Hacienda Ya Reclama Del 24% Al 43% De Las Plusvalias Ventas Pisos De Menos De 3 AÑOS

No estaría de más mandar algún que otro enlace de especuladores pidiendo dinero en B a ciertas direcciones del ministerio de vivienda, hacienda, agencia tributaria, etc... :mad:
 
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He leído el post y no me ha parecido leer algo que es muy importante y se mantiene en la reforma fiscal. Artículo 68.3

3.º Se entenderá por vivienda habitual aquella en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de tres años. No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo aquel carácter cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda, tales como separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más ventajoso u otras análogas

Si un piso se vende antes de los 3 años por alguna de estas causas,

Artículo 38. Reinversión en los supuestos de transmisión de vivienda habitual.

Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual en las condiciones que reglamentariamente se determinen.

Saludos,
 
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