Lio para autonomo que empieza...

Nexus83

Forero Paco Demier
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Tengo un jaleo mental que no sé como aclarar...

Quiero darme de alta en autonomos en actividades empresariales ya que voy a crear una tienda online para revender productos al cliente final. Al principio pensaba que lo mejor era ir por modulos (con recargo de equivalencia). Pero haciendo una simulacion con el programa de los modulos me sale que deberia ganar al año 14.600€ y que tengo que pagar 222€ trimestralmente de IRPF. Entonces me ha entrado la duda de si compensa hacerlo de esta manera puesto que es la primera vez que voy a hacer esto y no se si venderé mucho o poco y la verdad, el primer año no creo que gane esa cantidad....

Por lo tanto, como no creo que el primer año gane esa cantidad, no se si seria mejor estar en estimación directa simplificada en lugar de en modulos, ya que así pagaría impuestos segun mis beneficios reales, pero no sé cuanto de IRPF trimestral tendré que pagar. Se supone que es el 20% de los beneficios? y eso cada trimestre? o es el 20% de los beneficios al año? No tengo mucho que deducirme ya que aunque trabajaré desde casa, la casa es de mi marido y a mi nombre no hay nada, por lo tanto en gastos deducibles a penas tengo cosas para deducir (salvo la factura del telefono movil y las compras de mercancia...) Jo, es que todo esto es demasiado complejo y nadie explica que modalidad es mejor para un autonomo que empieza en el comercio electronico: Modulos o estimacion directa.... Suponiendo que gano poco dinero al princicio... AYUDADME POR FAVOR!
 

locojaen

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Tienda online y módulos son incompatibles.

IRPF por simplificada e IVA por recargo de equivalencia.

Tus 265€ mensuales de Autónomos, vendas o no. Y cada trimestre el 20% del beneficio a IRPF. Nothing more.
 

merendola

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Tienda online y módulos son incompatibles.

IRPF por simplificada e IVA por recargo de equivalencia.

Tus 265€ mensuales de Autónomos, vendas o no. Y cada trimestre el 20% del beneficio a IRPF. Nothing more.

Y el 26,2% de IVA al estar en recargo de equivalencia. :fiufiu:
 

Alexcandas

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Tienda online y módulos son incompatibles.

IRPF por simplificada e IVA por recargo de equivalencia.

Tus 265€ mensuales de Autónomos, vendas o no. Y cada trimestre el 20% del beneficio a IRPF. Nothing more.
La tienda Online y los modulos no son incompatibles pues la tienda debe tener el epigrafe que le corresponda segun su naturaleza y la orden de modulos no menciona ningun tipo de incompatibilidad

Ahora bien empezando la actividad posiblemente sea mejor que lo hagas mediante estimación directa simplificada ademas de existir ciertas reducciones en el momento de hacer la liquidación te puede evitar disgustos ya habrá tiempo mas adelante para ir por módulos o crear una sociedad.
 

locojaen

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Si el negocio sólo es online, epígrafe 665, incompatible con módulos.

Si la tienda es online, en base a qué se calcula el módulo?
que metros de local estimas?

En cualquier caso, que se acerque a AEAT y pregunte, no muerden. así uno se despeja las dudas que infunden muchos gestores/asesores que apenas saben escribir google en el navegador.
 

merendola

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Tienda online no existe, así va el país que no existen epígrafes para algo tan cotidiano, si no recuerdo mal el epígrafre era venta por correo o catálogo. Biba hezpaña.
 

Alexcandas

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Si el negocio sólo es online, epígrafe 665, incompatible con módulos.

Si la tienda es online, en base a qué se calcula el módulo?
que metros de local estimas?

En cualquier caso, que se acerque a AEAT y pregunte, no muerden. así uno se despeja las dudas que infunden muchos gestores/asesores que apenas saben escribir google en el navegador.

Hablar desde el desconocimiento es gratis hacienda lo deja claro que no sepas leer no es culpa de ellos


Consulta Vinculante D.G.T. de 21 de abril de 2010. IAE. Hecho imponible. Tarifas - 73812 - Lex Nova, información jurídica actualizada


Toma y mi gato que por lo visto sabe usar mejor que tu eso del google me pasa esta segunda consulta vinculante para que te acabes de dar con la silla de la cocina en los dientes
http://petete.meh.es/Scripts/know3....N-PLANTEADA+(+recargo+de+equivalencia)&Pos=38
 
Última edición:

Avanza

Lonchafinista
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Mi consejo, no te preocupe tanto por el IRPF (al fin y al cabo pagas sobre tus beneficios) y si de la cuota de la seguridad social que como dices, ganes o pierdas tendrás que pagarla igualmente.

En cuanto a la pregunta de estimación directa o módulos, en mi opinión al principio siempre mejor en directa.

