Derrochaduros
Madmaxista
No puedes pedir absurdeces en unas playas que se cuela toda la droja, extraperlo e ilegales a placer , no se pueden hacer leyes sino haces respetar tus fronteras y leyes de seguridad.
Esa noticia es un clickbait de manual. La ley de patrimonio de Andalucía es de 2007 y lo que dice es que para detectar en una playa necesitas solicitar una autorización, y si la solicitas te la dan, (a no ser que la solicites en una playa con yacimiento, claro). No es un tema nuevo ni mucho menos.La Junta prohíbe los detectores de metales en todas las playas de Andalucía y el Campo de Gibraltar
La Junta prohíbe los detectores de metales en todas las playas de Andalucía y el Campo de Gibraltar
Utilizarlos puede constituir una infracción de carácter grave, para la que están previstas multas desde los 100 a los 250.000 euros y el decomiso de los utensilios empleados ¿Podrían llegar a Algeciras los paseadores de niños, el polémico servicio que promocionan las 'influencers'? Luis de Lama...www.europasur.es
El uso de detectores de metales sin autorización en playas andaluzas y del Campo de Gibraltar constituye una infracción de carácter grave, para la que están previstas multas desde los 100 a los 250.000 euros y el decomiso de los utensilios utilizados.
La actual Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía recoge de forma expresa la prohibición de los detectores de metales en todos los rincones de la comunidad autónoma, salvo excepciones relativas a su uso reglado en actividades arqueológicas, seguridad y defensa nacional o mantenimiento y reparación de infraestructuras.
Actualmente, estos dispositivos que suelen utilizarse para encontrar monedas, joyas y objetos perdidos siguen suponiendo la segunda mayor amenaza para la pervivencia del patrimonio arqueológico, muy por encima de la construcción de infraestructuras.
Esta misma semana, la Guardia Civil ha propuesto para sanción a tres personas por hacer uso de detectores en una zona prohibida de la playa de Matalascañas, en la provincia de Huelva. El Instituto Armado informa que solo se puede hacer uso de estos dispositivos en zonas autorizadas y con la autorización correspondiente, que puede ser solicitada en la Consejería de Cultura, por un periodo máximo de un año.
Todo es patrimonio, cualquier cosa con más de 100 años que te encuentres en el suelo, en un cajón de tu abuelo o en cualquier otra parte, es patrimonio y por lo tanto se lo tienes que entregar a "ellos", nuestros políticos y sus instituciones que velan por tí y por "nuestro pasado común".
En una playa, una rambla, un terreno de labor cultivado y removido durante siglos, no puede haber objetos enterrados superficialmente que el sacarlos suponga romper su contexto, no hay estratificación, esta está deshecha por las mismas condiciones del sitio, es algo de cajón.
Luego esta prohibición es una escusa, no tiene sentido. Lo único que pretenden es apropiárselo ellos y vender ese patrimonio en casas de subastas extranjeras, eso explica este celo fanático.
MAFIA
Bueno, te la dan si eres compañero de logia del político de turno, o tienes el carnet del partido, o trabajas para ellos de alguna forma.Esa noticia es un clickbait de manual. La ley de patrimonio de Andalucía es de 2007 y lo que dice es que para detectar en una playa necesitas solicitar una autorización, y si la solicitas te la dan, (a no ser que la solicites en una playa con yacimiento, claro). No es un tema nuevo ni mucho menos.
Otra cosa es que en general, las leyes de patrimonio estatal y autonómicas son una cosa.
Bueno, te la dan si eres compañero de logia del político de turno, o tienes el carnet del partido, o trabajas para ellos de alguna forma.
No puedes usar detector ni en el patio de tu casa.
No, si pedirla podrás hacerlo todas las veces que quieras y como quieras. Otra cosa es que te la concedan...Deja de decir bobadas. La puedes pedir hasta con firma electrónica para no tener que ir a las delegaciones.
jorobar, es que son ganas de hablar sin tener ni idea
«Artículo 60. Uso de detectores de metales y otros instrumentos.
1. Queda prohibido el empleo de detectores de metales u otros instrumentos que permitan la localización de vestigios arqueológicos, salvo para su uso en las actividades arqueológicas recogidas en el artículo 52 de esta ley.