¿Pero dónde diablos está la sentencia que (supuestamente) da la razón a Ruíz Mateos? ¿Alguien puede

Fetuccini

Madmaxista
Desde
9 Jul 2009
Mensajes
8.528
Reputación
11.523
Esa sentencia, simplemente, no existe.

Si esa sentencia existiera, el propio Ruiz Mateos tendría colgado el pdf con la misma en la web. O al menos la citaria con el identificativo de la misma (en plan sentencia 54/2006 del TSJ de Madrid), de manera que se pudiera localizar fácilmente. Lo único que hacen es hablar de 18.000 millones todo el rato, pero sin ahondar en el asunto…

A ver si explican también eso de los 3.000 millones en activos al comenzar la emisión de pagarés (2009) y los 6.000 millones de los que hablan ahora. Acaso han clonado el brandy o qué??? O tienen tranchettes stockados por varios miles de millones de euros???
Viendo a la familia, no descartes que tengan avanzada tecnología para clonar.

Al hilo, "Que algo no esté en internet no quiere decir que no exista. Precisamente por eso siguen existiendo las bibliotecas de las facultades." Por lo visto todo el mundo la tiene, a tenor de lo que se dice en los foros. Los cuatro gatos de burbuja.info debemos ser los últimos simples de internet, que somos incapaces de encontrar una sentencia de la que todo el mundo habla como si se diese por supuesto que es imposible que la gente no esté al tanto de dicha sentencia. Aquí todo quisque se ha buceado la biblioteca de la Facultad de Derecho en busca de la escurridiza sentencia.

Pero me temo que la cosa no es más wishful thinking por parte de los inversores de NR, alimentado por el propio cuentacuentos de Ruiz-Mateos.
 

Harold Alexander

Madmaxista
Desde
19 Jun 2008
Mensajes
25.050
Reputación
36.947
Lugar
North by NorthWest

AYN RANDiano2

Será en Octubre
Desde
14 May 2010
Mensajes
104.980
Reputación
625.040

AYN RANDiano2

Será en Octubre
Desde
14 May 2010
Mensajes
104.980
Reputación
625.040
Más personas (se supone) bien informadas afirmando que el Estado Español NO le debe un céntimo a Ruíz Mateos:

* Mario Conde:

...alguno de los contertulios, lleno de buena fe, citó como un dato consistía en que el Estado español adeudaba a Ruiz Mateos, por sentencia firme, una cantidad concreta, que alcanza, ni mas ni menos, que la monstruosa cifra de 18.000 millones de euros. Me quedé estupefacto. Si eso fuera cierto no tendría el menor sentido que Nueva Rumasa se declarara en concurso puesto que esa ingente cantidad estaría recogida en balance, sería deuda pública, podría negociarse, obtenerse liquidez...en fin, que con un activo de 18.000 millones no tiene el menor sentido que se declare un problema de liquidez transitoria de 700 millones. No podía ser cierto, con arreglo a los parámetros de la lógica contable y financiera, claro.

...pero lo cierto es que no existe una sentencia que diga que el Estado español debe un euro a Ruiz Mateos

Mas confusión en torno a Nueva Rumasa: ¿podrá pagar sus deudas? | Intereconomía

* Casimiro García Abadillo, subdirector de "El Mundo":

<iframe title="YouTube video player" width="640" height="390" src="http://www.youtube.com/embed/eT3IFe-UJ3Y" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>
 

marbruck

Madmaxista
Desde
22 May 2007
Mensajes
1.757
Reputación
1.072
Lugar
Earth
Es que para eso ya está el buscador del propio BOE: BOE.es: Consultas. Formulario de búsqueda. Colección histórica (Gazeta) (del 1661 hasta 1960, sólo para sus ojos)


PD: Sí, vale, es una sobrada por mi parte, pero es que me lo dejó Vd. tan a huevo... :p
JoJoJo, vale que es un poco off-topic pero genial el owned :).

Pasando a cosas mas serias. A ver si la familia R-M le paga al estado la diferencia (con intereses) entre el justiprecio y el valor determinado por dos tribunales, jejejeje. (Gracias AndyRandiano).

Por cierto que que buenos ratos pasamos viendo como el choriceo de alto standing las pasa canutas... a ver cuando le toca a los Botines y demás (no caerá esa breva, ya se le pudo empufar a "Don" Emilio y gracias a Garzón y al PSOE se libró).
 

AYN RANDiano2

Será en Octubre
Desde
14 May 2010
Mensajes
104.980
Reputación
625.040
Siguiendo links preparando el hilo...

http://www.burbuja.info/inmobiliari...-de-bonistas-de-nueva-rumasa.html#post5210540

...me encuentro con esto:

EL ESTADO "NO DEBE NADA".

