Pasa más de un año en prisión acusado de abusos sensuales en Tenerife: es absuelto y ahora cobrará este dinero

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La Audiencia Nacional ha reconocido a un taxista de Arona el derecho a cobrar como indemnización
Piden 31 años de cárcel para un hombre de Tenerife que violó a sus dos sobrinas, menores de edad

EFEclientes@efe.com
Publicado el 19/04/2024


La Audiencia Nacional ha reconocido a un taxista de Arona el derecho a cobrar 25.000 euros como indemnización por haber permanecido casi un año en prisión acusado de abusos sensuales y resultar finalmente absuelto.

El detenido pedía un total de 366.032 euros por haber estado privado de libertad de forma preventiva e indebida un total de 347 días.


De esta cantidad 16.000 euros se corresponden al salario que dejó de cobrar durante este tiempo, 342.000 por el daño moral causado, 6.000 por gastos procesales y 2.500 por los perjuicios causados en su patrimonio.





El hombre fue detenido en el mes de mayo de 2008, permaneció en prisión preventiva hasta el 21 de abril de 2009 y llegó a ser condenado inicialmente por un Juzgado de lo Penal pero cuando recurrió ante la Audiencia Provincial se declaró su absolución y quedó libre.
A partir de entonces se dirigió al Ministerio de Justicia pidiendo que se le indemnizara por el tiempo que pasó en la guandoca, lo que fue desestimado.
Entonces el ciudadano recurrió a la Audiencia Nacional que en principio también rechazó la petición pero finalmente el Tribunal Constitucional (TC) le dio la razón en 2020 al considerar que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia y a la igualdad.



Por lo tanto, se ordenó proceder a anular las resoluciones administrativas anteriores, retrotraer las actuaciones al momento previo a la reclamación ante el Ministerio y se dictara una nueva resolución.
Una vez que la sentencia del Constitucional fue comunicada al Ministerio de Justicia, se reanudó el expediente de responsabilidad patrimonial que concluyó con que el reclamante tenía derecho a la indemnización tras probarse que no había cobrado cantidad alguna por este concepto.


La AN reconoce el derecho a ser indemnizado basándose en el cambio legislativo que tuvo lugar hace unos años que contempla la capacidad de ser compensados a quienes tras sufrir prisión preventiva, quedaran absueltos o se dictara sobreseimiento libre si se demostrase que sufrieron algún tipo de perjuicio.
La modificación normativa se llevó a cabo en línea con lo dictado desde la Unión Europea (UE), donde se contempla que a la hora de fijar la indemnización se tenga en cuenta el lucro cesante, duración de la prisión, si el reo ha sufrido alguna enfermedad psíquica o física o si tiene hijos menores a su cargo.


De todos estos argumentos se da por válido el daño moral padecido a causa de los perjuicios “connaturales” que conlleva estar en prisión de forma indebida y el lucro cesante fijado en casi 16.000 euros, de manera que finalmente la Audiencia Nacional acepta la cantidad de 25.000 euros por todos los conceptos.
No obstante, en caso de que el recurrente no esté de acuerdo con la resolución todavía puede acudir al Tribunal Supremo (TS).
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jorobar lactante hace falta que hacer click bite en el título? Te llevas comisión en las visitas o que roto2