Rebajan la pena de un hombre que torturó, violó y mató a una anciana de 83 años gracias a la Ley del sí es sí

Israel Gracia

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Los efectos indeseados de la ley del solo sí es sí continúan provocando que los peores agresores sensuales vean reducidas sus penas de guandoca. Ha vuelto a suceder en Sevilla, donde la Audiencia Provincial de la capital andaluza ha rebajado en cinco años la pena de prisión a un hombre condenado por violar y asesinar a una anciana de 83 años en el año 2007 en la localidad sevillana de Dos Hermanas.

Se trata de un crimen especialmente grave que de haberse producido a partir del 1 de julio de 2015 habría sido penado con prisión permanente revisable, ya que es un asesinato cometido contra una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, que estuvo precedido de un delito contra la libertad sensual de la víctima. Lo publica en exclusiva el diario El Mundo.

El malo fue condenado en marzo de 2008 por el tribunal sentenciador como autor de un delito de asesinato a 15 años de prisión, como autor de un delito de agresión sensual a la pena de 12 años de guandoca y como autor de una falta de hurto a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros. Además, fue condenado a indemnizar a los herederos de la anciana con 30.000 euros.

Sin embargo, gracias a la ley aprobada por el Ministerio que dirige Irene Montero en vez de cumplir 27 años en prisión, el condenado pasará tan solo 22 años entre rejas, estando prevista su salida de la guandoca en el año 2029. A esta circunstancia se suma que podrá solicitar antes la solicitud de un tercer grado penitenciario (que no siempre se concede) al cumplir antes las tres cuartas partes de su condena.

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Según consta en la documentación a la que ha tenido acceso El Mundo, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, en un auto dictado el pasado 23 de enero, en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, es decir, la conocida como la ley del solo sí es sí, procede rebajar a siete años la pena de prisión por el delito de agresión sensual.

Por su parte, la Fiscalía había informado en contra de la revisión de sentencia defendiendo que la pena impuesta se encuentra dentro del marco de punición de la actual legislación.

Los hechos ocurrieron entre las 20 horas del lunes día 2 de abril y las 4 horas del día 3 de abril de 2007 cuando el acusado estaba en el domicilio de la anciana de 83 años en la localidad sevillana de Dos Hermanas -donde previamente había vivido- y "con ánimo de satisfacer sus deseos sensuales y tras sujetar con fuerza a la víctima para vencer su resistencia", le propinó reiterados golpes en la cara a la mujer, la violó y posteriormente la estranguló provocándole la fin. Por último, el hombre procedió a robarte un cordón de oro valorado en 400 euros, que tras matarla utilizó como método de pago de unas bebidas alcohólicas en un bar de la citada localidad sevillana.

En la resolución, los magistrados explican que el acusado fue condenado a 12 años de guandoca por un delito de agresión sensual de los artículos 178, 179 y 180.3 del Código Penal en su redacción anterior a la entrada en vigor de la ley aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez. Por aquel entonces, aquel delito estaba penado con penas de entre 12 y 15 años de prisión, imponiéndole la Audiencia de Sevilla en el año 2008 al agresor sensual 12 años de guandoca, es decir, la pena mínima posible por la violación hacia la mujer de avanzada edad.

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A la hora de revisar la sentencia, la Sala explica que "aplicando el mismo criterio que el recogido en el fallo condenatorio procede la imposición de la pena mínima de siete años según la actual legislación".

Los magistrados inciden en que en la actualidad, tras la reforma legal diseñada por el Ministerio de Igualdad, los hechos pueden encuadrarse en los artículos 178, 179 (de cuatro a 12 años) y 180.3 del Código Penal (de siete a 15 años de prisión), viéndose rebajadas las horquillas penales mínimas.

Para sustentar la rebaja de condena al agresor sensual que acabó con la vida de la anciana, la Audiencia Provincial de Sevilla recuerda que "asiste a los penados siempre el derecho a la aplicación de la norma más beneficiosa aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas, en estricta aplicación del artículo 2.2 del Código Penal".

Son ya más de 560 los agresores sensuales que se ha visto beneficiados en nuestro país en las últimas semanas por las nuevas penas previstas en la Ley del solo sí es sí diseñada por el Ministerio de Irene Montero. De hecho, este lunes el Consejo General del Poder Judicial tiene previsto dar una nueva estimación de los agresores y abusadores sensuales cuyas penas se han visto rebajadas gracias a la ley. La cifra de violadores beneficiados por la ley Montero aumentará de nuevo.

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