atika
Madmaxista
buenas:
Para las mentes inquietas ¿Se puede vivir sin bancos?
Al hilo de lo comentado en el foro acerca del repruebo visceral a los bancos, he estado dandole vueltas a la cabeza acerca de si cabría la posibilidad de que un españolito de a pie pueda vivir sin usar servicios bancarios. Las cuestiones que se me plantean son las siguientes:
1º Nómina: Aparentemente no acarrea dificultad de que tu jefe te pague en metálico.
2º Pago de recibos: Si yo cancelo la cuenta que tengo en caja Mandril porque me cobran un euro al mes de cuota de mantenimiento y comunico a las compañias que me proporcionan servicios (tomemos por ejempla la timofónica) que debido al coste de mantenimiento he cancelado mi cuenta bancaria, a la compañía le dará igual porque me dirá: esta es mi cuenta en este banco, ingresame el dinero que a ti no te cuesta nada. Pero si me cuesta: mi tiempo. Acudo al Código Civil y el artículo 1171 me indica que "SI NO SE INDICA NADA" el pago se efectuara en el domicilio del deudor. (la pena es que no tengo aquí el contrato del móvil, porque puede que esto ya esté previsto) Por tanto al llegar el día de pago yo no voy a ingresar el dinero. Ellos me reclaman el pago, ante lo cual yo reconozco por escrito mi deuda y les digo que vengan a cobrarla cuando quieran. Si vienen: perfecto.
Si no vienen, lo mas probable es que me denunciasen, perfecto, un juicio monitorio, en la vista nada más llegar reconozco la deuda. Y le digo al juez que son ellos los que en virtud de tal artículo del Código Civil no me han venido a cobrar.
La cuestión está en que si debería pagar en el banco del juzgado y el juzgado le remite el dinero a la compañia o el juez me condene a ingresar el dinero o bien le diga a la compañia que vaya a cobrarlo. (Mi práctica procesal es nula)
Si a parte de no venir y denunciarme me cortan el servicio o me inscriben en el ASNEF, una vez visto el resultado del monitorio les demandaría por daños y exigiría el restablecimiento del servicio.
Así con todas las compañias.
3º Si tengo que vermelas con la administración, ahí no me quedan más narices que ir a pagar a la ventanilla, osea que creo que puedo evitar el banco.
Hay casos que no me queda más remedio como por ejemplo pagar las tasas universitarias.
4º Los funcionarios, las pensiones y el paro creo que pueden cobrar a través de talón bancario.
En estas dos ultimos casos, me obligan a ir al banco pero no a tener un cuenta bancaria.
Lo lógico parece que el estado no te puede obligar para nada a tener una cuenta, porque si no podrias reclamarle ya que te esta ocasionado un gasto el cual no tienes porque asumir.
Que opinais ¿Se puede vivir sin bacos?
Para las mentes inquietas ¿Se puede vivir sin bancos?
Al hilo de lo comentado en el foro acerca del repruebo visceral a los bancos, he estado dandole vueltas a la cabeza acerca de si cabría la posibilidad de que un españolito de a pie pueda vivir sin usar servicios bancarios. Las cuestiones que se me plantean son las siguientes:
1º Nómina: Aparentemente no acarrea dificultad de que tu jefe te pague en metálico.
2º Pago de recibos: Si yo cancelo la cuenta que tengo en caja Mandril porque me cobran un euro al mes de cuota de mantenimiento y comunico a las compañias que me proporcionan servicios (tomemos por ejempla la timofónica) que debido al coste de mantenimiento he cancelado mi cuenta bancaria, a la compañía le dará igual porque me dirá: esta es mi cuenta en este banco, ingresame el dinero que a ti no te cuesta nada. Pero si me cuesta: mi tiempo. Acudo al Código Civil y el artículo 1171 me indica que "SI NO SE INDICA NADA" el pago se efectuara en el domicilio del deudor. (la pena es que no tengo aquí el contrato del móvil, porque puede que esto ya esté previsto) Por tanto al llegar el día de pago yo no voy a ingresar el dinero. Ellos me reclaman el pago, ante lo cual yo reconozco por escrito mi deuda y les digo que vengan a cobrarla cuando quieran. Si vienen: perfecto.
Si no vienen, lo mas probable es que me denunciasen, perfecto, un juicio monitorio, en la vista nada más llegar reconozco la deuda. Y le digo al juez que son ellos los que en virtud de tal artículo del Código Civil no me han venido a cobrar.
La cuestión está en que si debería pagar en el banco del juzgado y el juzgado le remite el dinero a la compañia o el juez me condene a ingresar el dinero o bien le diga a la compañia que vaya a cobrarlo. (Mi práctica procesal es nula)
Si a parte de no venir y denunciarme me cortan el servicio o me inscriben en el ASNEF, una vez visto el resultado del monitorio les demandaría por daños y exigiría el restablecimiento del servicio.
Así con todas las compañias.
3º Si tengo que vermelas con la administración, ahí no me quedan más narices que ir a pagar a la ventanilla, osea que creo que puedo evitar el banco.
Hay casos que no me queda más remedio como por ejemplo pagar las tasas universitarias.
4º Los funcionarios, las pensiones y el paro creo que pueden cobrar a través de talón bancario.
En estas dos ultimos casos, me obligan a ir al banco pero no a tener un cuenta bancaria.
Lo lógico parece que el estado no te puede obligar para nada a tener una cuenta, porque si no podrias reclamarle ya que te esta ocasionado un gasto el cual no tienes porque asumir.
Que opinais ¿Se puede vivir sin bacos?