La empresa donde trabajo vende el local y se va a mudar

Dylan Thomas

Cuñado nija
Desde
15 Ene 2020
Mensajes
339
Reputación
418
Muy buenas,

La empresa en la que trabajo vende el local donde desarrollamos la actividad. Según me han dicho quieren irse a uno más pequeño (incluso un piso) lo cual tiene sentido y cuadra.
La pregunta es en qué situación queda un trabajador que ha firmado un contrato con una empresa para desarrollar su actividad en una dirección determinada y, al cabo de los años, la empresa decide unanimamente mudarse. Si nos mudamos cerca, no me importa, pero sí me importa si se mudan a más distancia ya que supondría más tiempo de desplazamiento con la correspondiente menos calidad de vida, no poder llevar a la peque al cole, etc.
¿Qué requisitos se deben cumplir en este caso? ¿Si no acepto el traslado me tienen que despedir o tengo que renunciar?
La idea será llegar a algún acuerdo pero quiero conocer a qué tengo derecho y a qué tengo deber.

P.d: Desconozco en que sub-foro tiene que ir este asunto por lo que ruego que lo muevan donde consideren oportuno.
 

11kjuan

Madmaxista y Friki Prepper
Desde
17 Ene 2021
Mensajes
15.560
Reputación
70.421
Sino quieres aceptar el traslado te tienen que despedir con la indemnización de 20x12 (creo recordar).

La movilidad geográfica es una modalidad de cambio de elemento de contrato y se te dá la opción de aceptarla o en su defecto despedirte como si fuese despido improcedente.
 

Gatoo_

amagatos
Desde
26 Oct 2010
Mensajes
34.242
Reputación
64.014
Muy buenas,

La empresa en la que trabajo vende el local donde desarrollamos la actividad. Según me han dicho quieren irse a uno más pequeño (incluso un piso) lo cual tiene sentido y cuadra.
La pregunta es en qué situación queda un trabajador que ha firmado un contrato con una empresa para desarrollar su actividad en una dirección determinada y, al cabo de los años, la empresa decide unanimamente mudarse. Si nos mudamos cerca, no me importa, pero sí me importa si se mudan a más distancia ya que supondría más tiempo de desplazamiento con la correspondiente menos calidad de vida, no poder llevar a la peque al cole, etc.
¿Qué requisitos se deben cumplir en este caso? ¿Si no acepto el traslado me tienen que despedir o tengo que renunciar?
La idea será llegar a algún acuerdo pero quiero conocer a qué tengo derecho y a qué tengo deber.

P.d: Desconozco en que sub-foro tiene que ir este asunto por lo que ruego que lo muevan donde consideren oportuno.
Al ser la empresa quien se mueve, en principio deben abonarte un plus transporte en consecuencia de los kilómetros que aumente tu recorrido y, si por cuestiones del destino resulta que se ubican en algún lugar donde no se pueda llegar en transporte público en un tiempo razonable, tendrían que facilitarte ellos el transporte.

Hay jurisprudencia al respecto, pero discúlpame que no me ponga a buscar porque estoy saturado de asuntos jurídicos.

Si eres tú quien no acepta las nuevas condiciones, creo que tienes derecho a resolver el contrato con indemnización equivalente a despido improcedente siempre y cuando en tu contrato no exista cláusula de movilidad. De esto no estoy tan seguro como de lo anterior pero creo que es así.
 

asiqué

::::……… ☞ El futuro será PACO ☜ ………::::
Desde
27 Mar 2019
Mensajes
23.086
Reputación
56.364
antes cuando sucedia eso la empresa te daba un plus para compensar el gasto.
Ahora no se como va el tema.
Lo que puede suceder es que aun con el plus de dinero a ti no te compense y tengas que dejar el trabajo.
 

Hamtel

Madmaxista
Desde
29 May 2019
Mensajes
7.572
Reputación
18.678

 

pamplinero

Madmaxista
Desde
7 Feb 2008
Mensajes
19.764
Reputación
29.254
Tengo entendido que si es en la misma localidad, te jorobas y bailas. Pero desconozco si en casos "extremos" (por ejemplo si en Madrid capital se trasladan de una punta a otra) tambien aplica.

Si es en una localidad diferente, aunque sea a 5km de distancia, la cosa cambia en funcion de la distancia y el acceso.
En mi caso, hace años ya, trabajaba en Madrid y cambiaron de ubicacion a las afueras, aunque curiosamente, seguia siendo Madrid (las Tablas, aunque cuando eso paso aun todo eso era un solar), y si nos pagaron un plus.
 

Dylan Thomas

Cuñado nija
Desde
15 Ene 2020
Mensajes
339
Reputación
418
Tengo entendido que si es en la misma localidad, te jorobas y bailas. Pero desconozco si en casos "extremos" (por ejemplo si en Madrid capital se trasladan de una punta a otra) tambien aplica.

Si es en una localidad diferente, aunque sea a 5km de distancia, la cosa cambia en funcion de la distancia y el acceso.
En mi caso, hace años ya, trabajaba en Madrid y cambiaron de ubicacion a las afueras, aunque curiosamente, seguia siendo Madrid (las Tablas, aunque cuando eso paso aun todo eso era un solar), y si nos pagaron un plus.
El tema es ese. Estoy en Madrid ciudad y que se muden a las afueras, me mata.
 

Coronel Kilgore

Madmaxista
Desde
19 Ene 2012
Mensajes
1.489
Reputación
2.707
Si es en el mismo municipio o incluso en uno cercano, no es modificación sustancial de las condiciones de trabajo. No hay por qué abonar ningún plus adicional ni indemnizar si el trabajador se pira. Si la incomodidad del traslado le resulta insuperable, pues a buscarse la vida por ahí.
 

Millar

Madmaxista
Desde
26 Dic 2019
Mensajes
3.609
Reputación
10.198
No es lo mismo que se traslade de Madrid a Albacete que de Madrid a Alcobendas.
 

Eshpañavabien

Madmaxista
Desde
21 Oct 2013
Mensajes
7.942
Reputación
8.781
Lugar
Por la parte de arriba.
Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación a que se refiere el primer supuesto comprenderá tanto los gastos propios como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convengan entre las partes, y nunca será inferior a los límites mínimos establecidos en los convenios colectivos.

Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato,se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante la jurisdicción social. La sentencia declarará el traslado justificado o injustificado y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser reincorporado al centro de trabajo de origen.
 

Guanotopía

Será en Octubre
Desde
9 Nov 2011
Mensajes
22.771
Reputación
85.124
Creo que si es dentro de la misma provincia no hay nada que rascar. Es diferente cuando se necesita cambio de domicilio, pero al ser en la misma provincia se entiende que no es necesario.