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Igualdad
Irene Montero asegura que las rebajas de condena de violadores ocurren por "el periodo de transición" del 'sólo sí es sí'
La Ministra de Igualdad, Irene Montero ha defendido ,una vez más, la ley del 'solo si es si' con unos férreos argumentos.
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Irene Montero asegura que las rwbajas de condenas de violadores ocurren porque

Eva Navarro

Publicado: 03 de enero de 2023, 11:11
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Irene Montero defiende la polémica ley del 'solo si es si', argumentado la necesidad de un periodo de transito.
La norma vuelve a ponerse sobre la mesa, desde que comenzó a plantearse, hace ya tres meses, se han rebajado al menos 140 condenas por delitos sensuales y 21 agresores han sido excarcelados. La ministra de Igualdad ha vuelto ha defender la normativa. Según Montero son efectos habituales propios de un cambio normativo profundo.
Beneficiados de la ley
Desde su entrada en vigor al menos 140 presuntos delincuentes sensuales han podido rebajar su condena. Y 21 agresores han sido excarcelados.
Para Montero "todas las leyes que suponen un cambio profundo, sobre todo las feministas en el código penal tienen un periodo de tránsito" . "Desgraciadamente, eso lleva a que haya víctimas que sufren, que son revictimizadas, ojalá eso no ocurriese" continuó argumentando Montero en unas declaraciones a la Cadena Ser.
La ley del 'solo si es si' continúa arrojando un malestar absoluto en el clima politicosocial actual. Aunque, la normativa prosigue contra todo pronóstico y permitirá proteger a "todas las víctimas de violencia sensual", según defiende Montero.
Muchos miembros del gobierno consideran que le ley necesita una reforma urgente. Aunque, según aportan desde Unidas Podemos, la interpretación machista de la normativa, ensucia el objetivo final de la misma.
Claves de la ley
La ley del 'solo si es si' se aprobó en agosto y entre los aspectos más concretos, se recoge una eliminación de la diferencia entre 'abuso y agresión sensual'.
Desde el Ministerio de Igualdad, se aferran a la idea de "reforzar medidas frente a los delitos sensuales". El objetivo que se planteó en su momento era "poner en el foco, la "responsabilidad" y no castigar".



LEY DEL 'SÓLO SÍ ES SÍ'Ya son 133 los abusadores sensuales condenados que se han beneficiado de la reducción de penas
El Poder Judicial responde a Montero que sus ataques "aumentan la desprotección de las víctimas"
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Ya son 133 los abusadores sexuales condenados que se han beneficiado de la reducción de penas

  • GONZAGA DURÁN/ LUIS MIGUEL MONTERO

La Ley de Garantía Integral de la Libertad sensual, más conocida como Ley del sólo sí es sí, ha provocado la reducción de las penas de decenas de agresores sensuales. Bien porque los condenados están solicitando la revisión de sus penas, bien porque los nuevos condenados lo son con la aplicación de una ley que fija horquillas inferiores. Tanto en un caso como en otro, los agresores sensuales están saliendo beneficiados por la ley impulsada por la ministra de Igualdad, Irene Montero. Ella negó que su iniciativa fuera a provocar una reducción de penas y se limitó a zanjar el asunto como «propaganda machista».
Sin embargo, los tribunales han comenzado a revisar condenas y son numerosos los casos que se saldan con beneficio para los abusadores sensuales. Estos son los principales:
Oviedo: dos nuevas rebajas
La Audiencia Provincial de Oviedo ha rebaja la pena de dos hombres condenados por agresión sensual: de 12 a 10 años de prisión al primero y de 9 a 8 años de guandoca al segundo. El tribunal ha aplicado la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, al ser más favorable al reo.

Rebaja de un año en Asturias
La Audiencia Provincial de Asturias ha rebajado de 13 años y 6 meses de prisión a 12 años y medio la pena impuesta a un hombre condenado por un delito continuado de agresión sensual a un menor al aplicar la Ley Montero.
A través de un auto, los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia han acordado revisar la condena tras la entrada en vigor de la conocida como la ley del «Sólo sí es sí” en contra del criterio de la Fiscalía y la acusación particular que habían mostrado su oposición.

