Ley de la Segunda Oportunidad ¿Funciona? En mi caso, NO

¿tiene el deudor @Cuda1978 algun ingreso ademas de su nomina? ¿o es propietario de alguna empresa o inmueble que no sea su primera vivienda?

Me llama la atencion que nombren a un administrador para gestionar solamente el embargo de una nomina.
No, cuando presenté el concurso era trabajador por cuenta ajena, resido en una propiedad familiar, un piso de mis padres, y no tenía más ingresos que los de mi trabajo.
Parte del problema viene porque habían varias entidades implicadas y comenzaron a vender las deudas antes incluso de llegar al concurso por lo que el listado de acreedores se modificó desde el intento de acuerdo extrajudicial al auto de nombramiento de Administrador Concursal pero no fue por mayor endeudamiento sino por cambios en la tituralidad de la deuda.
 
No, cuando presenté el concurso era trabajador por cuenta ajena, resido en una propiedad familiar, un piso de mis padres, y no tenía más ingresos que los de mi trabajo.
Parte del problema viene porque habían varias entidades implicadas y comenzaron a vender las deudas antes incluso de llegar al concurso por lo que el listado de acreedores se modificó desde el intento de acuerdo extrajudicial al auto de nombramiento de Administrador Concursal pero no fue por mayor endeudamiento sino por cambios en la tituralidad de la deuda.

?te avalaron tus padres o presentaste el piso de tus padres como aval?

?estas en separacion de bienes con tu mujer desde antes de declararte en quiebra?
 
La justicia en este país y no hablo solo de los jueces es un nido de chulos, chulas, porqueyolovalguistas, lorealistas, con cara de olerse mal y con una altanería para la cosa de servicio que dan acojonante.

Gente que se cree cosa y no llega a pedo, zánganas y charos letradas de juzgados que no saben hacer la O con un canuto y que tuvieron un día de suerte en una oposición y un largo etcétera.
Tenías que ver cuando fuí por última vez al Juzgado a quejarme que la Administración Concursal llevaba 5 meses sin contestar ni a mis correos, ni a los de mi abogado, ni a los de la procuradora, ni a las llamadas de estos, ni a los Burofaxes que se le enviaron...
La respuesta del Oficial de Justicia fue: "y que quieres que hagamos nosotros...", que no tenían tiempo de atender todas estas peticiones y que tratara de hablar yo con ella y así dos meses más hasta que la Administradora se dignó a contestar a mi abogado.
 
?te avalaron tus padres o presentaste el piso de tus padres como aval?

?estas en separacion de bienes con tu mujer desde antes de declararte en quiebra?
No, mis padres no me avalaron ni se presentó el piso como aval, eran todo préstamos personales, tarjetas de crédito...

La separación de bienes está desde el momento de nuestro matrimonio en 2008, años antes de todo esto.
 
Buenos días a todos,

No sé que opinión tenéis de la Ley de La Segunda Oportunidad, en realidad es un Concurso de Acreedores de Persona Física, pero, si me lo permitís os cuento mi experiencia personal.

En 2017, debido a una serie de destrosas decisiones financieras de las que soy único culpable, no me escondo de ello, llegué a una situación insostenible y tomé la decisión de acogerme a la Ley de La Segunda Oportunidad como un medio para comenzar de cero y recuperar una cierta estabilidad financiera y personal.

Tengo que decir que soy padre de familia con dos hijos de entre 8 y 12 años, casado en separación de bienes y entre mis deudas no se incluía deuda hipotecaria ni con la Seguridad Social o Hacienda.

En total mis deudas alcanzaban los 135.000€ por los que pagaba más de 2.000€ al mes con una nómina de 1.800€ así que imaginad el panorama.

Tras tomar la decisión y buscar un despacho de abogados, al final me encomendé a un despacho en Barcelona con un buena experiencia en este tipo de asuntos, en septiembre de 2017 dejé de pagar mis deudas, comencé a pagar a los abogados y comenzamos el proceso ante el notario.

Los honorarios del abogado ascienden a unos 3.500€ a los que añadí 1.000€ adicionales para el notario y otros tantos para la procuradora, en febrero de 2018 finalizó el proceso ante el notario sin acuerdo con los acreedores, como no, y presentamos el concurso ante el juzgado. Durante todo este tiempo recibía unas 10 a 12 llamadas diarias de mis acreedores y las empresas de recobro que iban sucediendose en la tenencia de la deuda, además de cartas de recobro, avisos de entrada en ASNEF, varias veces por la misma deuda por cada uno de los tenedores de la misma..., incluso amenazas de acudir a mi centro de trabajo a "ponerme la cara roja de vergüeza"...

El juzgado admitió el concurso y nombró Administradora Concursal en noviembre de 2018 y me entrevisté con ella en enero de 2019, como podéis ver los plazos son extremadamente largos para todo cuando una de las características de este proceso, en teoría, es que debe ser rápido para ser eficaz.

En febrero de 2019 mi empresa me despide y me encuentro en el paro y con todo el proceso encima, pero lo vamos llevando ya que, según mi abogado, esto iría rápido a partir de ahora... Spoiler, no fue así...

En noviembre de 2019 la administradora decide tomar control de mis cuentas y establece una asignación mensual de 900€ para mis gastos. En febrero 2020 reclamamos que esta asignación es inferior al mínimo inembargable de mi sueldo pero el juzgado resuelve que la asignación que me corresponde sería el SMI (950€ en 14 pagas o 1.108€ en 12) pero la Administración decide unilateralmente no le parece correcto y lo limita a 950€ en 12 pagas y punto...

Llega la esa época en el 2020 de la que yo le hablo, yo sigo en el paro ya que había encontrado trabajo y comenzaba el 15 de marzo 2020, el día de la declaración del estado de emergencia, por lo que no me pude incorporar a mi puesto de trabajo y me tocó seguir buscando.

