Las eléctricas cobran al cliente los impuestos autonómicos de 2013

nedantes

Madmaxista
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Las eléctricas cobran al cliente los impuestos autonómicos de 2013
  • A partir de septiembre se incluye en las facturas el recargo de cada autonomía
  • Galicia, Castilla y León y Cantabria son las regiones que más impuestos han aplicado
  • Madrid, Cataluña y Andalucía fueron las que menos carga impusieron
El recibo de la luz de este mes de septiembre llegará con un nuevo recargo y supondrá que, por primera vez, los impuestos de la electricidad sean diferentes en función de la comunidad autónoma en la que se resida. Las eléctricas comenzarán a trasladar a los clientes el coste de los impuestos autonómicos que 15 regiones impusieron en el año 2013. Bajo el epígrafe de "Suplementos territoriales de 2013", las comercializadoras iniciarán la recuperación de estas cantidades que irán posteriormente a las distribuidoras para hacer frente a dichos impuestos.


Según explicaron desde Gesternova, una de las principales comercializadoras de energía verde, que ya han avisado a sus clientes de esta situación, si el importe del Suplemento Territorial de un suministro es igual o inferior a 2 euros antes de impuestos, se aplicará el importe total del Suplemento Territorial en una única factura.

Si, por contra, el importe es mayor a 2 euros antes de impuestos, se fraccionará el importe en partes iguales y superiores a un euro en las facturas que se emitan en el plazo máximo de doce meses a partir de la primera factura.

Gesternova ha realizado una estimación del coste que puede suponer por autonomías. Galicia, Castilla y León y Cantabria serán las regiones que más cobrarán por este motivo, frente a Cataluña, Madrid y Andalucía que serán las que menos. El cobro tendrán que realizarlo todas las comercializadoras.
Carta de aviso

El Ministerio ha preparado una carta tipo que las comercializadoras tendrán que enviar a sus clientes para explicarles esta cuestión y que incluye dos modelos. Uno lo recibirán los clientes actuales de cada comercializadora y otro se enviará a los clientes que durante el periodo de abril de 2014 a diciembre de 2016 tenían contrato con esa comercializadora y que ahora ya no lo tienen.

En el primer caso, la carta irá junto a la factura en la que se haga la refacturación -es decir, que al cliente no se le avisará previamente-, y vendrá identificada como "regularización del componente asociado al coste de comercialización por sentencias judiciales", e incluirá, de forma separada, los siguientes conceptos: el periodo al que corresponde la regularización, los parámetros de dicho periodo para la facturación: potencia y energía activa, la cuantía correspondiente a la regularización, y el número de facturas en que va a llevarse a cabo la regularización. Los consumidores que ya no son clientes también recibirán la carta junto a la factura correspondiente.


El Tribunal Supremo obligó al Gobierno a tener que trasladar a los clientes las cantidades de estos impuestos ya que la Ley del sector eléctrico establecía que en caso de que las actividades eléctricas fueran gravadas con tributos de carácter autonómico o local, cuya cuota se obtuviera mediante reglas no uniformes para el conjunto del territorio nacional, se permitiría que al peaje de acceso -una de las partes del recibo- se le pudiera incluir un suplemento territorial, que podría ser diferente en cada comunidad autónoma o ayuntamiento.
Inclusión en los peajes

El 11 de junio de 2014, el Tribunal Supremo declaró la nulidad de la Orden IET/221/2013 por no haber incluido dichos suplementos territoriales y se obligó al Ministerio de Industria a proceder a su inclusión. El 22 de septiembre de 2016 en un denuncia de Iberdrola contra la Orden IET/1491/2013 se declaró igualmente que no era conforme al ordenamiento jurídico porque no se incluían estos recargos y el Alto tribunal dio un ultimátum.

El 23 de enero de 2017, el Gobierno aprobó la Orden ETU/35/2017 en la que establecía los suplementos territoriales de Cataluña, La Rioja, Castilla La Mancha y Valencia sobre 2013 y que suponían una refacturación de 16,4 millones para evitar una sanción, incluso de carácter personal al ministro de Energía.

En aquel momento solo estas pocas autonomías habían facilitado la información y el Gobierno arrancó la medida para eludir dicha multa. Posteriormente, el 6 de marzo se aprobó la Orden TEC/271/2019 que establecía el pago para el resto de autonomías que tenían este tipo de impuestos.

Las 15 autonomías afectadas cuentan con tributos ambientales que afectan a activos energéticos y que, por lo tanto deberán ser refacturados.

El pago que hay que realizar corresponde únicamente al año 2013 que fue cuando estas comunidades autónomas aprobaron nuevos impuestos que los peajes no tenían contemplados.

El importe por cada suministro de electricidad dependerá de la potencia que se tuviese contratada y de la energía consumida en ese año 2013 para poder cuadrar las cuentas.
 

Octubrista

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Eso, así dicho, tiene aspecto de ilegalidad.

No pueden exigir impueatos más atrás de cuatro años (salvo que en ese plazo abran diligencias).

Además, quienes hayan dejado de tener esos servicios contratados, no los pagarán (por dejar el país, desconectarse, etc), y sí lo pagarán otros que en tiempos recientes contraten esos servicios.

Desde luego, en España todo lo ronda la ilegalidad vistan como lo vistan, y las eléctricas no son más que otro brazo armado de recaudación fiscal.
 