El Tribunal ha fijado para el condenado una pena de 12 años, 6 meses y un día de prisión, la prohibición de aproximación y comunicación a la víctima durante 15 años y ha inhabilitado al acusado para cualquier profesión, oficio o actividades que conlleve contacto con menores de edad durante cinco años.
Primera rebaja en La Rioja
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha rebajado la condena de 7 a 4 años a un agresor sensual en virtud de la ley del ‘solo sí es sí’ impulsado por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero. La Rioja era la única Comunidad Autónoma donde hasta el momento no se había reducido ninguna pena. En las 54 sentencias revisadas hasta este momento, la condena había permanecido intacta. Pero el pasado viernes 23 de diciembre admitió parcialmente el recurso interpuesto por un condenado el pasado mes de junio a una pena de 7 años por un delito de agresión sensual con penetración.
Orense: de 8 a 6 años
La Audiencia Provincial de Ourense, tras la reforma operada por la LO 10/2022, ha rebajado la pena a un condenado por un delito de agresión sensual de ocho años a seis años y ocho meses de prisión. Además, la prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima la ha fijado en siete años y ocho meses, en lugar de en nueve. Los magistrados indican que, en este caso, “la pena a imponer si hoy mediara un nuevo enjuiciamiento sería la de seis años y ocho meses de prisión”, por lo que han accedido a la revisión de la sentencia dictada en junio de 2018. El auto es recurrible, por lo que la Audiencia ha decretado que una vez que sea firme, se practique una nueva liquidación de condena con arreglo a los términos de la nueva, pues el preso se encuentra cumpliendo la pena impuesta de privación de libertad.
Níjar: de 12 a 10 años de prisión
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de 12 a 10 años de prisión la condena a un hombre condenado por agredir sexualmente a una menor de 16 años en Níjar (Almería).
Según ha informado el Alto Tribunal, los hechos ocurrieron el 11 de abril de 2019 cuando el condenado se encontró a la joven, que entonces tenía 15 años, en una calle de Campohermoso (Almería) y la convenció para que subiera a su coche diciéndole que la iba a llevar a su casa. La menor, en principio, se negó pero finalmente accedió al ser una persona a la que conocía de la localidad. El condenado la situó en la parte de atrás del coche y la trasladó a un descampado a las afueras de Campohermoso, donde una vez allí, se situó junto a ella y la agredió sexualmente «haciendo ademán de agredirla» ante su resistencia.
Castellón: de 6 a 3 años y medio
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha dictado un auto por el que revisa la condena impuesta al autor de una agresión sensual cometido contra una menor de edad y la rebaja de seis a tres años y medio de prisión. En este caso concreto, la Sección Primera de la Audiencia castellonense impuso en mayo de 2020 seis años de guandoca a un hombre por haber agredido sexualmente, en enero del año anterior, a una chica de 17 años. La Sala le consideró autor del delito, aunque apreció la atenuante de reparación del daño como muy cualificada por el pago anticipado de una indemnización a favor de la víctima.
País Vasco: Cuatro rebajas de golpe
La Audiencia Provincial de Vizcaya ha acordado revisar la condena impuesta a un agresor sensual en la sentencia dictada por este tribunal el 29 de diciembre de 2015. Se acuerda que la nueva pena tiene la duración de seis años de prisión, en lugar de los ocho años que le fueron impuestos. La Audiencia ha pedido que se practique una nueva liquidación de condena y se remita al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria a los efectos que procedan. Es decir, que si el hombre no tiene otros delitos pendientes quedará en libertad.
La segunda sentencia de la misma Audiencia ha acordado revisar la condena impuesta a un agresor sensual el 3 de diciembre de 2020, que fue declarada firme por auto de 15 de diciembre de 2021. Se acuerda que la nueva pena tiene la duración de seis años de prisión, en lugar de los ocho años que le fueron impuestos.
El tercer caso de la misma Audiencia afecta a un hombre con varias condenas. En este caso se rebajan varias penas, una de siete años y un día de prisión se rebaja hasta los siete años de prisión y varias penas de dos años y un día de prisión por abusos sensuales se rebajan hasta los dos años de prisión, manteniendo el resto de los términos de la condena. Es decir, que se le han quitado solo días de condena.
La cuarta rebaja afecta a una mujer que abusó de una menor de edad. La Audiencia revisó la condena impuesta en una sentencia dictada por este tribunal el 9 de febrero de 2021, que fue declarada firme por auto de 10 de junio de 2021. Se acuerda que la nueva pena tiene la duración de tres años de prisión, en lugar de los cuatro años que le fueron impuestos. En este caso, se han tenido en cuenta también la falta de antecedentes penales.