Con la esa época en el 2020 de la que yo le hablo se paralizan los procesos judiciales y se reinician los plazos, por lo todo se atrasa y la administración presenta su informe en octubre de 2020, dos años despues de su nombramiento, a esto respondemos con una impugnación a la lista de acreedores presentada por la administración judicial a finales de octubre de 2020 que se resuelve por el juzgado en febrero de 2022. 14 meses para resolver una impugnación...

Durante este tiempo, sigo disponiendo de 950€ mensuales en 12 pagas, lo que supone no solo no actualizar el SMI a los aumentos sucesivos, sino que 2 pagas anuales tampoco las percibo a pesar de intentar en múltiples ocasiones que se actualice y con la amenaza de la Administración que "deje de molestarla con el tema".

En marzo de 2022, mi abogado se pone en contacto de nuevo con la Administradora Concursal para dar carpetazo de una vez al proceso a lo que la Administradora contesta afirmativamente, pero no hace nada al respecto hasta comienzos de octubre, unos 7 meses despues a pesar de los constantes requerimientos de mi abogado. El juzgado, llevan un retraso de unos 10 meses en sus resoluciones, indican que no tienen tiempo de mirar mi caso y requerir a la Administración Concursal, me dicen que me apañe yo con ella cuando me presenté para hablar con ellos hace unos meses.

La última noticia que tengo, de hace unas semanas, es que, por una parte, la Administración concursal no está de acuerdo en que 4 años despues se declare el Concurso no culpable ya que "le hace quedar mal a ella" así que propone que todo el dinero retenido en la cuenta, más de 25.000€, se reparta entre los acreedores, a pesar que se ha vulnerado flagrantemente el mínimo inembargable durante todo este tiempo, y que, claro, despues de 4 años, el dinero que le corresponde por ley le parece poco así que propone cobrar más por sus honorarios, pero no de lo retenido ya que entonces cantaría mucho.

Así que ahora estoy dolido, con una asignación que no cubre ni mi parte de los gastos de mi casa, mi mujer es la que está levando el peso del hogar, habiendo tenido que pedir ayuda a mis familiares ante cada uno de los imprevistos que han pasado en estos casi 3 años desde la intervención, con una Administración Concursal que me está extorsionando, mi abogado está viendo con ella como y cuanto quiere cobrar para ver si podemos llegar a un acuerdo ya que, si protestamos al Juzgado y tienen que nombrar un nuevo Administrador, los plazos pueden se eternos, y dilantado los plazos sine die ya que "no tiene tiempo que dedicar a mi caso, que no le va a reportar ingresos y tiene que mantener el Bufete", un juzgado pasota y sobrepasado ya que no había tenido un Concurso de Acreedores de Persona Física antes, estamos hablando de un Juzgado de 1ª instancia de Valencia capital, y sin visos que esto vaya a terminar en breve.

Bueno, ésta es mi experiencia, por ahora, y todavía falta para que esto se resuelva. El coste económico, familiar, y personal está siendo enorme y, según mi abogado, nunca en más de 1.000 casos que han llevado en los últimos años en el despacho han visto nada igual. Así que, si alguien más tiene experiencia en este asunto, le agradecería que me dijera si lo mío es tal excepcional o la norma general con el Sistema Judicial tercermundista que tenemos.



Mírate este vídeo sin falta; habla muy clarito (es posible que estés pagando usura).

Es posible que este tipo te pueda ayudar.
 
Mucho ánimo @Cuda1978 de todo se sale.
Muchas gracias, lo malo es que:
1. Estamos pasando auténticos apuros para llegar, no ya a fin de mes, sino al día 15 y el juzgado sigue sin responder a mi petición de actualización de la asignación desde hace casi 6 meses.
2. No es que de ya por perdido el dinero que tengo en la cuenta, eso al final es casi lo de menos, es que no tengo ni idea cuando voy a poder disfrutar de la totalidad de mi nómina ni de si van a embargarme parte de ella como pena.
3. Encima voy a tener que pedir dinero para pagar el "extra" a la Administradora que se ha dedicado a alargar un proceso que podría haber cerrado en 6 meses por desavenencias con mi primer abogado.
 
¿tiene el deudor @Cuda1978 algun ingreso ademas de su nomina? ¿o es propietario de alguna empresa o inmueble que no sea su primera vivienda?

Me llama la atencion que nombren a un administrador para gestionar solamente el embargo de una nomina.
Eso es lo malo, que muchos abogados se hacen Administradores Concursales a la espera que les caiga una empresa grande y haciendo 4 cosas se lleven un pastón.
En el caso de un particular, por ejemplo el mío, iba a cobrar 984€ por lo que no tiene el más mínimo interés en mover un dedo. Encima, cuando mi primer abogado reclamó ante el juzgado por el retraso en los plazos cogió un rebote de cuidado.
 
Mmmmm...... ¿habéis visto que el notas todavía no nos ha explicado qué hizo con la pasta? pensando:esperando:esperando:esperando:
Nada del otro mundo, todo empezó cuando me casé y mis padres no podían pagar mi parte de la boda como sí pudieron mis suegros con la de mi mujer. Pedí un prestamo para ello y me quedé en el paro 15 días antes de la boda... a partir de ahí la bola se hizo cada vez más grande. Sacaba de la tarjeta para llegar a fin de mes, cuando la tarjeta estaba llena pedía un prestamo para cancelarla y así...
Un error tras otro, y luego invertir en negocios con familiares que no salieron como esperaba...
No he tenido nunca problemas con el alcohol, las drojas o el juego si es lo que preguntas, solo malas decisiones sin más.
 
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