Intramuros

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Desde luego, en España todo lo ronda la ilegalidad vistan como lo vistan, y las eléctricas no son más que otro brazo armado de recaudación fiscal.
Es por ello que nuestra castuza es partidaria de elegir a los jueces de los tribunales que en última instancia juzgan sus delitos, constituyendo así un estado de derecho de pandereta.
 

cebollin-o

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Me echo a temblar cada vez que la mugre lanza un globo sonda, explicando la necesidad de aprobar determinado impuesto, que únicamente gravará las grandes empresas.

A final todas estas cargas siempre terminan agujereando los bolsillos de la clase media.
 
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Brett Sinclair

Himbersor
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Se necesita una cantidad ingente de recursos para mantener un estado de parásitos improductivos. Es normal. Cada nuevo impuesto nos acerca más a la URSS, con la única diferencia de que aquí podemos votar, aunque no nos sirva para nada.
 

kuervo500

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Las eléctricas cobran al cliente los impuestos autonómicos de 2013
  • A partir de septiembre se incluye en las facturas el recargo de cada autonomía
  • Galicia, Castilla y León y Cantabria son las regiones que más impuestos han aplicado
  • Madrid, Cataluña y Andalucía fueron las que menos carga impusieron
El recibo de la luz de este mes de septiembre llegará con un nuevo recargo y supondrá que, por primera vez, los impuestos de la electricidad sean diferentes en función de la comunidad autónoma en la que se resida. Las eléctricas comenzarán a trasladar a los clientes el coste de los impuestos autonómicos que 15 regiones impusieron en el año 2013. Bajo el epígrafe de "Suplementos territoriales de 2013", las comercializadoras iniciarán la recuperación de estas cantidades que irán posteriormente a las distribuidoras para hacer frente a dichos impuestos.


Según explicaron desde Gesternova, una de las principales comercializadoras de energía verde, que ya han avisado a sus clientes de esta situación, si el importe del Suplemento Territorial de un suministro es igual o inferior a 2 euros antes de impuestos, se aplicará el importe total del Suplemento Territorial en una única factura.

Si, por contra, el importe es mayor a 2 euros antes de impuestos, se fraccionará el importe en partes iguales y superiores a un euro en las facturas que se emitan en el plazo máximo de doce meses a partir de la primera factura.

Gesternova ha realizado una estimación del coste que puede suponer por autonomías. Galicia, Castilla y León y Cantabria serán las regiones que más cobrarán por este motivo, frente a Cataluña, Madrid y Andalucía que serán las que menos. El cobro tendrán que realizarlo todas las comercializadoras.
Carta de aviso

El Ministerio ha preparado una carta tipo que las comercializadoras tendrán que enviar a sus clientes para explicarles esta cuestión y que incluye dos modelos. Uno lo recibirán los clientes actuales de cada comercializadora y otro se enviará a los clientes que durante el periodo de abril de 2014 a diciembre de 2016 tenían contrato con esa comercializadora y que ahora ya no lo tienen.

En el primer caso, la carta irá junto a la factura en la que se haga la refacturación -es decir, que al cliente no se le avisará previamente-, y vendrá identificada como "regularización del componente asociado al coste de comercialización por sentencias judiciales", e incluirá, de forma separada, los siguientes conceptos: el periodo al que corresponde la regularización, los parámetros de dicho periodo para la facturación: potencia y energía activa, la cuantía correspondiente a la regularización, y el número de facturas en que va a llevarse a cabo la regularización. Los consumidores que ya no son clientes también recibirán la carta junto a la factura correspondiente.


El Tribunal Supremo obligó al Gobierno a tener que trasladar a los clientes las cantidades de estos impuestos ya que la Ley del sector eléctrico establecía que en caso de que las actividades eléctricas fueran gravadas con tributos de carácter autonómico o local, cuya cuota se obtuviera mediante reglas no uniformes para el conjunto del territorio nacional, se permitiría que al peaje de acceso -una de las partes del recibo- se le pudiera incluir un suplemento territorial, que podría ser diferente en cada comunidad autónoma o ayuntamiento.
Inclusión en los peajes

El 11 de junio de 2014, el Tribunal Supremo declaró la nulidad de la Orden IET/221/2013 por no haber incluido dichos suplementos territoriales y se obligó al Ministerio de Industria a proceder a su inclusión. El 22 de septiembre de 2016 en un denuncia de Iberdrola contra la Orden IET/1491/2013 se declaró igualmente que no era conforme al ordenamiento jurídico porque no se incluían estos recargos y el Alto tribunal dio un ultimátum.

El 23 de enero de 2017, el Gobierno aprobó la Orden ETU/35/2017 en la que establecía los suplementos territoriales de Cataluña, La Rioja, Castilla La Mancha y Valencia sobre 2013 y que suponían una refacturación de 16,4 millones para evitar una sanción, incluso de carácter personal al ministro de Energía.

En aquel momento solo estas pocas autonomías habían facilitado la información y el Gobierno arrancó la medida para eludir dicha multa. Posteriormente, el 6 de marzo se aprobó la Orden TEC/271/2019 que establecía el pago para el resto de autonomías que tenían este tipo de impuestos.

Las 15 autonomías afectadas cuentan con tributos ambientales que afectan a activos energéticos y que, por lo tanto deberán ser refacturados.

El pago que hay que realizar corresponde únicamente al año 2013 que fue cuando estas comunidades autónomas aprobaron nuevos impuestos que los peajes no tenían contemplados.

El importe por cada suministro de electricidad dependerá de la potencia que se tuviese contratada y de la energía consumida en ese año 2013 para poder cuadrar las cuentas.
La culpa es de los menas