Nuevo recorte de las cotizaciones para prolongar más la vida laboral

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El Ejecutivo exime a las empresas de las aportaciones por contingencias comunes de los trabajadores de 65 y más años. Quiere reducir los costes por la baja laboral de una persona que ya debía estar jubilada.

El Gobierno ha dado un nuevo paso en las ayudas que concede a las empresas para que mantengan a los trabajadores mayores en sus plantillas y, por tanto, contribuyan a desplazar en unos años una parte del gasto en pensiones.

El Ejecutivo ha precisado en el Senado que las compañías que mantengan en sus plantillas a trabajadores mayores de 65 años no tendrán que pagar la cotización de incapacidad temporal por contingencias comunes –enfermedades– de estas personas. Es decir, el 1,42% de la cotización. Por el contrario, el empleado sí abonará su parte de la cobertura, correspondiente al 0,28%.

Con ello, se trata de evitar que las empresas asuman un coste elevado, si la baja es larga, por un trabajador que ya podría estar cobrando una pensión de jubilación. Hay que recordar que la incapacidad temporal es una de las prestaciones de la Seguridad Social que más ha crecido en los últimos años, debido, fundamentalmente, a la picaresca y el fraude.

En segundo lugar, y consecuencia de ello, el Gobierno, atendiendo a los requerimientos de los empresarios ha reforzado las medidas para combatir este problema hasta reducir su ritmo de incremento. Aún así, el gasto previsto para el próximo año en incapacidad temporal es de 7.715 millones de euros.

El Gobierno ha incluido la exención de las empresas en el pago de la cotización por incapacidad temporal por los trabajadores mayores de 65 años en una de las enmiendas que ha presentado en el Senado al proyecto de Ley en Materia de Seguridad Social, y a las que ha tenido acceso EXPANSIÓN.

Este incentivo se suma a las bonificaciones en las cotizaciones sociales que tienen las compañías con los trabajadores de 60 años en adelante, siempre que se cumplan determinadas condiciones. Por ejemplo, que tengan contrato indefinido, cinco o más años de antigüedad en la empresas y 35 años de cotización a la Seguridad Social. Las bonificaciones comprenden desde el 50% de las cotizaciones sociales, cuando el trabajador tenga 60 años, hasta el 100%, cuando tenga 65 años. Entre una y otra edad, la rebaja aumenta de forma paulatina diez puntos cada ejercicio.

Subida de la pensión
El beneficio para el empleado, a partir del 1 de enero de 2008, es que, por cada año de continuidad en el empleo, su pensión se revaloriza un 2%, si ha contribuido a la Seguridad Social durante 35 años, ó un 3%, si es que ya ha cotizado cuarenta años.

Otra enmienda importante, de alcance social, que ha introducido el Gobierno en el Senado a la reforma de la Seguridad Social afecta a las pensiones de viudedad de las parejas de hecho en los casos de violencia doméstica. En virtud de la reforma, los agresores de su pareja, “condenados por sentencia firme en la comisión de un delito doloso en cualquiera de sus formas o lesiones” no podrán cobrar la pensión de viudedad al fallecer su pareja.

Con esta enmienda, el Gobierno adapta la legislación sobre protección integral contra la violencia de género al nuevo derecho a la pensión de viudedad que tendrán las parejas de hecho a partir del año que viene. La Ley de Protección contra la Violencia de Género sólo castiga sin poder acceder a la pensión de viudedad al cónyuge, o ex cónyuge, agresor.
Por lo tanto, con la enmienda se evita “una diferencia de trato injustificado según el maltratador esté unido o no a su víctima por vínculo matrimonial”.

El Ejecutivo también aprovecha las enmiendas en la Cámara Alta para precisar que no puede haber jubilación parcial si la empresa no se encarga de sustituir a este trabajador con otro nuevo mediante el contrato de relevo.

http://www.expansion.com/edicion/exp/economia_y_politica/economia/es/desarrollo/1046958.html
 
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