Multan a señora mayor de 80 años con 601€ por quitarse la mascarilla un rato para poder respirar. En Galicia.

Y a quien votaba esta señora?

Y lo digo porque si vobaba a Vox es tan culpable como si votaba a Podemos o si se abstenía.
 
Al vicio de pedir la virtud de no dar, ni un euro pagado en multas a esos fulastres y cero euros en cuentas bancarias en España y si me apuras ni en la UE.
 
Imagino que desde que desde que el dinero de determinada procedencia no riega con la misma frecuencia, hay que buscar otras vías y la extorsión y el robo a sus ciudadanos es la más práctica.
 
El proceso va tal que así:

1. Policía que observa la presunta infracción y propone para sanción con una denuncia que es modo de iniciar un procedimiento administrativo,, pero que no empieza por sí misma nada.

2. Acuerdo de iniciación de procedimiento. Lo inicia el instructor competente. Es el documento que aparece en la imagen. En él le darán la posibilidad de pagar y terminar con el procedimiento.

3. Si no lo hace, caben alegaciones. Normalmente 15 días.

4. Después de eso el instructor emite propuesta de resolución porque no es el competente para resolver. Cabe trámite de audiencia y nuevas alegaciones.

5. La resolución, al ser procedimiento de oficio, es expresa y lo más probable que recurrible en reposición (ante el mismo órgano que ha resuelto en el plazo de un mes), ya que desde hace unos años el recurso de alzada se utiliza cada vez menos, o directamente ante el juzgado de lo contencioso administrativo en dos meses. Absolutamente inútil la reposición, pero necesaria para que el juez no te tire el recurso por entender que no has hecho lo que estaba en tu mano para resolverlo en vía administrativa.

Si yo tuviese que recurrir esta sanción lo haría pidiendo nulidad de pleno derecho por vulneración de derechos fundamentales, con cierta probabilidad de éxito, eso sí, en vía judicial. Pongo todo el procedimiento para que se observen las cuatro posibilidades de alegación (en realidad seis, si contamos la segunda instancia al TSJ y la casación) que existen, y el por qué es importante no quedarse en las tres primeras, que son en las que se aburre y embarranca la mayoría. Cualquiera puede hacer una buena fundamentación jurídica, y tirar la toalla es no solamente comerte la multa, sino contribuir a que los poderes públicos sigan haciendo lo que les salga del ciruelo con nosotros.

Hay que recurrir, las veces que sea necesario, para no dejarse pisotear.
caballerocaballero, me parece muy bien todo lo que dice pero voy a proponerle para sanción, caballero
 
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