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Madmaxista
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INFORMACIÓN URGENTE
MODIFICACIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN SOBRE LOS ARRENDAMIENTOS
El pasado día 30 de diciembre el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto de Medidas Urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, que se publicó el día 31 de diciembre en el BOE.
Entre otras modificaciones en dicho Real Decreto se modifica el Tipo de Retención a aplicar en los rendimientos de los arrendamientos que pasa del 19% al 21% de manera transitoria para los ejercicios 2012 y 2013.
Por tanto, dicha retención del 21% es ya aplicable a los recibos de arrendamiento correspondientes al mes de enero.
En el caso de que los recibos del mes de enero ya estén girados, se tendrá que proceder a la rectificación de los mismos y a regularizar el saldo con los arrendatarios.
ARRENDAMIENTOS DE USO DISTINTO DE VIVIENDA (LOCALES, ETC.)
MODIFICACIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN SOBRE LOS ARRENDAMIENTOS
El pasado día 30 de diciembre el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto de Medidas Urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, que se publicó el día 31 de diciembre en el BOE.
Entre otras modificaciones en dicho Real Decreto se modifica el Tipo de Retención a aplicar en los rendimientos de los arrendamientos que pasa del 19% al 21% de manera transitoria para los ejercicios 2012 y 2013.
Por tanto, dicha retención del 21% es ya aplicable a los recibos de arrendamiento correspondientes al mes de enero.
En el caso de que los recibos del mes de enero ya estén girados, se tendrá que proceder a la rectificación de los mismos y a regularizar el saldo con los arrendatarios.
ARRENDAMIENTOS DE USO DISTINTO DE VIVIENDA (LOCALES, ETC.)