Orense: de 9 a 8 años
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Orense ha rebajado, de 9 a 8 años de guandoca, la condena impuesta a un condenado por un delito de agresión sensual, tras aceptar la solicitud de revisión de la pena presentada por el procesado, quien se encuentra en prisión, tras la reforma operada por la LO 10/2022 o Ley Montero. El tribunal también ha rebajado, de 14 a 13 años, la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima. El Ministerio Fiscal, según consta en la resolución, se mostró conforme con la reducción de la pena.
En el auto, los magistrados explican que, en su momento, los hechos fueron calificados con arreglo al artículo 178 y 179 del Código Penal, que, para el delito de agresión sensual con acceso carnal, preveía una pena de 6 a 12 años de prisión. La sentencia, además, según señalan los jueces, «aclara que se impone el límite máximo de la mitad inferior, dada la pluralidad de actos, lo que denota la perversidad del penado, optándose así por la pena de 9 años de prisión».
La Audiencia señala que ahora, con la nueva ley, los hechos se calificarían con arreglo al artículo 178.1 y 2 y 179 del Código Penal, el cual se sanciona con pena de 4 a 12 años de prisión. «Ello supone que ahora el límite inferior alcanza tan solo hasta los 8 años de prisión, por lo que la pena a imponer si hoy mediara un nuevo enjuiciamiento, sin necesidad de realizar nueva individualización, sería la de 8 años», destaca el tribunal.
Oviedo: rebaja de dos años
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha reducido en dos años la pena de un hombre condenado por agresión sensual. La condena pasa de 6 a 4 años de guandoca, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Soria: rebaja de dos años
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha rebajado la pena de un hombre condenado por agresión sensual en Soria. La condena pasa de 6 a 4 años de prisión, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, de Irene Montero.
Extremadura: 3 rebajas
Los tribunales de Extremadura han rebaja las penas de tres hombres condenados por agresiones sensuales, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. La Audiencia Provincial de Badajoz ha reducida la pena de un condenado de 6 a 4 años de prisión y otra de 7 a 5 años de guandoca. La Audiencia Provincial de Badajoz ha rebajado de 13 a 11 años de guandoca la pena de un hombre condenado por violación.
Oviedo: rebaja de 8 meses
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha reducido la pena impuesto a un condenado por tres delitos de violación de 10 años a 9 años y 4 meses de prisión, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
El procedimiento estaba en ejecución de sentencia y se reduce de 10 años por cada uno de los tres delitos de violación con el agravante de reincidencia que cometió, a 9 años y 4 meses por cada uno de ellos.
Burgos: una rebaja y una excarcelación
En agosto de 2019 un jovenlandés violó a una joven a la salida de las bodegas de una localidad burgalesa. Fue condenado a cinco años y medio de prisión en el juicio cuya sentencia se dictó en febrero de 2021. Ahora, gracias a la rebaja de la Ley Montero se ha quedado en dos años y medio por lo que procede su inmediata excarcelación, al haber cumplido el plazo de prisión.
El segundo preso estaba condenado a 10 años de prisión por sentencia firme de 29 de noviembre de 2018 por una agresión sensual con el agravante de reincidencia. Ahora, gracias a la nueva ley se le rebaja a 9 años de guandoca. Este rumano asaltó a una mujer de 44 años en el año 2016 en la calle, la tiró al suelo, rompió su ropa interior y la agredió sexualmente. Los gritos de la mujer alertaron a los vecinos que hicieron huir al agresor. Lo grave del asunto es que ya había sido condenado en 2012 por abusos sensuales a otras cuatro mujeres.
Orense: de 6 años a 4
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha accedido a la revisión de la condena de seis años de prisión impuesta al autor de un delito de agresión sensual y la ha fijado en cuatro años de prisión. Por otra parte, el tribunal ha acordado no revisar la sentencia que le impuso 20 años y tres meses de prisión a un condenado por delitos de detención ilegal, agresión sensual continuada, contra la integridad jovenlandesal y lesiones.
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Bueno sí, pero solo es más agradecida con los violadores que usan violencia o intimidación y realizan penetración, pero con los infelices que a lo mejor le tocan el ojo ciego a una en el metro... a esos los cruje.
Es que para machacar a los que cometían pequeños delitos han subido las penas por abajo y las han bajado por arriba

Un puñetero desastre
 
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