El Ministerio de Economía y Hacienda replicó tras este anuncio de Ruiz-Mateos que el Estado español "no debe nada a José María Ruiz-Mateos ni a su familia", después de el Tribunal Supremo haya dictado más de 200 sentencias firmes contrarias a los intereses del empresario andaluz.

A la oferta de cesión de derechos de los Ruiz-Mateos, que ha estado abierta hasta el 14 de octubre, se han adherido algunos inversores a pesar de que despachos de abogados aconsejaron rechazarla, según dijeron a Europa Press en fuentes jurídicas.

El juez embarga los derechos de cobro de los Ruiz-Mateos
 

Harold Alexander

Madmaxista
Desde
19 Jun 2008
Mensajes
25.050
Reputación
36.947
Lugar
North by NorthWest
Enlace aportado amablemente por Harold Alexander sobre las sentencias sobre Ruíz Mateos:

http://e-archivo.uc3m.es/bitstream/10016/1505/1/DL-1994-II-3-Chueca.pdf

El enlace en cuestión dirige a un artículo jurídico de Ángel Chueca Sancho, profesor de Derecho Internacional en la Universidad de Zaragoza, en el que analiza el texto de la famosa sentencia "del tribunal europeo" que según Ruiz Mateos sentencia que el Estado español le debe cienes de minolles de "pehetah".

Y no es así: Ruiz mateos apeló al Tribunal Internacional de Derechos Humanos, el cual no valora el fondo de la cuestión, sólo si se han vulnerado o no derechos fundamentales del individuo, y qué perjuicios se derivan de ello. Con todo, El TEDH sí cree que hubo un "atentado contra su propiedad privada" (caso extraño de valoración de fondo en el TEDH), y seguramente a esto se aferra Ruiz Mateos, sin tener en cuenta que, como dice el artículo:

Ha de advertirse que en ningún momento se adujo la violación por
parte de España del artículo 1 del protocolo adicional número 1 a la Convención Europea de Derechos Humanos; según esta norma, toda persona física o moral «tiene derecho al respeto de sus bienes» y tan sólo puede ser privada de su propiedad por causa de utilidad pública y en las condiciones previstas por la ley y los principios generales del Derecho Internacional.
Ciertamente, la demanda de Ruiz Mateos no pudo aducir la violación de
esa norma porque en el momento de los hechos España no era parte en
ese protocolo adicional; el citado protocolo entró en vigor para España el
27 de noviembre de 1990, o sea, mucho tiempo después de que sucedieran
los hechos.


Lo que el tribunal sentencia es que Ruiz Mateos tiene razón en cuanto a que no se ha cumplido su derecho a "ser juzgado en un plazo razonable" (en román paladino, que se ha tardado un huevo en juzgarlo, algo que no nos extraña a los hispanistaníes, acostumbrados a la celeridad de nuestra justicia).

Y el meollo viene aquí:

Sea cual fuere la causa, lo cierto es que la familia Ruiz Mateos reivindicaba una suma de dos billones (2.000.000.000.000) de pesetas por los daños sufridos en su derecho a un proceso equitativo; parte de esa cantidad la solicitaba por el deterioro de su imagen comercial y por la pérdida de clientela, y, sin embargo, no solicitaba nada en concepto de costas (par. 69).
Obviamente, la reivindicación económica de los demandantes era excesiva;
para su cálculo, sin duda, tuvieron presente el que consideraban era
valor real de los bienes expropiados. Pero pasaron por alto el hecho de
que ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no pudieron alegar
ima violación del articulo 1 del protocolo adicional número 1, que protege
el derecho de propiedad, porque España no era parte en ese protocolo en
el momento de los hechos. Por todo ello, la cantidad reivindicada resultaba
claramente excesiva.
El TEDH rechaza dicha reivindicación económica, señalando que se
ha apreciado violación del plazo razonable y del carácter no contradictorio
de los procedimientos seguidos ante el Tribunal Constitucional. Al no observar ninguna relación de causalidad entre el perjuicio invocado y las violaciones observadas, el TEDH rechaza la pretensión económica; el rechazo de la satisfacción equitativa solicitada por los demandantes se produjo además por unanimidad, al contrario de lo que sucediera respecto a las otras dos cuestiones.
Resumiendo: que la justicia fue lenta, que en su momento la expropiación fue legal de acuerdo a las Convenios Internacionales firmados por España y sus propias leyes, y que, aunque la justicia fue lenta, ello no derivó en perjuicio patrimonial para don José María.

En fin, que eso de que "Europa le ha dao la razón", es una patraña, y lo sabe perfectamente.