Por cierto, ¿tienes la bonificación de los autónomos?
 

locojaen

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Hablar desde el desconocimiento es gratis hacienda lo deja claro que no sepas leer no es culpa de ellos


Consulta Vinculante D.G.T. de 21 de abril de 2010. IAE. Hecho imponible. Tarifas - 73812 - Lex Nova, información jurídica actualizada


Toma y mi gato que por lo visto sabe usar mejor que tu eso del google me pasa esta segunda consulta vinculante para que te acabes de dar con la silla de la cocina en los dientes
Visualizando documentos

Es probable que tenga problemas de comprensión lectora, pero las consulta que enlaza hablan de casos que se dedican a otras cosas, lo de vender (intentar) es algo más a las actividad que ya ejercen.

Con desconocimiento o no, yo sí fuí a AEAT, les hice la misma pregunta que se ha hecho el creador del hilo. La respuesta que me dieron es la comentada.
Que sepan o no, me la rezuma, yo me dedico a ganar dinero, las discusiones burocráticas se la dejo para la caterva de ignorantes que mantienen este sistema.

Me gusta que se de por aludido en el tema gestores/asesores, es pues entonces usted uno de la tipologia de los que hago referencia? con mis problemas de compresión lectora, no lo veo claro...
 

Alexcandas

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Me gusta que se de por aludido en el tema gestores/asesores, es pues entonces usted uno de la tipologia de los que hago referencia? con mis problemas de compresión lectora, no lo veo claro...
En lo que e dices que te encuentras con este tipo de gestores/asesores te doy la razón y ojala sigan existiendo por los años y los años ya que de eso vivimos el resto de los asesores.

Yo la de asesor fiscal no es una palabra que me guste usar mucho y prefiero decir que soy economista lo que no me gusta es tu forma de expresarte por que has intentado ir de listo pero bueno las consultas son claras.

Y en cuanto a lo que dices de hacienda si te digo la verdad hasta te creo normalmente con las personas que das cuando vas a consultar algo no son las mas oportunas y posiblemente ni el pobre hombre o mujer sepa lo que es una tienda Online al fin y al cabo en este país cada uno hace mas o menos lo que le da la gana y así te encuentras profesionales dados de alta en epígrafes empresariales y cosas parecidas.

Yo sigo el lema cada maestrillo a su librillo, a ver si lo lee por cierto alguien del gobierno o de quien sea competente en materia y obligan a la colegializacion para poder dedicarse a una cosa tan seria como el asesoramiento fiscal
 

Nexus83

Forero Paco Demier
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Muchas gracias por las contestaciones a todo el mundo. Tengo que decir que aprendo muchisimo mas el foros como este que preguntando en hacienda.... Y claro, una ya no sabe a quien acudir....Yo lo primero que hice cuando decidi hacer una tienda online fue acudir a hacienda a preguntar y vamos, ya he ido dos veces y no tienen ni idea de nada ni me saben contestar... De lo que he sacado en claro es que una tienda online es igual que una tienda fisica, por lo tanto hay que darse de alta en el epigrafe más parecido a la actividad que realizas. En mi caso es venta al por menor de textil. Así que no hay problema. Pero, cuando yo fui a hacienda a preguntar solo me explicaron los modulos y el hombre que me atendió alli me hizo una simulación de la siguiente manera:

-Los metros del local: 10 metros cuadrados interpretandose como que es una habitacion de la casa
-La luz: el porcentaje correspondiente al gasto total que equivaldria a la luz gastada en esa habitacion. Por ejemplo, si la habitacion es de 10 metros el total de la casa son 50 metros, pues eso equivale a un 20%. Por lo que el gasto de la luz seria un 20% del total.
-Y las horas trabajadas: el maximo para un trabajador normal

De esta manera me sale que tengo que tener un rendimiento neto de 11.096 € al año. ¿significa eso que ese tiene que ser mi beneficio? ganancias-gastos?)
Y el pago trimestral seria de 221€
En el caso de que ese sea mi beneficio, dudo que el primer año lo tenga, de ahí mi duda. Creo que seria mejor ir por estimacion directa simplificada porque solo pagare el 20% de mi beneficio real, y entonces supongo que pagare menos cada trimestre.

Por otra parte, ahora tengo otra duda, es posible estar en recargo de equivalencia y no presentar el iva (pagando el 5.2% a mayores a mis proveedores) y a la vez estar en estimacion directa simplificada para presentar el IRPF? de ser esto posible como se hace? tengo que explicarlo de alguna manera cuando vaya a darme de alta en hacienda? Y que modelos tendre que presentar trimestralmente ?

Gracias a todos de verdad por la ayuda!
 

sanzjm

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Si estas en recargo no se hacen trimestres de iva, simplemente sobre tu beneficio el rendimiento neto (20%) trimestralmente y ya esta. Ademas creo que por tu sector estas obligado a estar en recargo (venta minorista)

---------- Post added 26-feb-2015 at 01:52 ----------

El recargo no te exime del pago de irpf, simplemente es para ahorrarte la gestion de iva (soportado-repercutido), trimestralmente tendras tu rendimiento neto igualmente. Tus ventas totales - Costes totales = Beneficio
Tambien una cosa importante es que el recargo (5,2%) solo se aplica a los bienes susceptibles de venta, si tu compras una mesa para tu ordenador no tienes que pagar el recargo, no obstante te comeras el IVA