Fornicious Jr
Madmaxista
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Pues que sea el inquilino el que tenga que registrar el alquiler
En inquilino deposita la fianza, el registro le da un resguardo, se firma el contrato y el inquilino registra el contrato
Se soluciona el tema del usufructo, el de hacienda (con dicho contrato registrado, el inquilino accede a las ayudas al alquiler que pueda haber) y el del retorno de la fianza (inventario del piso con prueba fotográfica en el momento de la firma, e inventario con prueba fotográfica en el momento de la finalización, ambos firmados por ambas partes. Si hay acuerdo el registro devuelve toda la fianza o se descuentan los desperfectos detectados y aceptados por ambas partes. Que no hay acuerdo, mediación, pero con la fianza retenida)
En inquilino deposita la fianza, el registro le da un resguardo, se firma el contrato y el inquilino registra el contrato
Se soluciona el tema del usufructo, el de hacienda (con dicho contrato registrado, el inquilino accede a las ayudas al alquiler que pueda haber) y el del retorno de la fianza (inventario del piso con prueba fotográfica en el momento de la firma, e inventario con prueba fotográfica en el momento de la finalización, ambos firmados por ambas partes. Si hay acuerdo el registro devuelve toda la fianza o se descuentan los desperfectos detectados y aceptados por ambas partes. Que no hay acuerdo, mediación, pero con la fianza retenida)