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Madmaxista
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Tengo algo de idea sobre los embargos de créditos, ya que recibo bastantes, al estar en SII de IVA, declaro todas las facturas directamente a la AEAT, y esta se "chiva" a otros organismos, y me toca hacer gestiones gratis, ya que nunca he "recaudado" nada. Los deudores son más rápidos.Es normal que si no sabes en qué consiste un embargo de créditos vayas perdido.
Respecto lo de contestar telemáticamente si no eres un particular, si eres autónomo, empresa, asesor o profesional colegiado (gestores, abogados...) estás obligado a relacionarte con la administración por medios electrónicos. Se debería indicar en el requerimiento que has recibido, sí, pero como si eres uno de estos colectivos no lo recibes por correo postal si no por NOTESS (Notificaciones Telemáticas) bien en nombre propio bien a través de representante (gestor) se te supone que tienes los conocimientos y los medios para saberlo. No justifico la falta de información, describo el motivo de la misma.
Si no formas parte de estos colectivos obligados a relacionarse por medios electrónicos con la administración y/o no sabes los que es un embargo de créditos (lo más normal del mundo si eres un particular) fijo que te entra un canguele de huevo de mico cuando te piden que ingreses una pasta en la cuenta de la SS. En esos casos puedes informarte con el gestor como dice @K-KABOOM o, ya que la atención presencial está restringida y este tema se puede tratar perfectamente por teléfono llamando a los teléfonos de atención del enlace que pongo a continuación:
Línea 901 50 20 50 y 91 541 02 91 de Afiliación, Inscripción, Recaudación, Aplazamientos, RED, SLD, Servicios Telemáticos e Información General (TGSS)
En la AEAT contesto directamente, ya que lo explican bien en las diligencias que mandan, pero a la TGSS, según me dijo el asesor la última vez, tenía que contestar por correo, y se encargó el de hacerlo. Si se puede telemáticamente, lo haré directamente la próxima vez, ya que al asesor se le pasó una vez y en el escrito que recibí casi me condenan a muerte....
Lo que siempre me ha generado dudas es si la diligencia de embargo afecta a los créditos que hubiese en el momento de recibirla, o también a futuros. Ya que unas veces recibo un levantamiento de embargo y otras no. Si le vuelvo a comprar a ese proveedor en el futuro, ¿sigue activo el embargo?
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