¿Qué hacéis para evitar que Hacienda os estrangule por estar de alquiler?

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15 Mar 2007
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A ver, os pongo mi futuro caso:

Imaginad una pareja que se va de alquiler. Antes podíamos desgravar por las cuentas viviendas que teníamos, pero dado que eso de pagar el Lamborghini del de la inmobiliaria es algo descarado, las cancelaremos en breve.

Pero ahora, al no tener "hipoteca", Hacienda ("que somos todos"... a ver cuando se cumple) llegará en junio y nos pegará el zarpazo (es decir, se llevará la paga extra casi íntegramente).

¿Que podemos hacer para evitar -en lo posible- semejante desembolso?

Somos mileuristas casi pobres, muy trabajadores, y el preguntaros es para ir viendo cómo será, más o menos, el futuro (ojalá se termine por desplomar todo el mercado mañana y tengamos 5 años de rebajas sobre rebajas).

Un saludo
 
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Me preguntan un par de colegas del foro por el tema de la constitución de una sociedad. La verdad, no sé mucho del tema precisamente porque yo me he negado hasta ahora a hacerlo. Además de mi trabajo habitual, hago muchas traducciones. Son muchas las personas que me han aconsejado "transformarme" de trabajadora en empresa y beneficiarme fiscalmente de la situación, pero mi viejo prurito legalista me lo impide.

Para empezar, hay que depositar 3.000 euros de capital social mínimo para poder constituirse. Moco de pavo, si uno tiene en cuenta todo lo que se puede ahorrar. El objeto social puede ser muy amplio (y perfectamente ambiguo), así que no creo que ninguno de vosotros tengáis problema en adaptar vuestra actividad habitual a un objeto social razonable. A la sociedad se le imputan tanto los ingresos como los gastos de la actividad económica, y los beneficios (o pérdidas) netas tributan conforme al impuesto sobre sociedades, con tipos mucho más bajos que los del IRPF. Pero lo más atractivo del tema, además de esto último, es que ciertos gastos que no son en sentido estricto de la actividad (ciertas comidas, ciertos desplazamientos en coche, billetes de avión, alquiler, facturas telefónicas, compras de libros, etc. _ en función de la actividad en cuestión será plausible imputar unos gastos u otros) podemos atribuírselos.

Pero siento no poder ayudar mucho más que esto. Tendréis que pedir una consulta a un asesor fiscal que os ayude a hacer todo el proceso. Ahora, no dudéis de que merece la pena.

Un saludo,
Gloria
 
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