alfenhique
Madmaxista
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Hola Hamijos:
Estaba consultado información sobre la presentación del modelo 720 a la hacienda pública y me ha surgido una duda.
Yo pensaba que tenía que declarar siempre que tus cuentas, acciones, etc... depositadas en el extranjero superasen los 50.000 euros pero leyendo esta página con información:
Declaración de bienes en el extranjero. Modelo 720 | Javier Ullastres Asesores
leo que si tienes menos de 50.000 en cuentas en entidades financieras y menos de 50.000 en valores, seguros, etc... no tienes que declarlas a hacienda.
¿Es así? se pueden tener por ejemplo 49.000 euros en efectivo en cuentas y otros 49.000 en una cuenta de valores y no hay obligación de declarar?
Lo veo un poco raro y de momento por la info que he podido ir descifrando en el BOE y las normativas de hacienda no acabo de verlo claro.
Estaba consultado información sobre la presentación del modelo 720 a la hacienda pública y me ha surgido una duda.
Yo pensaba que tenía que declarar siempre que tus cuentas, acciones, etc... depositadas en el extranjero superasen los 50.000 euros pero leyendo esta página con información:
Declaración de bienes en el extranjero. Modelo 720 | Javier Ullastres Asesores
leo que si tienes menos de 50.000 en cuentas en entidades financieras y menos de 50.000 en valores, seguros, etc... no tienes que declarlas a hacienda.
¿Es así? se pueden tener por ejemplo 49.000 euros en efectivo en cuentas y otros 49.000 en una cuenta de valores y no hay obligación de declarar?
Lo veo un poco raro y de momento por la info que he podido ir descifrando en el BOE y las normativas de hacienda no acabo de verlo claro.