga el FOGASA, o sea 12 DIAS POR AÑO es el coste del despido, repito DE CUALQUIER DESPIDO.: CONDICION: Pérdidas durante los últimos seis meses ó PREVISIÓN DE PÉRDIDAS.....
Más de una vaca sagrada que se creía intocable va a ver cómo ya no le salen las cuentas que tenía echadas.
No va a ser tan fácil llevárselo crudo.
no hace falta ni que tengan pérdidas, solo que sufra una situación económica negativa (bajada de ventas, etc)
Pero entonces no deberías preocuparte... o te crees que cuando tu jefe vaya a ponerse a despedir, te va a poner a ti en la calle y va a dejar cobrando al que se pasa el día tocándose las narices?
Y más aún, si tu jefe te echa y eres productivo y con buenos resultados, pues será peor para él, eso es evidente. Dejando al margen por qué un empresario querría deshacerse de un buen empleado para contratar a otro que le peude salir mejor o peor y que encima no va a saber lo mismo, evidentemente, tampoco creo que te debiera preocupar mucho porque podrías vender tu "savoir-faire" (me encannnnta esa expresion xD) a otra empresa. ¿No es así?
Hamijos, estáis pasando por alto uno de los efectos colaterales (a mi juicio, buscado de propósito) de la reforma laboral:
- con los nuevos criterios para el despido objetivo,
- aumentará la litigiosidad judicial en el orden laboral en caso de despidos alegados como procedentes por la empresa,
- lo cual abocará a los trabajadores a:
- o bien pagar de su bolsillo un abogado especializado en derecho laboral,
- o bien afiliarse a un sindicato para tener derecho a defensa jurídica gratuita.
Conclusión 1: el panorama de incertidumbre jurídica, en caso de despido alegado como procedente por causas objetivas de pérdidas o previsión de las mismas, llevará a muchos trabajadores a afiliarse a un sindicato para tener el paraguas de su departamento jurídico.
Conclusión 2: la reforma laboral no sólo es una concesión a la patronal, en detrimento de los trabajadores; y no sólo es una concesión a los mercados financieros internacionales, en detrimento de los trabajadores. Además, es una concesión a los sindicatos "oficiales", en detrimento de los trabajadores.
Cuando tu empresa decida recurrir a las nuevas causas objetivas de despido procedente indemnizado con tan solo 20 días, ¿preferirás luchar solo y a costa de tu bolsillo en los tribunales contra ella, o usar los servicios de los abogados laboralistas de tu sindicato, que tienen más conchas que un galápago y acreditada experiencia?
Ahí lo dejo...
ZP no da puntada sin hilo. Por eso, la huelga el 29-S es un paripé como una catedral.
AL final con la ley en la mano, ¿es retroactiva o no es retroactiva?